La autoridad tributaria reiteró que la condonación de impuestos se prohibió con la modificación al artículo 28 constitucional; pero recordó que tiene la facultad para disminuir multas.
La autoridad tributaria reiteró que la condonación de impuestos se prohibió con la modificación al artículo 28 constitucional; pero recordó que tiene la facultad para disminuir multas.