Reforma al Decreto de Estímulos fiscales para la región fronteriza norte (RFN).
Los lineamientos de estímulos fiscales RFN fueron actualizados nuevamente este 21 de octubre de 2022, mediante el “Decreto por el que se reforma el diverso de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31-12-2018, y su posterior modificación”.
A continuación, MYSuite enuncia los cambios realizados.
- Se reforma el artículo Primero:
Para efectos del presente Decreto, se considera como región fronteriza norte a los municipios de:
- Ensenada, Playas de Rosarito, San Quintín, San Felipe, Tijuana, Tecate y Mexicali, del estado de Baja California;
- San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, del estado de Sonora;
- Janos, Ascensión, Juárez, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, del estado de Chihuahua;
- Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, del estado de Coahuila de Zaragoza;
- Anáhuac, del estado de Nuevo León, y
- Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, del estado de Tamaulipas.
Pero, ¿en sí, cuál es el cambio?
- Se integran oficialmente a la franja fronteriza, para efecto de los beneficios que otorgan estos estímulos en materia de ISR (Impuesto sobre la renta) e IVA (Impuesto al valor agregado), los municipios de San Quintín y San Felipe del estado de Baja California.
Cabe resaltar que, como tal no se amplía la franja geográfica que corresponde a la región fronteriza norte (en la que se tiene derecho a dichos estímulos). Lo que se está haciendo es incluir en la lista de municipios que comprenden la misma a los dos últimos mencionados; mismos que fueron constituidos por el Congreso del estado de Baja California luego de que se publicara el decreto original y su posterior modificación.
* El territorio que comprende San Quintín fue anteriormente parte del área geográfica de Ensenada.
** Mientras que, el territorio que comprende San Felipe era parte de las áreas geográficas de Ensenada y Mexicali.
Transitorios:
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Esto es, desde el propio 21 de octubre de 2022.
Consultar Modificación Decreto RFN – 21/10/22
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Decretos anteriores (relacionados):
Decreto de estímulos Región Fronteriza Norte – 31/12/2018
Modificación Decreto RFN – 30/12/2020