Reforma Fiscal 2022

El 12 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación -DOF- la Reforma Fiscal para el ejercicio 2022; la cual establece los cambios que se aplicarán el siguiente año en materia de impuestos (ISR, IVA e IEPS); así como importantes modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF) y otras leyes.

Esta se dio a conocer mediante el “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos”. A continuación, MYSuite enuncia los cambios incluidos:


LEY DEL ISR (IMPUESTO SOBRE LA RENTA)

1) Se reforman los artículos:

  • 4, primer párrafo;
  • 7, tercer párrafo;
  • 8, sexto párrafo;
  • 14, séptimo párrafo, inciso b);
  • 24 (primer párrafo y fracción VII) y el actual segundo párrafo del artículo;
  • 27, fracciones III (segundo párrafo), X, y XV, segundo párrafo (incisos a, tercer y cuarto párrafos, y b);
  • 28, fracción XXVII, quinto y actual sexto párrafos;
  • 31, segundo y sexto párrafos;
  • 32, actual quinto párrafo;
  • 34, fracción I, inciso b);
  • 42, tercer párrafo;
  • 50, primer párrafo;
  • 55, fracción IV;
  • 56;
  • 57, séptimo párrafo;
  • 58, tercer párrafo;
  • 74, decimoprimero, decimosegundo, decimotercero y decimocuarto párrafos;
  • 76, fracciones IX, párrafos primero y cuarto, X, XII y XIX, párrafo primero;
  • 76-A, primer párrafo;
  • 77, tercer párrafo;
  • 90, decimoprimer párrafo;
  • 94, séptimo párrafo;
  • 106, sexto párrafo;
  • 110, fracciones II, primer párrafo y X;
  • 118, fracción II, y segundo párrafo del artículo;
  • 126, cuarto párrafo;
  • 142, fracción XVIII, inciso c);
  • 151, fracción V, segundo párrafo, y quinto párrafo del artículo;
  • 152, primer párrafo;
  • 153, actual segundo párrafo;
  • 160, quinto párrafo;
  • 161, séptimo, octavo, decimoprimero, decimoséptimo, decimoctavo y actual decimonoveno párrafos;
  • 166, cuarto y decimoprimer párrafos;
  • 172, fracción III;
  • 174, primer párrafo;
  • 176, tercer párrafo;
  • 177, segundo párrafo;
  • 179, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos;
  • 180, segundo párrafo;
  • 182, segundo párrafo;
  • 183-Bis, fracción I, primer párrafo;
  • 185, primer párrafo;
  • 188, fracción IV, primer párrafo;
  • Así como la denominación del Título VI para quedar como “De las entidades extranjeras controladas sujetas a regímenes fiscales preferentes, de las empresas multinacionales y de las operaciones celebradas entre partes relacionadas”, y la denominación del Capítulo II, del Título VI para quedar como “De las empresas multinacionales y de las operaciones celebradas entre partes relacionadas”.

2) Se adicionan los artículos:

  • 11, fracción V, con un quinto párrafo;
  • 18, con una fracción XII;
  • 19, con un cuarto párrafo;
  • 24, con una fracción XI, y con los párrafos segundo y cuarto, pasando los actuales segundo y tercer párrafos a ser el tercero y quinto párrafos;
  • 27, fracción XV, con un cuarto párrafo, pasando los actuales cuarto y quinto párrafos a ser quinto y sexto párrafos;
  • 28, fracción XXVII, con un sexto y octavo párrafos, pasando los actuales sexto, séptimo y octavo párrafos a ser séptimo, noveno y décimo párrafos;
  • 32, con un tercer párrafo, pasando los actuales tercero, cuarto y quinto párrafos a ser cuarto, quinto y sexto párrafos;
  • 34, con una fracción XV;
  • 57, con un octavo párrafo;
  • 58, cuarto y quinto párrafos, pasando los actuales cuarto y quinto párrafos a ser sexto y séptimo párrafos;
  • 76, con una fracción XX;
  • 76-A, con un segundo párrafo, pasando el actual segundo párrafo a ser tercer párrafo;
  • 113-E; 113-F; 113-G; 113-H; 113-I; y 113-J, relacionados con el nuevo régimen de confianza para personas físicas
  • 153, con un segundo párrafo, pasando los actuales párrafos segundo a decimosegundo a ser párrafos tercero a decimotercero, respectivamente;
  • 161, con un decimonoveno y vigésimo párrafos, pasando los actuales decimonoveno a vigesimotercer párrafo a ser vigesimoprimer a vigesimoquinto párrafos, en su orden;
  • 166, con un vigésimo primer párrafo;
  • 185, con un quinto párrafo;
  • 187, con una fracción X;
  • 206; 207; 208; 209; 210; 211; 212; 213; 214, y 215, relacionados con el nuevo régimen de confianza de personas morales.
  • Así como el Título IV, Capítulo II, con la Sección IV denominada “Régimen Simplificado de Confianza”, que comprende los artículos 113-E al 113-J, y el Título VII con un Capítulo XII denominado “Régimen Simplificado de Confianza de personas morales”, que comprende los artículos 206 al 215.

3) Se derogan los artículos:

  • 74, fracción III, del primer párrafo;
  • 74-A;
  • 75, tercer párrafo;
  • 182, fracción II, quinto párrafo, y el tercer párrafo del artículo;
  • Así como la Sección II “Régimen de Incorporación Fiscal” del Capítulo II, del Título IV, con sus artículos 111, 112 y 113, y el Capítulo VIII “De la opción de acumulación de ingresos por personas morales” del Título VII, con sus artículos 196 al 201.

LEY DEL IVA (IMPUESTO AL VALOR AGREGADO)

1) Se reforman los artículos:

  • 2o.-A, fracción I, inciso b), primer párrafo;
  • 5o., fracciones II, primer párrafo, V, incisos b), c) y d), en su primer párrafo y sus numerales 2 y 3, primer párrafo, y VI, segundo párrafo;
  • 5o.-D, primer párrafo;
  • 18-D, fracción III;
  • 18-H BIS, segundo párrafo, y
  • 21

2) Se adicionan los artículos:

  • 2o.-A, fracción I, con un inciso j), y
  • 4o.-A

3) Se deroga el artículo:

  • 5o.-E

LEY DEL IEPS (IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS)

1) Se reforman los artículos:

  • 3o., fracción IV;
  • 19, fracciones XIV, XVIII y XXII, y
  • 19-A

2) Se adicionan los artículos:

  • 2o., fracción I, inciso D), con un quinto párrafo;
  • 3o., con una fracción XXXVII;
  • 5o., con un octavo párrafo, y
  • 19, con una fracción XXIV,

3) Se deroga el artículo:

  • 5o.-D

LEY DEL ISAN (IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS)

1) Se reforman los artículos:

  • 2o., primer párrafo, y
  • 8o., fracción II, primer y segundo párrafos

2) Se deroga el artículo:

  • 2o., segundo párrafo

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN – CFF

1) Se reforman los artículos:

  • 9o., fracción I, segundo párrafo y los párrafos segundo y tercero del artículo;
  • 12, párrafo quinto;
  • 14, párrafo segundo;
  • 14-B, fracción II, inciso a), cuarto párrafo y el párrafo quinto del artículo;
  • 15-A; 16-C, fracción III;
  • 17-E;
  • 17-G, fracción VII;
  • 17-H, párrafo séptimo;
  • 17-H Bis, fracciones V y VII y quinto párrafo del artículo;
  • 17-I;
  • 21, párrafos décimo y decimoprimero;
  • 22, párrafos cuarto, séptimo, noveno, décimo, decimoquinto y decimoctavo;
  • 22-C; 22-D, fracción VI;
  • 25, párrafos primero y segundo;
  • 25-A, párrafos tercero y cuarto;
  • 26, fracciones V, VIII y XI;
  • 27, Apartados B, fracción VI y C, fracción I, segundo párrafo;
  • 28, fracción I, Apartado B;
  • 29, párrafo primero, las fracciones I, III, IV, inciso a) y VI, tercer párrafo, y el párrafo tercero del artículo;
  • 29-A, fracciones I y IV, párrafo primero y párrafos cuarto y quinto;
  • 31, párrafos primero, cuarto, quinto, sexto, octavo y decimosegundo;
  • 31-A, inciso d);
  • 32-A, segundo, tercero, cuarto y quinto párrafos; 32-B, fracciones III, párrafos primero, segundo y tercero y VI;
  • 32-B Bis, fracciones VII y VIII, y párrafo cuarto del artículo;
  • 32-D, párrafos noveno y décimo;
  • 33, fracción I, inciso c);
  • 38, párrafo quinto;
  • 41, párrafo primero y su fracción I;
  • 42, párrafo primero;
  • 46, fracción IV, párrafos quinto, sexto y séptimo;
  • 46-A, Apartado B;
  • 47, párrafo primero;
  • 48, fracción VII;
  • 49, párrafo primero y fracciones I y VI;
  • 58, fracción I;
  • 60, párrafo cuarto;
  • 66, fracción II, párrafo primero;
  • 67, párrafos cuarto, sexto y noveno;
  • 69, párrafo cuarto; 69-G; 70-A, párrafo quinto;
  • 74, párrafos primero, segundo y cuarto;
  • 81, fracciones XVII y XXV;
  • 82, fracción XXV;
  • 83, fracciones X, XV y XVII;
  • 84, fracción XVI y párrafo segundo del artículo;
  • 86-A, fracción IV;
  • 91-A, párrafo primero;
  • 102, párrafos segundo y tercero;
  • 103, fracción XX;
  • 104, fracción IV;
  • 106, fracción II, inciso c);
  • 111 Bis, fracciones I, II y III;
  • 121, párrafo tercero;
  • 139;
  • 144, párrafos segundo y tercero;
  • 152, párrafo primero;
  • 161, párrafo segundo;
  • 176, párrafo segundo;
  • 181, párrafos primero y segundo;
  • 182, fracción III;
  • 184, párrafo primero;
  • 185, párrafo primero, y
  • 186, párrafo primero.

2) Se adicionan los artículos:

  • 9o., con un párrafo cuarto;
  • 12, con un párrafo séptimo;
  • 14-B, con los párrafos sexto, séptimo, octavo y décimo, pasando el actual párrafo sexto a ser párrafo noveno y los actuales párrafos séptimo, octavo y noveno, a ser los párrafos decimoprimero, decimosegundo y decimotercero, en su orden;
  • 15-B, con un párrafo tercero, pasando los actuales párrafos tercero y cuarto a ser cuarto y quinto párrafos;
  • 17-D, con un párrafo sexto, pasando los actuales párrafos sexto a decimoprimero a ser séptimo a decimosegundo párrafos;
  • 17-H, con el párrafo octavo;
  • 17-H Bis, fracciones I, con un segundo párrafo, III, con un segundo párrafo, pasando el actual párrafo segundo a ser tercero, y XI, así como un párrafo séptimo, pasando los actuales párrafos séptimo y octavo a ser octavo y noveno párrafos;
  • 22-D, con una fracción VII;
  • 23, con los párrafos sexto al decimoctavo;
  • 26, fracción IV, con un párrafo segundo;
  • 27, Apartados A, con un párrafo quinto, C, con una fracción XIII, y D, fracción IX, con un inciso d);
  • 29 Bis;
  • 29-A, fracción V, con un segundo párrafo, pasando el actual párrafo segundo a ser tercero, así como con los párrafos sexto y séptimo;
  • 30, con un párrafo noveno, pasando los actuales párrafos noveno a decimotercero a ser décimo a decimocuarto párrafos;
  • 32-A, sexto y séptimo párrafos;
  • 32-B Ter;
  • 32-B Quáter;
  • 32-B Quinquies;
  • 32-D, con una fracción IX;
  • 33, fracción I, con un inciso j);
  • 32-H con una fracción VI;
  • 42, fracción VI, con un párrafo segundo, y con las fracciones XII y XIII;
  • 42-B;
  • 48-A;
  • 52, fracción III, con un párrafo tercero;
  • 52-A, fracción III, quinto párrafo, con un inciso m);
  • 55, con una fracción VII;
  • 56, con una fracción VII;
  • 69, párrafo decimosegundo, con una fracción X;
  • 69-B, con un párrafo décimo;
  • 69-C, con un párrafo cuarto;
  • 76, con un párrafo noveno, pasando los actuales párrafos noveno y décimo a ser párrafos décimo y decimoprimero;
  • 77, fracción III, con un párrafo segundo;
  • 81, con una fracción XLVI;
  • 82, con una fracción XLII;
  • 82-E;
  • 82-F;
  • 82-G;
  • 82-H;
  • 83, con la fracción XIX;
  • 84, fracción IV, con un inciso d);
  • 84-M;
  • 84-N;
  • 86-A, con las fracciones VI, VII, VIII y IX;
  • 86-B, con las fracciones VI y VII, y un párrafo tercero al artículo;
  • 86-G, con un párrafo tercero; 86-H, con un párrafo quinto;
  • 87, con una fracción VI;
  • 96, con una fracción III;
  • 103, con las fracciones XXII y XXIII;
  • 104, con un párrafo tercero;
  • 108, párrafo séptimo, con los incisos j) y k);
  • 111 Bis, con las fracciones IV, V y VI, así como un párrafo segundo, pasando el actual párrafo segundo a ser párrafo tercero;
  • 121, con un párrafo cuarto, pasando el actual párrafo cuarto a ser párrafo quinto;
  • 142, con una fracción IV, pasando la actual fracción IV a ser V, y
  • 151 Bis.

3) Se derogan los artículos:

  • 9o., fracción I, párrafo tercero;
  • 27, Apartados B, fracción VIII, párrafo segundo, C, fracción VI, párrafo segundo;
  • 29, fracción IV, párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto;
  • 31 párrafos decimoquinto y decimosexto;
  • 32-B Bis, fracción IX;
  • 38, párrafo sexto;
  • 81, fracción XLIII; 82, fracción XL;
  • 105, fracciones XII, párrafo segundo y XIII, párrafo segundo;
  • 137, párrafo tercero;
  • 144, párrafo décimo, y
  • 146-B.

OTROS ORDENAMIENTOS

1) Se deroga el artículo 16-C de la Ley Aduanera.

2) Para efectos del artículo 36-A, fracción I, inciso f) de la Ley Aduanera, el SAT establecerá, mediante reglas de carácter general, la información y especificaciones técnicas que deberá reunir el dictamen que avale el peso, volumen u otras características inherentes a las mercancías a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D) de la Ley del IEPS.

3) Se reforma el artículo Segundo, fracción XXII, primer párrafo, del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del CFF, publicado en el DOF el 5 de enero de 2004.

4) Se deroga el artículo transitorio Tercero del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del CFF, de la Ley Aduanera, del Código Penal Federal y de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, publicado en el DOF el 1 de junio de 2018.


El presente Decreto entrará en vigor el próximo 01 de enero de 2022* y puedes descargarlo desde el siguiente enlace.

* Cabe mencionar que los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto deberán substanciarse, es decir tramitarse, y resolverse en términos de las disposiciones o lineamientos vigentes hasta el 31 de diciembre de 2021.

Decreto LISR – LIVA – LIEPS – LISAN – CFF y otros 2022

 

Asimismo, ese propio día, se publicó el Decreto que reforma la Ley Federal de Derechos para 2022.

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