Este 30 de junio será el último día para presentar ante el SAT el aviso para aplicar el estímulo fiscal del crédito de la mitad del impuesto al valor agregado (IVA) que se cause por las actividades realizadas en la Región Fronteriza Norte de nuestro país.
Entre los requisitos que deben cumplirse para optar por el estímulo están:
- Realizar la entrega material de los bienes o la prestación del servicio en locales o establecimientos ubicados dentro la región fronteriza norte.
- Presentar en tiempo y forma el aviso de aplicación de estímulo fiscal, a más tardar el 30 de junio.*
Fundamento: Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2018.
* Quienes se inscriban en el RFC posterior al 30 de junio de 2019, pueden presentar el aviso a más tardar el día 17 del siguiente mes siguiente al que se inscriban. (Ej. Si la inscripción se realiza el 5 de julio; la solicitud para aplicar el estímulo podrá realizarse hasta el 17 de agosto).
Los pasos para presentar dicho aviso y poder reflejar el IVA 8% en las facturas son:
- Ingresar a la página del SAT (sat.gob.mx), opción “Mi Portal” (con RFC y contraseña)
- Seleccionar el apartado de Servicios por Internet (Servicio o Solicitudes).
Llenar los datos solicitados en el formulario, eligiendo en el trámite “ESTÍMULO IVA ZONA FRONTERIZA”. - Enviar la solicitud y obtener el acuse de recibo, el cual deberá conservarse para cualquier aclaración.
El SAT revisará si se cumplen los requisitos para obtener la autorización y responderá en un plazo de 72 horas aproximadamente, si aprueba la solicitud.
Les recordamos que, por excepción, el estímulo fiscal del IVA fronterizo puede aplicarse de conjunto con otros estímulos fiscales o beneficios, tales como:
- La disminución de la utilidad fiscal determinada y el monto de la PTU pagados en el mismo ejercicio. (Previsto en el Art. 16, Apartado A, fracción VIII de la Ley de Ingresos de 2019).
- La deducción adicional del 5% del costo de lo vendido a quienes donen bienes básicos en materia de alimentación y salud a donatarias autorizadas. (Previsto en el Art. 16, Apartado A, fracción IX de la Ley de Ingresos de 2019).
- La deducción adicional del 25% del salario pagado por la contratación de personas con discapacidad (previsto en el Art. 16, Apartado A, fracción X de la Ley de Ingresos de 2019 y en el Art. 186 de la Ley del ISR); así como, por la contratación de adultos mayores.
- El estímulo del ISR para los trabajadores sindicalizados por las cuotas de seguridad social que (sumadas a los demás ingresos) excedan de 7 UMA´s.
- El referente al 100% del IVA causado por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.
- Los aplicables a los combustibles en materia de IEPS.
- Entre otros cuatro supuestos.
Fundamento: Regla 11.11.14. de Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2018.
En MYSuite (Proveedor del SAT) siempre orientamos a los contribuyentes.
Contamos con la facturación y timbrado de IVA 8% para la zona fronteriza norte en todos los productos y servicios que tenemos; por lo que con nosotros, podrá aplicarse el estímulo de manera inmediata, una vez que se cuente con la autorización del SAT.
Si tienes cualquier pregunta, no dudes en contactarnos.
Puedo meter solicitud de estimulo 8% como persona física, aun cuando ya venció el plazo?
Hola Ramón, gracias por escribirnos.
Si te inscribiste recientemente al RFC o bien, tenías suspensión de actividades y las reanudaste… o abriste un local, establecimiento, sucursal, etc., en la zona fronteriza norte para realizar tus actividades, se tiene la opción de solicitar la aplicación del estímulo; siempre y cuando se presente el aviso al SAT a más tardar el día 17 del mes siguiente al que esto ocurra.
Recuerda que el trámite se hace mediante la ficha 4/DEC-10 “Aviso para aplicar el estímulo fiscal del IVA en la región fronteriza del norte” del Anexo 1-A de la miscelánea vigente, el cual puedes encontrar actualizado en el siguiente link: https://www.mysuitemex.com/blog/informacion_fiscal/anexos_1_y_1-a_1arm_rmf2019_dof_20082019.pdf
Esperamos te sea de utilidad nuestra respuesta. Cualquier otra pregunta, no dudes en ponerte en contacto nuevamente con nosotros.
Saludos!