Cada inicio de ciclo escolar trae consigo el pago de colegiaturas — y para varias personas físicas, la posibilidad de restar ese gasto en su declaración anual. Ese beneficio no opera de forma automática: la factura debe cumplir requisitos específicos marcados por la legislación, y si falta alguno, la deducción simplemente no procede.
Para que la colegiatura sea deducible:
- El pago debe hacerse mediante transferencia electrónica, cheque nominativo, o tarjeta de débito, crédito o de servicios.
- El CFDI 4.0 que emita la institución educativa debe incluir, además de la clave de forma de pago: el Uso del CFDI correspondiente, la descripción, clave de servicio y unidad de medida de la colegiatura, y si el acto es o no objeto de impuestos.
- También debe contener:
1) Nombre del alumno y su CURP.
2) Nivel educativo que cursa.
3) RFC de quien realiza el pago.
4) Número de autorización o Registro de Validez Oficial de Estudios (RVOE) de la escuela, de acuerdo con la Ley General de Educación.
¡Si perteneces a una institución educativa, con nosotros emitirás estos comprobantes con la tranquilidad de que serán fiscalmente válidos!
¿Cómo se refleja esto en la factura?
- El Uso del CFDI debe ser D10 – Pagos por servicios educativos (colegiaturas).
- La clave de servicio y la unidad de medida se toman de los catálogos c_ClaveProdServ y c_Clave Unidad del SAT. Estas varían según el nivel educativo, por ejemplo:

- El campo objeto de impuesto (ObjetoImp) del concepto, debe llevar la clave 02 – Sí objeto de impuesto, con el IVA desglosado bajo tipo factor Exento.
- Los datos adicionales se incorporan mediante el complemento “Instituciones educativas privadas” (iedu), que el SAT define con una estructura propia.
¿Qué colegiaturas pueden deducirse?
Aplica a los niveles Preescolar, Primaria, Secundaria, Profesional técnico y Bachillerato o equivalente. Cada uno con su propio tope anual:
Preescolar: $ 14,200.00
Primaria: $ 12,900.00
Secundaria: $ 19,900.00
Profesional técnico: $ 17,100.00
Bachillerato o equivalente: $ 24,500.00
* El tope aplica por alumno; sin importar cuántos estudiantes hayan en la familia.
** Si en un mismo año el alumno cursa dos niveles distintos, se toma el límite del nivel más alto. Por ejemplo: al pasar de preescolar a primaria aplica el tope de $14,200.00; al pasar de primaria a secundaria, el de $19,900.00; y así sucesivamente.
El transporte escolar obligatorio también es deducible, ya sea con su propio comprobante o desglosado por separado dentro de la factura de colegiatura.
Importante: Inscripción, reinscripción, actividades extraescolares, útiles, materiales y uniformes escolares —aunque los proporcione la misma escuela— no son deducibles, tampoco las becas o apoyos económicos recibidos. Por eso conviene facturar estos conceptos por separado de la colegiatura, para no arriesgar el rechazo de la deducción.
Si en tu caso, realizas el pago de colegiaturas y te notas que tu factura no cumple alguno de estos requisitos, pide a la escuela que emita un nuevo CFDI 4.0 con los datos correctos (en sustitución) y cancele el que tiene el error. Así no tendrás contratiempos al deducir en tu declaración del siguiente año.
Esta corrección —emisión del CFDI correcto y cancelación del anterior— puede hacerse en cualquier momento del ejercicio fiscal; no es necesario que ocurra en el mismo mes del pago, como algunas escuelas sugieren.
Si ya eres cliente de MYSuite, puedes verificar y validar en nuestra plataforma cualquier CFDI que recibas, para confirmar que cumple con los lineamientos del SAT. Solo pide a tus proveedores que envíen sus comprobantes a nuestro servicio de Recepción de CFDI: nosotros los validamos y te avisamos si encontramos alguna inconsistencia.



Hola, quisiera consultarle una duda.
¿puedo pedirle a la escuela las facturas del pasado ciclo escolar de mi hija? la escuela me las debe de dar aunque ya hayan cerrado esos meses??
Espero me pueda ayudar.
Hola Sara, gracias por escribirnos.
Entendemos que aun cuando hayan cerrado los periodos mensuales anteriores, al menos de enero 2026 para acá, deberían entregarte tus facturas individuales. Pues el ejercicio fiscal 2026 no ha concluido.
En caso de que te argumenten que no es posible, puedes pedirle al SAT que actúe como conciliador para que la escuela te emita esos comprobantes. Esto con base en la regla 2.7.1.44. «Solicitud de conciliación de facturación» y la ficha de trámite «46/CFF» del Anexo 2 de la miscelánea fiscal (RMF) vigente.
*Desde este enlace puedes acceder al servicio del SAT:
https://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/mx.gob.sat.agsc.solicitud.internet.cfdi.web/home.aspx
En MYSuite, deseamos que nuestra respuesta sea útil para ti.
Saludos.
Buenos días,
Soy asalariado, si facturo la colegiatura de mi nieta puedo
deducirla?
Saludos.
Hola José, gracias por contactarnos.
Así es, puedes deducir dicho gasto ya que tu nieta se considera descendiente tuya en línea recta.
Sin embargo, esto sería siempre que ella no perciba ingresos superiores al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual… que para este 2026 es de $42,794.64 (moneda nacional).
Saludos.