Resolución Miscelánea Fiscal 2021: Nuevos cambios

El SAT publicó la quinta versión anticipada de la Tercera Resolución de modificaciones a la Miscelánea Fiscal (RMF) vigente.

A continuación, resumimos los cambios agregados en esta nueva versión:

1. Se actualiza la Regla 13.5. Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos.

  • Los asignatarios de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, podrán realizar los pagos provisionales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos correspondientes al mes de agosto de 2021, en una exhibición (pago único), a más tardar el 29 de octubre de 2021.
  • Por otra parte, los pagos relativos a los montos totales respecto del mes de septiembre de 2021 deberán cubrirlos a más tardar el 30 de noviembre de 2021 en una sola exhibición también.
  • En caso de incumplir con el entero de los montos indicados anteriormente, en los plazos señalados, los asignatarios no podrán aplicar al beneficio previsto en la presente regla y la autoridad fiscal requerirá el pago total de los adeudos.

* Fundamento: Artículos 42 y 44 de la LISH; Regla 2.8.4.1 más el Artículo Octavo Transitorio de la RMF para 2021.

Descargar 3aRM a la RMF 2021 actualizada

 


Te recordamos que, en las versiones anteriores de este anteproyecto el SAT publicó adecuaciones muy importantes a otras disposiciones fiscales:

  • Prórroga para el uso obligatorio del complemento fiscal de carta porte a partir del 1 de diciembre de 2021.
  • Cambios en los lineamientos para la emisión del o los CFDIs con el que se podrá acreditar el transporte de mercancías, dependiendo de la figura que intervenga en el proceso de transportación y el tipo de servicio que se brinde, entre otras condiciones. (Reglas 2.7.1.9, y 2.7.1.51 a la 2.7.1.57)
  • Requisitos de las representaciones impresas del CFDI. (Regla 2.7.1.7)
  • Identificaciones oficiales para trámites que se realicen ante el SAT durante el presente ejercicio y del 1 de enero al 30 de junio de 2022. (Regla 2.1.55)
  • Nuevas excepciones para que un CFDI pueda cancelarse si la autorización de su receptor. (Regla 2.7.1.39)
  • Pago de contribuciones y, en su caso, entero de las retenciones de residentes en el extranjero que proporcionen los servicios digitales a que se refiere el artículo 18-B de la Ley del IVA. (Regla 12.1.7)

Si deseas revisar a detalle las modificaciones incluidas en las versiones previas del anteproyecto de la “Tercera Resolución de modificaciones a la RMF para 2021” puedes hacerlo desde este artículo:

Cambios en cancelación de comprobantes fiscales

 


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