Entrada editada el 20-09-2022 y el 29-11-2022.
Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Séptima Modificación a la Miscelánea Fiscal (RMF) vigente.
Seguidamente, hacemos un resumen de los cambios presentados.
1) Se reforman las reglas:
- 2.7.2.1. Requisitos para obtener la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI (párrafos segundo, numerales 2, 4, 9, 10, 12 y 14, y tercero).
- 2.7.4.2. De la autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario (párrafos segundo, incisos d), j), párrafo segundo, p), r) y t), y tercero).
- 2.14.5. Multas susceptibles de reducción conforme al artículo 74 del CFF (fracción VI).
- 2.14.7. Condiciones para que surta efectos la reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF.
- 2.14.10. Porcentaje de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación que opten por autocorregirse.
- 2.14.12. Porcentaje de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, determinadas con motivo del ejercicio de facultades de comprobación.
- 2.14.13. Porcentaje de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, por incumplimiento a las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, inclusive las derivadas de comercio exterior.
2) se adicionan las reglas:
- 2.3.2. Saldos a favor del ISR de personas físicas (séptimo párrafo).
- 2.14.6. Supuestos por los que no procede la reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF (fracciones X y XI).
- 2.14.15. Reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, por incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, con motivo de la vigilancia en materia de presentación de declaraciones.
- 13.1. Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos (fracción VIII).
3) Se derogan las reglas:
- 2.7.2.1. Requisitos para obtener la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI (párrafo segundo, numeral 5).
- 2.7.4.2. De la autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario (párrafo segundo, inciso o).
- 2.14.5. Multas susceptibles de reducción conforme al artículo 74 del CFF (fracción VII).
- 2.14.14. Procedimiento para determinar el porcentaje de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF por el incumplimiento de obligaciones distintas a las de pago en materia de Comercio Exterior.
4) Se reforma el Transitorio Cuadragésimo Séptimo de la RMF para 2022, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2021 y sus modificaciones posteriores.
Este artículo está relacionado con la emisión del Complemento fiscal de Carta Porte con alguna inconsistencia o sin cumplir al cien con los indicativos del SAT, sin que apliquen multas o sanciones. Lo cual, como explicábamos anteriormente en nuestro blog, se prorrogó hasta el 31-12-2022. ***
Cuadragésimo Séptimo.
El uso del CFDI con complemento Carta Porte a que se refieren las reglas 2.7.7.1., 2.7.7.2., 2.7.7.3., 2.7.7.4., 2.7.7.5., 2.7.7.6., 2.7.7.7., 2.7.7.8., 2.7.7.9., 2.7.7.10., 2.7.7.11. y 2.7.7.12., será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.
Para efectos de lo dispuesto en los artículos 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, se entiende que cumplen con lo dispuesto en las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de diciembre de 2022 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.
Consultar la 7a.RM a la RMF 2022 – Oficial
*** Actualización: El SAT postergó nuevamente la fecha para comenzar a aplicar sanciones por este motivo. Los detalles puedes conocerlos en la siguiente entrada CFDI 4.0, Retenciones 2.0, Pagos 2.0 y Carta Porte para el 2023.
5) Se modifica el Anexo 1-A “Trámites Fiscales”, de la RMF 2022. Fichas:
- 81/CFF. Aviso de cancelación en el RFC por cese total de operaciones.
- 82/CFF. Aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo.
- 112/CFF. Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI.
- 113/CFF. Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI.
- 208/CFF. Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.
- 211/CFF. Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.
- 256/CFF. Solicitud de acceso al servicio público de consulta de verificación y autenticación de e.firma.
- 316/CFF. Revisión previa a la presentación del aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades.
Ver el Anexo 1-A de la 7a.RM a la RMF 2022 – Oficial
Transitorios:
Primero. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF para 2022.
* Desde su publicación en el portal del SAT.
Segundo. Tratándose de solicitudes de aplicación de beneficios del artículo 74 del CFF, que estén en proceso de resolución, se resolverán conforme lo previsto en las reglas 2.14.5. a 2.14.13., según corresponda.