Reforma Fiscal 2021

El pasado 08 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación -DOF- la Reforma Fiscal para el ejercicio 2021; la cual establece los cambios que se aplicarán el siguiente año en materia de impuestos (ISR e IVA); así como importantes modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF), con respecto a:

  • Los actos jurídicos que carezcan de una razón de negocios (artículo 5-A),
  • El horario por el que se regirá el Buzón Tributario (artículo 13),
  • Las enajenaciones a plazo con pago diferido o en parcialidades (artículo 14),
  • La cancelación de los certificados de sello emitidos por el SAT; por no desvirtuar la presunción de facturar operaciones inexistentes o simuladas (EFOS) y/o la presunción de transmitir indebidamente pérdidas fiscales  (artículo 17-H),
  • La presentación de solicitud de devoluciones en aquellos casos en que se esté como “NO Localizadoen el RFC (artículo 22),
  • Los requisitos a través de los cuales las personas físicas que no estén obligadas a inscribirse al RFC, podrán solicitar su inscripción en el mismo; y la suspensión o disminución de obligaciones de los contribuyentes cuando se confirme que no han realizado alguna actividad en los tres ejercicios previos (artículo 27).
  • La expedición de comprobantes fiscales digitales, la solicitud de los mismos por parte de sus receptores y los requisitos que estos deben contener (artículos 29 y 29-A),
  • Entre otras disposiciones relevantes.

Esta se dio a conocer mediante el “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación” y, a continuación, MYSuite enuncia los cambios incluidos:


LEY DEL ISR (IMPUESTO SOBRE LA RENTA)

1) Se reforman los artículos:

  • 79, fracciones VIII, XI, XVII, XIX, XX y el segundo párrafo;
  • 82, fracciones IV, V (segundo y tercer párrafos) y VI;
  • 113-A, tercer párrafo (fracciones I, II y III);
  • 182, tercer párrafo.

2) Se adicionan los artículos:

  • 80, con un octavo párrafo;
  • 82, fracción V, con un cuarto párrafo;
  • 82-Quáter;
  • 94, con un séptimo párrafo;
  • 113-D.

3) Se derogan los artículos:

  • 27, fracción I, inciso f);
  • 82-Ter;
  • 84;
  • 151, fracción III, inciso f).

LEY DEL IVA (IMPUESTO AL VALOR AGREGADO)

1) Se reforma el artículo:

  • 15, fracción XIV.

2) Se adicionan los artículos:

  • 18-D, con un tercer párrafo;
  • 18-H BIS;
  • 18-H TER;
  • 18-H QUÁTER;
  • 18-H QUINTUS;
  • 18-J, fracción I con un segundo párrafo, II (inciso a) con un segundo párrafo y III con un cuarto párrafo.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN – CFF

1) Se reforman los artículos:

  • 5o.-A, séptimo párrafo;
  • 14, segundo párrafo;
  • 16-C, fracción I;
  • 17-F, segundo párrafo;
  • 17-H, sexto párrafo;
  • 17-H Bis, segundo párrafo;
  • 17-K, fracción I y el segundo párrafo;
  • 18-A, tercer párrafo;.
  • 22-B
  • 22-D, primer párrafo (fracciones IV y VI);
  • 26, fracción X (inciso i) y XII;
  • 27, apartado B, fracciones II y VI;
  • 29, primer párrafo y segundo párrafo (fracción V);
  • 29-A, fracción IV (segundo párrafo), V (primer párrafo), VII (inciso b) y el segundo párrafo;
  • 30, tercer y actual quinto párrafos;
  • 32-B Bis, fracciones IV y V;
  • 32-D, fracción VII y quinto párrafo.
  • 33, fracción I, primer párrafo, incisos a) y b);
  • 40, fracción III;
  • 40-A;
  • 42, fracción V, segundo párrafo.
  • 49, fracciones I, III, IV y V;
  • 52-A, primer párrafo más las fracciones I (inciso b, y el segundo párrafo de esta fracción) y III (quinto párrafo, inciso f);
  • 53, primer párrafo y segundo párrafo (inciso c, segundo párrafo);
  • 53-B, cuarto párrafo;
  • 69-B Bis, primer párrafo, segundo párrafo (fracción IV, cuarto y actuales sexto y décimo primer párrafos);
  • 69-C, segundo párrafo;
  • 69-F;
  • 69-H, primer párrafo;
  • 75, actual fracción VI;
  • 92, décimo párrafo;
  • 133-A, tercer párrafo;
  • 137, primer y segundo párrafos;
  • 139;
  • 141, fracción V;
  • 143, tercer párrafo, incisos a, b (primero y segundo párrafos), c) y cuarto párrafo del artículo;
  • 160, primer párrafo;
  • 176;
  • 177;
  • 183, primer y cuarto párrafos;
  • 185, primer párrafo;
  • 186, primer párrafo;
  • 188-Bis, primer párrafo;
  • 191, cuarto párrafo;
  • 196-A, tercer párrafo.

2) Se adicionan los artículos:

  •  13, con un tercer párrafo;
  • 14-B, con un quinto párrafo (pasando los actuales quinto a octavo párrafos a ser sexto a noveno párrafos);
  • 17-H, con las fracciones XI y XII;
  • 17-H Bis, con un octavo párrafo;
  • 22, con un quinto párrafo (pasando los actuales quinto a décimo octavo párrafos a ser sexto a décimo noveno párrafos);
  • 26, con una fracción XIX;
  • 27, apartado C, con una fracción XII y apartado D, con una fracción IX;
  • 30, con un cuarto a séptimo párrafos (pasando los actuales cuarto a noveno párrafos a ser octavo a décimo tercero párrafos);
  • 33, fracción I, con un inciso i), más una fracción IV.
  • 44, fracción III, con un tercer párrafo;
  • 46, fracción IV (con un tercer párrafo, pasando los actuales tercero a octavo párrafos de esta fracción a ser cuarto a noveno párrafos) y con los párrafos segundo y tercero;
  • 69-B Bis, con un quinto párrafo (pasando los actuales quinto a décimo primer párrafos a ser sexto a décimo segundo párrafos);
  • 69-C, con un tercer párrafo;
  • 75, con una fracción V (pasando las actuales fracciones V y VI a ser fracciones VI y VII);
  • 90-A;
  • 103, con una fracción XXI;
  • 123, con un tercer párrafo (pasando los actuales tercero a sexto párrafos a ser cuarto a séptimo párrafos;
  • 143, con un sexto párrafo;
  • 160, con un segundo, tercero y cuarto párrafos (pasando los actuales segundo a cuarto párrafos a ser quinto a séptimo párrafos);
  • 188-Bis, con un segundo párrafo (pasando los actuales segundo y tercer párrafos a ser tercero y cuarto párrafos).

3) Se derogan los artículos:

  • 17-H Bis, fracciones IV y X;
  • 76, décimo párrafo;
  • 191, séptimo párrafo.

 

El presente Decreto entrará en vigor el próximo 01 de enero de 2021 y puedes descargarlo desde el siguiente enlace:

Decreto LISR – LIVA- CFF 2021

 

Asimismo, ese propio día, se publicó el Decreto que reforma la Ley Federal de Derechos para 2021.

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