El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que las personas interesadas en constituir “Donatarias Autorizadas” para apoyar a la población afectada por el paso del huracán Otis, recibirán atención prioritaria a través de sus diferentes canales de atención:
- Atención telefónica: 55 627 22 728 y (+52) 55 627 22 728 para el exterior del país.
- Mi Portal: portalsat.plataforma.sat.gob.mx
- Chat uno a uno: http://chat.sat.gob.mx
Mediante estos canales también se atenderán dudas sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, para efectos de la recepción y destino de recursos en apoyo a la reconstrucción o rehabilitación de las zonas afectadas.
Las donatarias pueden otorgar apoyo económico a los damnificados por el huracán Otis para la reconstrucción o rehabilitación de su vivienda, sin que se considere que incumplen con su objeto social autorizado y los beneficiarios no pagarán impuestos por la recepción de dichos donativos.
En tanto, las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles pueden importar mercancías destinadas a apoyar a la población afectada de Guerrero, sin el pago de impuestos al comercio exterior. Asimismo, contarán con facilidades administrativas para su ágil introducción a nuestro país.
En ese sentido, MYSuite les recuerda que cualquier donativo (en dinero o en bienes) que se reciba debe ampararse en un CFDI con el complemento fiscal “Donatarias”. Este, sirve para incluir la información requerida por el SAT a las donatarias autorizadas para recibir donativos y permite hacer deducibles las facturas a los donantes.
Si tienes alguna duda acerca de este tema o requieres emitir CFDIs con dicho complemento, contáctanos.