Publicación actualizada el 06 de marzo de 2019.
Incluye la declaración de los próximos días del calendario que serán inhábiles para el SAT y la actualización de los tratamientos y estímulos fiscales que no son aplicables conjuntamente con otros estímulos otorgados por diversas actividades.
Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación dof.gob.mx.
Cambios presentados
1. Se modifica la fracción I de la Regla 2.1.6., para establecer como próximos días inhábiles para el SAT, el 18 y 19 de abril de 2019:
2.1.6.“Días inhábiles”
Para los efectos Para los efectos del artículo 12, primer y segundo párrafos del CFF, se estará a lo siguiente:
I. El segundo periodo de general de vacaciones del 2018 para el SAT, comprende los días del 20 de diciembre de 2018 al 4 de enero de 2019. Son días inhábiles para el SAT el 18 y 19 de abril de 2019.
(…)
- En ese sentido interpretamos que, los días adicionales para la presentación de las declaraciones y pagos correspondientes al mes marzo (que se envía a más tardar el día 17) serán del 22 al 26 de abril.
2. Se modifica la Regla 3.21.1.1. en su epígrafe, el primer párrafo y las referencias (fundamento legal) que amparan esta disposición fiscal:
3.21.1.1.“Tratamientos y estímulos fiscales que no son aplicables conjuntamente con los estímulos fiscales a la producción teatral nacional, artes visuales, danza, música, investigación y desarrollo de tecnología, deporte de alto rendimiento y proyectos de inversión en la producción y distribución cinematográfica nacional”
Para los efectos de los artículos 189, 190, último párrafo, 202, último párrafo y 203, último párrafo de la Ley del ISR, así como 25, fracción V de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, los tratamientos fiscales que no podrán aplicarse conjuntamente con los estímulos fiscales a que se refieren los artículos antes señalados son los siguientes: (…)
Fundamento: Ley del ISR (art. 182, 187, 189, 190, 202 y 203); Ley de Ingresos de la Federación_2019 (art. 25)
Transitorios:
Primero. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.
En MYSuite (Proveedor autorizado por el SAT), siempre te mantenemos informado de los cambios fiscales publicados.
Te recordamos que, nuestros servicios incluyen la aplicación del estímulo del IVA 8% aprobado para la facturación de las actividades que se realicen en los locales o establecimientos ubicados en la zona de la frontera norte; por lo que, de requerirlo puedes emitir estos comprobantes fiscales (CFDI) con nosotros.