Anexos 3, 5, 7, 8, 11, 14, 17, 25, 25-Bis, 27 y 29 de la RMF para 2021; publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Contenido
- Anexo 3: Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales.
A. Criterios del Código Fiscal de la Federación (CFF).
B. Criterios de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
C. Criterios de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
D. Criterios de la Ley del Impuesto Especial sobre la Producción y Servicio (IEPS).
E. Criterios de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE).
F. Criterios de la Ley de Impuestos sobre Hidrocarburos (LISH).
G. Criterios de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF).
H. Criterios de la Ley Federal de Derechos (LFD).
* Emitidos de conformidad con el artículo 33, fracción I, inciso h) del CFF.
- Anexo 5: Cantidades actualizadas establecidas en el CFF.
A. Cantidades actualizadas establecidas en el Código.
B. Compilación de cantidades establecidas en el Código vigente.
C. Regla 9.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.
* Modificación al Anexo 5 de la RMF para 2017.
- Anexo 7: Compilación de criterios normativos en materia de impuestos.
A. Criterios del Código Fiscal de la Federación (CFF)
B. Criterios de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR)
C. Criterios de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
D. Criterios de la Ley del Impuesto Especial sobre la Producción y Servicio (IEPS)
E. Criterios de la Ley Federal de Derechos (LFD)
F. Criterios de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF)
G. Criterios de la Ley de Impuestos sobre Hidrocarburos (LISH)
* Emitidos de conformidad con los artículos 33, penúltimo párrafo y 35 del CFF.
- Anexo 8: Tarifas aplicables a pagos provisionales, retenciones y cálculo del impuesto.
A. Tarifa aplicable a pagos provisionales.
B. Tarifas aplicables a retenciones.
C. Tarifa para el cálculo del impuesto correspondiente a los ejercicios 2020 y 2021.
- Anexo 11:
A. Catálogo de claves de tipo de producto.
B. Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados.
C. Catálogo de claves de entidad federativa.
D. Catálogo de claves de graduación alcohólica.
E. Catálogo de claves de empaque.
F. Catálogo de claves de unidad de medida.
G. Rectificaciones.
- Anexo 14: Listado de organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR.
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- Autorizaciones.
- Autorizaciones para recibir donativos del Extranjero.
- Autorizaciones vigentes en 2020.
- Revocaciones.
- Actualizaciones.
- Rectificaciones.
- Cumplimiento de Sentencias, Recursos de Revocación y Medida Cautelar.
- Autorizaciones que pierden vigencia por el incumplimiento de la obligación correspondiente al ejercicio fiscal 2019 señalada en la regla 3.10.10. y ficha 19/ISR “Declaración informativa para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación” contenida en el Anexo 1-A.
* Lo anterior sin perjuicio de las sanciones que correspondan por las infracciones cometidas de acuerdo a las disposiciones legales aplicables. - Autorizaciones que pierden vigencia por el incumplimiento de la obligación correspondiente al ejercicio fiscal 2019 a que se refiere el artículo 86, tercer párrafo de la Ley del ISR, “Declaración anual de ingresos y egresos”.
* Lo anterior sin perjuicio de las sanciones que correspondan por las infracciones cometidas de acuerdo a las disposiciones legales aplicables. - Organizaciones que presentaron Aviso de Cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes.
- Organizaciones que presentaron Aviso de Suspensión de Actividades en el Registro Federal de Contribuyentes.
* Información generada desde el 01 de enero hasta el 03 de diciembre de 2020, de conformidad con el artículo 36-Bis del CFF.
- Anexo 17: De los Proveedores de Servicio Autorizado y los Órganos Certificadores de Juegos con Apuestas y Sorteos.
A. Definiciones.
B. Características técnicas, de seguridad y requerimientos de información del sistema de cómputo de los operadores y/o permisionarios.
C. Especificaciones técnicas del servicio que prestará el Proveedor de Servicio Autorizado, y características técnicas, de seguridad y requerimientos de información que deberán cumplir los sistemas del citado Proveedor.
D. Obligaciones que deben cumplir los Órganos Certificadores que verifiquen a los Proveedores de Servicio Autorizado.
E. Operadores que presten el servicio de juegos con apuestas y sorteos a través de agencias.
F. Información que deberá entregar el operador y/o permisionario.
G. Información que deberá entregar el operador y/o permisionario que lleve a cabo sorteos o concursos transmitido por medios de comunicación masiva.
H. Procedimiento que el SAT debe seguir para llevar a cabo la revocación de las autorizaciones conferidas para fungir como Proveedor de Servicio Autorizado.
I. Obligaciones del Proveedor de Servicio Autorizado.
J. Causas de revocación de la autorización para operar como Proveedor de Servicio Autorizado.
- Anexo 25:
I. Acuerdo entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América para mejorar el cumplimiento fiscal internacional incluyendo respecto de FATCA.
a) Procedimientos para la identificación y reporte de Cuentas Reportables a EE.UU. y sobre pagos a ciertas Instituciones Financieras No Participantes.
b) Instituciones Financieras de México no Sujetas a Reportar y Cuentas Excluidas.
II. Disposiciones adicionales aplicables para la generación de información respecto de las cuentas y los pagos a que se refiere el Apartado I, inciso a) del presente Anexo.
- Anexo 25-Bis:
Primera parte: Obligaciones generales y procedimientos de identificación y reporte de Cuentas Reportables.
Sección I: Obligaciones Generales de Reporte.
Sección II: Obligaciones Generales de Debida Diligencia.
Sección III: Debida Diligencia para Cuentas Preexistentes de Personas Físicas.
Sección IV: Debida Diligencia para Cuentas Nuevas de Personas Físicas.
Sección V: Debida Diligencia para Cuentas Preexistentes de Entidades.
Sección VI: Debida Diligencia para Cuentas Nuevas de Entidades.
Sección VII: Reglas Especiales de Debida Diligencia.
Sección VIII: Términos Definidos.
Segunda parte: Disposiciones adicionales aplicables para la generación de información a que se refiere la Primera parte del presente Anexo.
- Anexo 27: Cuotas actualizadas del Derecho de Exploración de Hidrocarburos y del Impuesto por la Actividad de Exploración y Extracción de Hidrocarburos que establece la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y su Reglamento vigentes a partir del 1 de enero de 2021.
- Anexo 29: Disposiciones normativas y especificaciones tecnológicas, así como validaciones adicionales a las establecidas en el Anexo 20, las cuales deben observar de manera obligatoria los PCCFDI, así como los supuestos de infracción que pueden cometer los mismos proveedores.
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- Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos.
- Características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita.
- Especificaciones para la descarga y consulta de la lista LCO y lista LRFC.
- Validaciones adicionales en la certificación de facturas que se expidan al amparo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur.
- Reglas y lineamientos para operar en ambientes productivos.
- De las conductas que se configuran en incumplimientos de las especificaciones tecnológicas determinadas por el SAT, al enviar CFDI a dicho órgano desconcentrado a que se refieren los artículos 81, fracción XLIII y 82, fracción XL del CFF.
- Validaciones adicionales al Anexo 20 y complementos de factura electrónica.
- Lineamientos de uso gráfico del logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI y requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos.
Nota: La Resolución miscelánea fiscal para el 2021 fue publicada el 29 de diciembre de 2020 en el DOF. Si deseas conocer algunos de los puntos más relevantes incluidos en la misma, puedes leer la siguiente publicación: