Guía para facturar las utilidades – PTU 2024

Al realizar el pago de las utilidades (PTU) de 2024 a los trabajadores ten presente que, para documentarlo, debes emitir un recibo de nómina solo con esa percepción. En este caso:

1. En “Tipo de Nómina” selecciona “Extraordinaria” (E) y en “Periodicidad de Pago” elige “Otra periodicidad” (clave 99).

2. En “Días Pagados” registra el número de días que correspondan a la participación del trabajador (por ejemplo: 365, 180, 60, etc.).

3. Seguidamente, adiciona dicha percepción de la forma siguiente:

  • En “Tipo de Percepción” elige la descripción “Participación de los Trabajadores en las Utilidades PTU”, correspondiente a la clave 003 del catálogo c_TipoPercepcion del SAT. 
  • En “Importe Exento” captura la parte de este pago que, por ley, es exenta de ISR. La cual, no debe exceder de $1,697.10 que es el monto equivalente al valor actual de 15 UMAs (Unidad de Medida y Actualización) permitidas como tope para esta prestación: 

    • Si el pago es por un valor igual o inferior a la cantidad anteriormente mencionada, en “Importe Gravado” captura 00 (no dejes el campo vacío).
    • Por el contrario, si el monto que le corresponde al trabajador es superior a $1697.10 (por ejemplo, $4216.25), en “Importe gravado” anota la diferencia que resulte de restarle a este la parte exenta (Ejemplo: $2,519.15).

* Ante este último escenario, en el apartado Deducciones, deberás declarar el “Total de Impuestos Retenidos” sobre el importe gravado que anotaste y agregar el detalle de la deducción seleccionando la descripción “ISR” correspondiente a la clave 002 del catálogo c_TipoDeduccion del SAT.

** En el “Importe” de la deducción, anota el mismo monto que ingresaste en el “Total de Impuestos Retenidos”.

De esta manera evitarás errores al emitir el complemento y, al finalizar el proceso, el total del CFDI coincidiría con el monto neto a entregarle.


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Importante:

  • Al pago de las utilidades no le aplica subsidio al empleo. Sin embargo, en el caso de los trabajadores que laboren bajo el régimen de contratación 02 (Sueldos) del catálogo c_TipoRegimen del SAT, es imprescindible capturar este dato. Por ello deberás adicionarles el “Tipo de Otro Pago” 002 (Subsidio para el empleo efectivamente entregado al trabajador) con “Importe” y “Subsidio causado” 00 para que el comprobante pueda generarse y timbrarse.

* En ese supuesto, en el atributo “TotalOtrosPagos” del complemento, ingresa también el valor 0.00

  • Si al generar el CFDI de nómina de esta percepción por error ingresas cantidades de más, podrás optar por emitir un nuevo comprobante en sustitución y cancelar el recibo emitido con errores. O bien, mantener el primer comprobante vigente y realizar los ajustes necesarios en el recibo del siguiente periodo de pago (aplicando una deducción)*.

* Mediante la clave de deducción “026” (Ajuste en Participación de los Trabajadores en las Utilidades PTU Exento) o “027” (Ajuste en Participación de los Trabajadores en las Utilidades PTU Gravado), según corresponda.


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