Anexos de las Reglas de Comercio Exterior 2020

Anexos 1, 1-A, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Resumen del contenido de los anexos

  • Anexo 1: Formatos de Comercio Exterior.
    • Apartado A “Autorizaciones”
    • Apartado B “Avisos”
    • Apartado C “Constancias”
    • Apartado D “Declaraciones”
    • Apartado E “Formatos”
    • Apartado F “Solicitudes”
    • Apartado G “Pedimentos y Anexos”
  • Anexo 1-A: Trámites de Comercio Exterior.
    • Apartado I “Identificaciones oficiales y comprobantes de domicilio” para efectos de los trámites contenidos en las RGCE y sus Anexos.
    • Apartado II “Trámites”
  • Anexo 4: Horarios de las aduanas.
  • Anexo 5: Compilación de criterios normativos y no vinculativos en materia de comercio exterior y aduanal, de conformidad con los artículos 33, fracción I, inciso h), y penúltimo párrafo; y 35 del CFF.
    • Apartado A “Criterios Normativos” *
      * Se derogan los criterios 2/LA/N “Cancelación de patente de agente aduanal por transmisión o declaración de datos distintos”, 5/LA/N “Patrimonio. Mercancías donadas por extranjeros conforme al artículo 61, fracción IX de la Ley” y 6/LA/N “Momento de inicio del plazo de permanencia en territorio nacional de las mercancías importadas temporalmente”.
    • Apartado B “Criterio Normativo de TLCAN” **
      ** Se deroga este apartado completo, el cual contenía solamente el criterio 1/TLCAN/N “Régimen de importación temporal de mercancías. Excepciones a lo dispuesto en el artículo 303 del TLCAN”.
    • Apartado C “Criterio no vinculativo”
  • Anexo 6: Criterios de Clasificación Arancelaria.
    • Apéndice 1 “Reglas de operación del Consejo de Clasificación Arancelaria”
    • Apéndice 2 “Criterios de Clasificación Arancelaria”
  • Anexo 7: Fracciones arancelarias que identifican los insumos y diversas mercancías relacionadas con el sector agropecuario a que se refiere la regla 1.3.1., fracción XI.
  • Anexo 8: Fracciones arancelarias que identifican los bienes de capital a que se refiere la regla 1.3.1., fracción XII.
  • Anexo 9: Fracciones arancelarias que se autorizan a importar de conformidad con el artículo 61, fracción XIV de la Ley de Aduana.
  • Anexo 10: Sectores y fracciones arancelarias.
    • Apartado A “Padrón de Importadores de Sectores Específicos”
    • Apartado B “Padrón de Exportadores Sectorial”
  • Anexo 11: Rutas Fiscales autorizadas para efectuar el tránsito internacional de mercancías conforme a la regla 4.6.23.
    • Apartado I “Rutas fiscales autorizadas para el tránsito internacional por territorio nacional por las que los transportistas deberán efectuar su recorrido en un plazo no mayor a 24 horas entre las aduanas de Ensenada – Tijuana, Ensenada – Tecate y Ensenada – Mexicali”
    • Apartado II “Rutas fiscales autorizadas para el tránsito internacional por territorio nacional por las que los transportistas deberán efectuar su recorrido en un plazo no mayor a 24 horas entre las aduanas de Guaymas y Nogales”
  • Anexo 12: Mercancías de las fracciones de la TIGIE que procede su exportación temporal.
  • Anexo 14: Fracciones arancelarias para la importación o exportación de hidrocarburos, productos petrolíferos, productos petroquímicos y azufre.
  • Anexo 15: Distancias y plazos máximos de traslado en días naturales para arribo de tránsitos.
  • Anexo 16: Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional en la frontera norte y lo terminen en la frontera sur del país o viceversa.
    • Apartado I “Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías en tránsito internacional”
    • Apartado II “Rutas fiscales autorizadas para el tránsito internacional por territorio nacional”
  • Anexo 17: Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional.
  • Anexo 19: Datos para efectos del artículo 184, fracción III de la Ley de Aduana.
  • Anexo 21: Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías.
    • Apartado A “Despacho aduanero de las mercancías que se introduzcan al país para destinarlas a los regímenes aduaneros de importación definitiva, temporal o régimen de recinto fiscalizado estratégico”
    • Apartado B “Despacho aduanero de las mercancías que se extraigan del país bajo el régimen aduanero de exportación definitiva”
  • Anexo 22: Instructivo para el llenado del pedimento.
  • Anexo 23: Mercancías peligrosas o mercancías que requieran instalaciones o equipos especiales para su muestreo, o ambos.
  • Anexo 24: Sistema automatizado de control de inventarios.
    • Apartado A “Catálogos”
      1. Datos Generales del Contribuyente.
      2. Materiales.
      3. Productos.
    • Apartado B “Módulos de Aduanas”
      1. Módulo de información aduanera de Entradas (importaciones temporales).
      2. Módulo de información sobre Materiales Utilizados.
      3. Módulo de información aduanera de Salidas (retornos, destrucciones, donaciones, cambios de régimen, etc.).
      4. Módulo de Activo Fijo.
    • Apartado C “Módulo de Reportes”
      1. Reporte de Entrada de Mercancías de Importación Temporal.
      2. Reporte de Salida de Mercancías de Importación Temporal.
      3. Reporte de Saldos de Mercancías de Importación Temporal.
      4. Reporte de Materiales Utilizados.
  • Anexo 25: Puntos de revisión (Garitas).
  • Anexo 26: Datos inexactos u omitidos de las Normas Oficiales Mexicanas contemplados en la regla 3.7.20.
  • Anexo 27: Fracciones arancelarias de la TIGIE, por cuya importación no se está obligado al pago del IVA, de conformidad con el artículo 25, fracción III, en relación con el artículo 2-A, fracción I de la Ley del IVA.
  • Anexo 28: Importación de mercancías sensibles por empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
    • Inciso a) “Telas”
    • Inciso b) “Productos confeccionados”
  • Anexo 29: Fracciones arancelarias (Bienes) que no pueden destinarse a los regímenes temporales de importación para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de Depósito fiscal; de Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado; y de Recinto Fiscalizado Estratégico.
  • Anexo 30: Fracciones arancelarias (Bienes) sujetas a la declaración de marcas nominativas o mixtas.
    • Apartado A “Regímenes aduaneros de importación definitiva, importación temporal y depósito fiscal”
    • Apartado B “Régimen aduanero de exportación definitiva”
  • Anexo 31: Sistema de Control de Cuentas de Crédito y Garantías (SCCCyG).

 


 

Consultar Anexos 1, 12 y 22 – RGCE 2020

Consultar Anexo 1-A – RGCE 2020

Consultar Anexos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 19, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 – RGCE 2020

 

 

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