El SAT prorrogó al próximo 1 de noviembre el inicio de operación del nuevo esquema de cancelación de CFDI.
Con el fin de que puedan concluirse las adecuaciones o desarrollos que se requieren implementar en los sistemas administrativos y/o generadores de Comprobantes Fiscales Digitales, para garantizar la cancelación de las facturas bajo el nuevo proceso de autorización por parte del receptor, el SAT anunció que el plazo para comenzar a operar con dicho esquema se extiende dos meses más; por lo que la nueva fecha de su obligatoriedad será el 1 de noviembre del 2018.
En el siguiente link pueden consultar el comunicado oficial: Comunicado de Prensa 047 – 2018
Como ha mencionado MYSuite en artículos anteriores, el Nuevo Esquema de Cancelación consistirá primordialmente en solicitarle al RECEPTOR del CFDI su aceptación para poder cancelar el comprobante cuando contenga algún dato incorrecto y sea necesario sustituirlo; o bien, cuando la operación comercial no haya sido pagada y no subsista (es decir, no se lleve a cabo realmente); lo cual evitará cancelaciones dolosas o indebidas y permitirá al receptor de las facturas estar enterado de las acciones que se tomen respecto a los CFDI que recibe y que puedan afectarle en el cálculo de sus impuestos.
En este sentido, es importante recordar que, no en todos los casos se requerirá enviar un aviso al receptor y esperar a que este (en un plazo máximo de tres días) responda si acepta o rechaza la solicitud realizada.
– No será necesario pedir autorización para cancelar un CFDI y el proceso será como se hace actualmente, cuando:
- La cancelación se realice dentro de los 3 primeros días siguientes a su emisión, independientemente del monto de la operación.
- Se trate de un CFDI de Ingresos por un monto de hasta $5,000.00 MXN
- Sea un CFDI de Nómina, de Egreso o de Traslado.
- Se haya emitido a través de la herramienta “Mis cuentas” del SAT.
- Ampare retenciones e información de pagos (CFDI de Retenciones).
- Sea por concepto de ingresos, expedido a contribuyentes del RIF.
- Se trate de una factura emitida por operaciones realizadas con el público en general (Factura global con RFC receptor XAXX010101000)
- Su receptor sea un residente en el extranjero (Comprobante con RFC receptor XEXX010101000)
- Ampare operaciones realizadas a través del adquiriente de los bienes y sector primario.
- Sea emitido por un integrante del Sistema Financiero.
Otra particularidad de este nuevo esquema es que cuando se solicite la cancelación el CFDI podrá ser ‘No Cancelable’ porque esté relacionado, es decir “asociado”, con uno o varios CFDI´s emitidos (posteriormente); y para poder cancelarlo, primero se deberán cancelar los comprobantes fiscales que guarden relación con él.
* Desde el propio sistema puede visualizarse la lista de CFDI Relacionado para solicitar las cancelaciones que se requieran realizar previamente; ya sean, con la aceptación del receptor o sin aceptación, dependiendo el caso.
En MYSuite estamos listos para ofrecerle a nuestros clientes, a través de nuestra plataforma, un servicio fácil y efectivo de cancelación de facturas (CFDI) con el nuevo esquema establecido por el SAT; mismo que estará implementado en la fecha prevista.
Recuerda que siempre estamos dispuestos a orientarte. Si tienes alguna duda o comentario sobre este proceso, contáctanos.