Nuevos cambios para la Nómina digital 2020

IMPORTANTE: El 01 de febrero próximo quedará sin efectos uno de los apéndices contenidos en la guía del llenado del CFDI de nómina; por lo que, el procedimiento descrito en el mismo ya no podrá aplicarse.

Se publicó en el portal del SAT (página de recibos de nómina)  una nota que amplía el alcance de los cambios presentados en diciembre de 2019 para el registro de la información en dichos comprobantes fiscales y que serán obligatorios a partir del 01-02-2020.

En este sentido, el SAT anunció:

“… En esta última fecha queda sin efectos el “Apéndice 5 Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo” de la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento”…

Asimismo precisó, además, que este apéndice será eliminado en la próxima actualización que se efectúe a la guía.

MYSuite, por su parte, recuerda que los cambios publicados el pasado año impactan en lo siguiente:

  • En todos los casos donde se paguen conceptos de sueldos y salarios (Régimen de contratación “02” – Sueldos, incluye asimilados a salarios señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR), se validará que el recibo de nómina contenga el apartado de subsidio para el empleo, aun y cuando, el subsidio para el empleo sea “0”.
  • No se permitirá incluir el subsidio para el empleo en recibos de nómina cuyos conceptos sean diferentes a sueldos y salarios y asimilados a salarios señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR (Régimen de contratación “02”).

*** Lo recomendable es consultar y utilizar el Apéndice 6 de la Guía de llenado para ingresar los conceptos de percepciones, otros pagos y deducciones por cada tipo de régimen de contratación.

  • Se validará que el monto de subsidio para el empleo reportado en el CFDI de nómina no sea mayor a los montos establecidos en las disposiciones fiscales.

*** El subsidio causado debe registrarse conforme a la tabla del Decreto del subsidio para el empleo y las tablas publicadas en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

… y conforman las nuevas validaciones que deberán ejecutar los Proveedores de Certificación de CFDI (PAC)  en el timbrado de estos comprobantes a partir de la mencionada fecha (01-02-2020).

 

 

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