El SAT dio a conocer los parámetros de referencia respecto a las tasas efectivas de impuesto que deben considerarse en la medición de riesgos impositivos correspondientes a los ejercicios fiscales 2020 y 2021. Para calcular estas tasas realizó procesos de análisis con base en la información de los contribuyentes que tiene en su poder (declaraciones anuales e informativas, dictámenes fiscales, información sobre la situación fiscal, los CFDI´s, pedimentos, entre otros).
Los primeros sectores económicos publicados y que engloban cuarenta actividades económicas son:
- Servicios financieros y de seguros;
- Comercio al por mayor;
- Comercio al por menor;
- Industria manufacturera;
- Minería.
A continuación, enlistamos dichas actividades:
- Banca múltiple o comercial
- Casas de bolsa
- Comercio al por mayor de artículos de perfumería
- Comercio al por mayor de desechos metálicos
- Comercio al por mayor de materiales metálicos
- Comercio al por mayor de productos farmacéuticos
- Comercio al por menor de artículos de perfumería y cosméticos
- Comercio al por menor de partes y refacciones nuevas para automóviles, camionetas y camiones
- Compañías afianzadoras
- Compañías de seguros no especializadas en seguros de vida
- Compañías especializadas en seguros de vida
- Fabricación de asientos para vehículos automotores
- Fabricación de carrocerías y remolques
- Fabricación de cosméticos, perfumes y otras preparaciones de tocador
- Fabricación de equipo eléctrico y electrónico para vehículos automotores
- Fabricación de motores de gasolina y sus partes para vehículos automotrices
- Fabricación de otras partes para vehículos automotrices
- Fabricación de otros productos de hierro y acero de material comprado
- Fabricación de otros productos metálicos
- Fabricación de partes de sistemas de dirección y de suspensión para vehículos automotrices
- Fabricación de partes de sistemas de frenos para vehículos automotrices
- Fabricación de partes de sistemas de transmisión
- Fabricación de piezas metálicas troqueladas para vehículos automotrices
- Fabricación de preparaciones farmacéuticas
- Fabricación de productos metálicos forjados y troquelados
- Fabricación de tubos y postes de hierro y acero de material comprado
- Fabricación o ensamble de automóviles y camionetas
- Fabricación o ensamble de camiones y tractocamiones
- Farmacias con minisúper
- Industria del aluminio
- Minería de cobre y níquel
- Minería de oro
- Minería de plata
- Minería de plomo y zinc
- Moldeo por fundición de piezas metálicas no ferrosas
- Moldeo por fundición de todo tipo de piezas a partir de hierro y acero producidos en otro establecimiento
- Sociedades de inversión de capitales
- Sociedades financieras de objeto múltiple
- Venta de automóviles nuevos al consumidor por el fabricante, ensamblador, por el distribuidor autorizado o por el comerciante en el ramo de vehículos cuyo precio de venta exceda $150,000.00
- Venta de automóviles nuevos al consumidor por el fabricante, ensamblador, por el distribuidor autorizado o por el comerciante en el ramo de vehículos cuyo precio de venta no exceda $150,000.00
Es importante mencionar que, si la actividad que se lleva a cabo no está incluida en este documento del SAT, debe esperarse a que el fisco publique las tasas efectivas que correspondan a la misma. Para entonces, compararlas con las tasas propias y, en su caso, corregir la situación fiscal mediante la presentación de declaraciones complementarias.
Lo anterior, con el fin de minimizar la posibilidad de inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.