Ejemplo de Complemento de pagos con nota de crédito

¿Sabes cómo generar el CFDI o Comprobante de pago, también llamado Recibo Electrónico de Pago (REP), cuando la factura asociada con el pago tiene aplicada una devolución o descuento posterior?

Una de las dudas frecuentes en la emisión del REP por los pagos recibidos para liquidar operaciones realizadas con PPD (Pago en parcialidades o diferido) es que si, cuando se genera el complemento de una factura que tiene relacionada una nota de crédito, dicha nota hay que relacionarla al momento de hacer el CFDI de pagos.

¿Qué sería lo correcto?

Al generar el complemento de pago únicamente debe relacionarse la factura original (CFDI de Ingreso) que ampara la operación comercial o la prestación del servicio.*

* Como ya hemos mencionado en otros artículos, en el campo «Id. Documento” del apartado “Documentos Relacionados”, dentro de los datos del complemento.

Sin embargo, en este caso, tendría que tenerse en cuenta el orden cronológico de las transacciones realizadas para evitar errores al ingresar el saldo pendiente de cobro en el complemento.

¿Qué significa lo anterior?

  • Si al aplicar la nota de crédito a la factura, todavía no se ha realizado ningún pago para liquidar la operación amparada en la misma, al hacer el complemento por el primer pago recibido el importe del campo “Saldo Anterior” debe corresponder al monto de la factura menos el valor de la nota de crédito relacionada a esta.

  Ejemplo:

  1) Factura con Pago en Parcialidades (PPD) por $ 900.00 MXN, emitida el 01-11-2018

Folio Fiscal (UUID): 5FB2822E-396D-4725-8521-CDC4BDD20CCF

  2) Nota de crédito por $ 100.00 MXN, aplicada el 10-11-2018 a la factura original

CFDI Relacionado:
Tipo de Relación: 01 (Nota de crédito de los documentos relacionados)
UUID Relacionado: 5FB2822E-396D-4725-8521-CDC4BDD20CCF

  3) Complemento de pago (REP), emitido el 14-11-2018 por pago de $ 800.00 MXN

Documento Relacionado:
Id. Documento: 5FB2822E-396D-4725-8521-CDC4BDD20CCF
Núm. Parcialidad: 1
Saldo Anterior: 800.00**
Importe pagado: 800.00
Saldo Insoluto: 0.00

** (Saldo pendiente de cobro, resultante de restarle al monto de la factura el valor de la nota de crédito)
  • Si la nota de crédito se genera después de haber emitido algún complemento de pago vinculado a la factura, el importe del “Saldo Anterior” del siguiente complemento deberá ser el monto del saldo insoluto del CFDI de Pago anterior menos el valor de nota de crédito.

   Ejemplo:

  1) Factura con Pago en Parcialidades (PPD) por $ 900.00 MXN, emitida el 01-11-2018

Folio Fiscal (UUID): 5FB2822E-396D-4725-8521-CDC4BDD20CCF

  2) Complemento de pago (REP 1), emitido el 07-11-2018 por pago de $ 400.00 MXN

Documento Relacionado:
Id. Documento: 5FB2822E-396D-4725-8521-CDC4BDD20CCF
Núm. Parcialidad: 1
Saldo Anterior: 900.00 (correspondiente al monto de la factura)
Importe pagado: 400.00
Saldo Insoluto: 500.00

  3) Nota de crédito por $ 100.00 MXN, aplicada el 10-11-2018 a la factura original

CFDI Relacionado:
Tipo de Relación: 01 (Nota de crédito de los documentos relacionados)
UUID Relacionado: 5FB2822E-396D-4725-8521-CDC4BDD20CCF

  4) Complemento de pago (REP 2), emitido el 14-11-2018 por pago de $ 400.00 MXN

Documento Relacionado:
Id. Documento: 5FB2822E-396D-4725-8521-CDC4BDD20CCF
Núm. Parcialidad: 2
Saldo Anterior: 400.00***
Importe pagado: 400.00
Saldo Insoluto: 0.00

*** (Saldo pendiente de cobro, resultante de restarle al Saldo Insoluto del REP 1 el valor de la nota de crédito)

En este segundo supuesto mencionado puede optarse por emitir un único CFDI con complemento agregando la información de cada uno de los pagos recibidos para liquidar la operación (considerando que fueron realizados dentro del mismo mes), lo cual se realizaría, por ejemplo, de la siguiente manera:

– Fecha de emisión del REP: 30-11-2018

Datos del pago 1
Fecha de pago: 07-11-2018
Monto: 400.00 (MXN)

Documento Relacionado:
Id. Documento: 5FB2822E-396D-4725-8521-CDC4BDD20CCF
Núm. Parcialidad: 1
Saldo Anterior: 900.00 (correspondiente al monto de la factura)
Importe pagado: 400.00
Saldo Insoluto: 500.00

Datos del pago 2
Fecha de pago: 14-11-2018
Monto: 400.00 (MXN)

Documento Relacionado:
Id. Documento: 5FB2822E-396D-4725-8521-CDC4BDD20CCF
Núm. Parcialidad: 2
Saldo Anterior: 400.00****
Importe pagado: 400.00
Saldo Insoluto: 0.00

**** (Saldo pendiente de cobro, luego de aplicarle a la factura el pago recibido el 07-11-2018 y de restarle, además, el valor de la nota de crédito generada con fecha 10-11-2018)

Esta sería la forma correcta de hacer el CFDI con complemento de pagos (REP) cuando una factura tenga relacionada una nota de crédito; misma que, en ningún caso, hay que asociar al complemento.

Recuerda que en MYSuite, podemos resolver todas tus dudas relacionadas con la emisión de CFDI, la cancelación de documentos con autorización del receptor, el uso de los complementos fiscales y cualquier otro tema en materia de comprobantes fiscales digitales. Si requieres apoyo, contáctanos o inscríbete a nuestros cursos en línea.

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142 comentarios

  1. Buenas tardes.
    en mi caso primero se emitió la nota de crédito relacionándola a la factura de ingreso y por consiguiente después se emitió el complemento de pago pero en ese complemento de pago me marcan en el saldo insoluto el monto de la nota ya le indique a mi proveedor que es incorrecto pero me pide el argumento por el SAT me podría ayudar indicándome en que parte del anexo 20 lo puede encontrar.

    1. Hola Ángeles,

      Como tal en el Anexo 20 no se indica nada al respecto porque este solo es el estándar de la factura electrónica (CFDI 3.3) a la cual se incorpora el complemento.

      Sin embargo, entendemos que si la nota de crédito se emitió antes de realizarse o recibirse el pago (para determinarlo se compara la fecha de expedición de dicho CFDI de egreso contra la fecha de pago que se registra en el campo “FechaPago” del complemento… que no necesariamente tiene que ser coincidente con la fecha de expedición del CFDI de pago en sí), lo que se hace es restarle al saldo de la operación pendiente de cobro el valor de la nota de crédito relacionada a la misma y ese resultado se ingresa en el campo “Saldo anterior” del complemento. Así cuando se refleje el “Imp. Pagado”, en caso de liquidarse todo el adeudo de una vez, el “Saldo insoluto” (que se calcula en automático de lo anotado en saldo anterior menos el importe pagado) quedaría en cero.

      Hay una presentación del SAT disponible en su portal (https://www.sat.gob.mx/consultas/92764/comprobante-de-recepcion-de-pagos) en la que puedes ver un ejemplo de expedición de complemento de pago y documentación de los saldos cuando la operación tiene asociada una nota de crédito; solo que en tu caso se remitiría a lo ejemplificado en los puntos 1, 3 y 4 (emisión de factura de la operación, nota de crédito y complemento respectivamente), considerando los saldos de tu operación claro está.

      Esperamos que esta respuesta te ayude para esclarecer tu caso.
      Saludos.

  2. Hola Lourdes, espero te encuentres bien. Tengo una factura de la cual se genera una NC, el cliente paga el neto, pero nosotros no aplicamos la NC y el complemento sale con saldo insoluto, el cual es el importe de la NC, es correcto que se haya emitido así?
    El cliente nos pide que el saldo insoluto sea 0.00, porque debimos aplicar la NC antes. En caso de que sea correcta también la forma en como emitimos el complemento, cuál sería el fundamento legal?
    GRACIAS, SALUDOS!!

    1. Hola Eduardo,
      La forma correcta de emitir el complemento de pago en este caso va a depender del orden o momento cronológico en que haya ocurrido cada uno de los hechos o transacciones. Esto es:

      – Si la nota de crédito la emitiste (tomando en cuenta la fecha de expedición de dicho CFDI de egreso) antes de que te realizaran o recibieras el pago, en el saldo anterior debiste haber registrado el valor de la factura de ingreso menos el importe de la nota de crédito (es decir, el neto que mencionas te pagaron) y en el saldo insoluto 0.00
      – Pero, si la nota la expediste en una fecha posterior a haberse realizado o recibido el pago (comparándola con la fecha de pago que se asienta en el complemento), está bien que en este hayas colocado como saldo anterior el monto total de la factura y en saldo insoluto el remanente “supuestamente pendiente de cobro/pago”; mismo que se liquidaría o mataría, tanto en tu contabilidad como en la de tu cliente, con la nota de crédito posteriormente emitida.

      Esperamos te ayude nuestra respuesta,
      Saludos.

      P.D. Esta dinámica para la aplicación de las notas de crédito a los saldos de las facturas con método de pago PPD, la ha explicado el SAT en distintas presentaciones que ha impartido sobre el complemento de pago.

        1. En las presentaciones en que hemos participado, no se ha manejado un fundamento legal específico cuando el SAT aborda el tema, pero en su portal está disponible la presentación «Emisión del recibo de pagos y sus usos«, en la que se ejemplifica la expedición del o los complementos de pago y documentación de los saldos cuando la factura tiene asociada una nota de crédito. De ahí se desprende lo de la cronología del momento en que ocurren las transacciones, que entendemos debería respetarse en este escenario.

          Esperamos te sea de ayuda,
          Saludos.

      1. Buenas tardes Lourdes.
        En el caso de tener una factura por cobrar, y en lugar de que el cliente me la pague desde su cuenta bancaria, me la paga el banco, no estoy seguro si le llaman factoraje. A quien le debo emitir el complemento, al cliente o a la institución financiera? Si es a esta última, solo cambiaria, lógicamente, los datos fiscales del cliente a los del banco?

        1. Hola nuevamente Eduardo,

          En la guía de llenado del complemento de pagos hay dos apéndices en los que el SAT explica el tema de factoraje y a quién habría que emitirle el comprobante (Apéndices 2 “Operaciones de factoraje financiero” y 10 “Caso de Uso Facturación con pago mediante factoraje financiero”).

          Dicha guía puedes revisarla en el siguiente link:
          http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/Guia_comple_pagos.pdf

          * (El “Contenido” o índice de la guía, que encontrarás en la segunda hoja del archivo PDF, tiene vínculo directo a la página de cada apéndice mencionado).

          Esperamos te sea de utilidad para hacer el CFDI de pago en tu caso.
          ¡Saludos!

  3. Buenas tardes,

    Tengo una duda, un cliente me debe $8,000 mxp y yo le debo el mismo importe, el cliente decide pagar su deuda por medio de COMPENSACION.

    debo de emitirle una factura de egreso con la clave 17 compensacion, y esta aplicarla a la factura de Ingreso? o debo de generar una factura de complemento de pago?

    Quedo a la estera de sus comentarios, Gracias.

  4. hola buen dia

    tengo una factura a la cual aplique una nota de credito por pronto pago(descuento) de mi cliente, el detalle esta que al generar su complemento de pago por la cantidad a liquidar, mi cliente me pago con transferencia y yo por error puse que fue en efectivo, y este quiere que le vuelva a generar su complemento con la forma de pago correcta, dichos movimientos los realice el mes pasado marzo 2021, ya solicite a mi corporativo que me cancelen ese folio generado , y poder generar uno nuevo, mi pregunta es , puedo dejar la nota de credito realizada el mes pasado y solo realizar nuevamente el nuevo complemento de pago ya con fecha de este mes abril 2021

    no afecta en nada a mi cliente???

  5. En mi caso tengo facturado en 2020 y liquidado el producto en el mismo periodo, caso cerrado… Posteriormente en 2021 me hacen la devolución total del producto y me piden que cambie por otra mercancía y este movimiento se autoriza para llevarlo a cabo. Por lo tanto se me genera un saldo a favor de mi cliente digamos $1,000 , ahora me solicitan facturar la nueva mercancía por $ 600. la cual se va a pagar con este saldo a favor, Como debo hacer el REP y con que Forma De Pago. este REP solo se relaciona con la Nota de Crédito o puedo relacionar con las Facturas de Origen y dejar antecedente.?

  6. Buenas tardes, Si se cuenta con una Factura y una nota de crédito, al momento de realizar el complemento de pago se incluyen los dos folios fiscales o se descuenta directamente de la factura y no se menciona el complemento de pago de la nota de crédito

    1. Hola Guadalupe,
      Al hacer el comprobante de pago únicamente se coloca como “Documento Relacionado” dentro del complemento, en el campo “Id. Documento”, el folio fiscal (UUID) de la factura de la operación (CFDI de Ingreso) y la nota asociada a la misma nada más se tiene en cuenta para rebajar el saldo de la factura en cuestión. Por ejemplo:
      – Factura A (emitida el 01-12-2020): $ 3,000.00
      – Nota de Crédito (aplicada a la factura A el 08-12-2020): $ 500.00
      – Pago para liquidar la factura A (recibido el 14-12-2020): $ 2,500.00

      Complemento de Pago (Documento Relacionado)
      – Saldo Anterior: 2500.00 ***
      – Imp. Pagado: 2500.00
      – Saldo Insoluto: 0.00
      *** Sería el total de la factura (de ser la primera parcialidad) o el monto pendiente cobro de esta, menos el importe de la nota de crédito aplicada a la misma.

      Esperamos te sirva nuestra respuesta.
      Saludos.

  7. Hola, tengo un problema para generar un complemento de pago; tengo 7 facturas ya pagadas en su totalidad y con complemento de pago, resulta que el cliente se da cuenta que había errores en esas facturas por duplicación de pagos, nos piden generar 7 notas de crédito asociadas a esas facturas ya pagadas y con sus respectivos complementos y ahora que nos hacen un pago de otras 10 facturas descuentan el monto de las notas de crédito que no tienen nada que ver con las facturas que nos están pagando. Como hago para que me cuadre el monto pagado que es menor del monto de las facturas por el descuento que hicieron?.

    Muchas gracias

  8. Hice una factura en septiembre con método de pago PPD y forma de pago Por definir y me la pagaron en el mes de octubre en su totalidad debo de hacer un complemento a más tardar el día 10 de noviembre? O cómo.

    1. Hola Cheli,

      Es correcto. Debes generar el comprobante de pago respectivo a más tardar el día 10-11-2020; reflejando en los datos del complemento la fecha de octubre 2020 en que recibiste el pago, la forma en la que te liquidaron el monto, el folio de la factura que se pagó y los saldos de la operación (Ej. saldo anterior=monto total de la factura, importe pagado=monto del pago o total de la factura, saldo insoluto=0.00).
      Con esto, tú cumples con la obligación de emitir en tiempo el CFDI con complemento para recepción de pago y tu cliente, en su caso, puede deducir la operación amparada en la factura en la declaración del mes de octubre 2020).

      Esperamos que esta respuesta resuelva tu duda.
      Saludos.

      1. Hola buenas tardes!! necesito de su ayuda realicé facturas por definir pero sé que son en efectivo solo que no realizaron los depósitos en el mes de octubre, y apenas en noviembre lo realizaron el pago, mis facturas por definir no cuadran con el depósito, me salen diferencia, hay problema con eso que me recomienda hacer, yo quiero facturar al día los efectivos pero el detalle que depositan la cantidad diferentes a los que salen en los comprobantes ….

        1. Hola Viky,
          Si las facturas las emitiste en el mes de Octubre 2020 con método de pago PPD y Forma de pago 99 (Por definir) y el pago te lo realizaron en noviembre de 2020, al recibir el depósito debes generar el o los complementos de pago respectivos; detallando en los datos del complemento el monto del pago recibido (en caso de que este haya sido inferior) y la o las facturas que se paguen o liquiden con él, así como los saldos y el importe pagado que corresponda a cada una.
          En este sentido, respecto a las diferencias que según tienes, te recomendamos considerar lo siguiente:
          – En caso de que el depósito haya sido inferior al monto total de la o las facturas relacionadas, en el saldo insoluto debe quedarte el valor que aún te adeude el cliente… y, cuando te lo liquide, lo documentarías en un segundo pago.
          – En caso de que el depósito haya sido superior al monto total de la o las facturas relacionadas (es decir, que quedó un excedente), el complemento lo haces por el remanente o monto total de las mismas, registrando los saldos e importe pagado que les correspondan… y, el excedente puedes devolverlo efectivamente a tu clientes o bien, declararlo como anticipo (en cuyo caso lo documentarías en un CFDI de ingreso por ese concepto) para alguna operación futura que vayan a realizar (esto debes acordarlo primero con tu cliente receptor).

          Esperamos te sea útil esta respuesta.
          Saludos.
          P.D. En el siguiente link de nuestro blog puedes consultar algunos tips de emisión de CFDI de pago: https://blog.mysuitemex.com/tag/tips-cfdi-de-pago/

  9. Hola Estimados, qué pasa en un caso del cliente pagar un monto mayor que la factura, tenemos que emitir un complemento de pago por este monto o aplicamos el monto igual que la factura y regresamos la diferencia al cliente? como queda el complemento de pago?
    EX:
    factura 1,000
    Pago 1,100
    cómo hacemos?
    muchas gracias

    1. Hola Raphael,
      Consideramos que el complemento de pago lo realizarían por el monto de la factura y el excedente del pago pueden devolverlo efectivamente al cliente o bien, declararlo anticipo para alguna operación futura.

      Saludos.

  10. Buenos días, Lourdes, tengo una duda, se formularon notas de crédito por concepto de devolución de mercancía sobre unas facturas que nuestro cliente no ha pagado, fact. 11785 x $100,000.00 más IVA 16,000.00 método de pago PPD. Nota de crédito por $20,000.00 más IVA 3,200.00, a esta nota de crédito se le puso método de pago PPD, ya que la factura original no está pagada. Es esto correcto?
    Por otro lado al momento de contabilizar resulta que el art.7 LIVA nos habla de un «IVA RESTITUIDO» nosotros pensamos que ese concepto aplica solo cuando se le hace devolución de dinero al cliente por la nota de crédito, lo que procedería si la factura original ya nos la hubiese pagado el cliente y por la devolución de mercancía, le devolviéramos dinero. Por favor le pido si es posible me dé su opinión al respecto.
    Saludos y muchas gracias por su atención.
    Jaime Miranda.

    1. Hola Jaime,
      De acuerdo con el apéndice 5 de la guía de llenado del Anexo 20 publicada por el SAT, la nota de crédito sería con método de pago en una sola exhibición (PUE) y forma de pago 15 (Condonación); considerando que la factura no ha sido pagada y que la devolución de los bienes (y por consiguiente del valor de los mismos) se realiza de una sola vez.
      * Si gustas, la guía del Anexo 20 vigente del SAT, puedes consultarla desde el siguiente link en nuestro blog: https://blog.mysuitemex.com/wp-content/uploads/2020/01/GuiaAnexo20_10012020.pdf

      En cuanto a lo que plantea el artículo 7 de la Ley del IVA, acerca de “restituir” el IVA (en este caso derivado de la devolución de bienes enajenados) para su posterior deducción en las declaraciones, encontramos que no especifica que solo aplique cuando se realice la devolución efectiva del monto en cuestión ni que la operación en sí haya tenido que ser efectivamente pagada para documentar su “restitución” mediante la emisión de la nota de crédito correspondiente. Entendemos que el término “restituir” más bien se ocupa para establecer que, tanto el monto como el impuesto causado, debe disminuirse, rebajarse, revertirse, etc., emitiendo la nota relacionada a la factura origen y, en ese sentido, la contabilización del IVA “devuelto” pensamos que debe ser como mismo se revierte cualquier IVA contabilizado como “trasladado no cobrado” o “pendiente de pago”.
      * Buscamos en el catálogo de cuentas del SAT (Anexo 24 de RMF) y no vimos ninguna partida que se denomine “IVA Restituido” como tal.

      Esperamos te sea útil esta respuesta.
      Saludos.

  11. Buenas tardes, tengo una consulta.
    Puedo ver dentro de la página del SAT o en un reporte si mis documentos o UUID emitidos a mí como receptor, tienen alguna nota crédito aplicada? con la intención de validarlo antes de ser pagadas.
    Gracias y saludos.

    1. Hola Juan Pablo,
      Investigaremos si el SAT tiene algo al respecto y te contactamos por esta propia vía en caso de que exista algún reporte que resuelva tu requerimiento; aunque hasta donde sabemos no lo tienen.
      Pero, en MYSuite sí contamos con un servicio denominado «Portal de Proveedores» con el que probablemente podrías validar y saber esas cuestiones. Si te interesa conocer los detalles del mismo, podemos enviarte información sobre su funcionamiento.

      Quedamos al pendiente.
      Saludos.

  12. Buenas tardes
    Hace unos minutos realicé un CFDI y posteriormente me solicitan una nota de crédito sobre el mismo CFDI por una cantidad menor. Al subir al portal del cliente la nota de crédito, no lo puedo hacer, pues me indican que debo asocia la UUID de la nota de crédito al CFDI original. Nunca he hecho esto. Me pueden indicar el procedimiento para hacerlo? Debo cancelar la nota de crédito y emitir otra?
    Gracias

  13. Buen día,
    me pueden apoyar
    Nos dieron un anticipo para arrancar con la producción, del cual se emitió una factura, dicho anticipo se tenía que liquidar meses después, descontando el 50% del total de lo facturado en el mes y el otro 50% para nosotros, posteriormente se hizo una nota de crédito por ese 50% aplicado al anticipo, y ahora no sé cómo relacionar esa nota de crédito en el complemento de pago para comprobar que ya se liquidaron esas facturas que tienen nota de crédito.

    Ojalá me puedan ayudar
    Gracias

    1. Hola Verónica, gracias por contactarnos.

      La nota de crédito no se relaciona dentro del complemento de pago porque esta se aplica directamente sobre la factura de la operación y lo que hace es rebajar el saldo pendiente de cobro de la misma. En ese sentido, solo se tomaría en cuenta a la hora de ingresar el “Saldo Anterior” del “Doc. Relacionado” (factura con PPD que se liquide con el pago recibido posteriormente).
      Por ejemplo, si la factura era de 10 mil pesos y al aplicarle el anticipo mediante la nota de crédito quedó un monto por cobrar de 5 mil pesos (cantidad que recibiste después de tu cliente), al hacer el complemento de pago relacionado a dicha factura:
      – En el “Saldo Anterior” colocas el resultado de restarle al total de esta el valor de la nota de crédito (Ej. $10,000.00-$5,000.00=$5,000.00),
      – En “Imp. Pagado” registras la cantidad pagada por el cliente (Ej. $5,000.00) y,
      – En el “Saldo Insoluto” anotas $0.00

      De esta forma, la operación amparada en la factura de la venta quedaría documentada en ceros.

      En MYSuite, esperamos te sea útil esta respuesta.
      Saludos.

      1. Buenas tardes, con respecto a este caso entonces tampoco se debe relacionar con la forma 04 Sustitución de CFDI previos el número de la nota de crédito dentro del complemento?

        Solo se hace los descuentos en los importes?

        Gracias

        1. Hola Alejandra,
          Así es. El monto de la nota de crédito, asociada a la factura que se liquide, solamente se considera para disminuirlo del saldo pendiente de cobro de la misma.
          Por otra parte, en estos casos, el apartado de «CFDI Relacionados» (en los datos del comprobante base al que se le incorpore el complemento de pago) con el «Tipo de Relación» 04 (Sustitución de los CFDI previos) únicamente se utiliza para sustituir un complemento de pago por otro.

          Esperamos te sirva nuestra respuesta.
          ¡Saludos!

  14. Buen día

    Qué pasa si se elaboraron varias notas de crédito, por devolución de mercancía correspondientes a varias facturas, pero esas facturas ya fueron pagadas en su totalidad, la pregunta es ¿Las notas de crédito se tienen que aplicar a las facturas por las cuales fueron generadas, o se podrían aplicar a cualquier otra factura?

    1. Hola Julio Antonio, gracias por comunicarte con nosotros.

      En este escenario, estimamos que sí es preciso que las notas de crédito se apliquen a las facturas originales que las derivaron, considerando que se trató de mercancías devueltas a las cuales, seguramente, debe dárseles entrada de nuevo en el inventario o algún otro destino y, de esta forma, se tendría bien documentado todo el flujo de dichas operaciones.
      Respecto al “sobrepago” o excedente del pago que se ocasiona al relacionar las notas a las facturas ya pagadas, si el monto no va a devolverse efectivamente al cliente, puede declararse anticipo para operaciones futuras; mismo que podría aplicarse posteriormente como un descuento dentro de la factura de venta o bien, con otra nota de crédito para rebajarlo.

      Esperamos que esta respuesta te sea útil.
      Saludos.

      P.D. Existe la opción de poder emitir una nota de crédito sin relacionarla a ninguna factura anterior; pero esto es, por ejemplo, en el caso de otorgar un descuento o bonificación a futuro. (Este procedimiento, por si lo requieren, aparece detallado en la Guía de llenado del CFDI 3.3 – Anexo 20 del SAT; en el Apéndice 5, apartado IV).

      1. Hola,
        A mi me devolvieron mercancía desde Agosto 2020, el detalle que ocasiono que ese Saldo a Favor de las Notas de Crédito relacionadas a las facturas de origen (Ejemplo de $70 pesos) los consideré haciendo la reducción de una factura de Noviembre por 100 pesos y cobré $30 pesos. Fiscalmente me preocupa si lo estoy manejando bien.

        Esta ocasión generé el complemento de pago, me salió el saldo Insoluto de 5,000 pesos y ese monto corresponde al total de mis notas de crédito. Puedo aplicarlo de esa manera?

        1. Hola,

          Como le comentamos a Julio, en nuestra opinión, lo más saludable es que esos saldos a favor (ocasionados por devoluciones de mercancías sobre facturas pagadas) se declaren anticipos para aplicarlos a operaciones futuras (si es que no van a devolverse, o sea regresarse, efectivamente al cliente). Así evitarías cualquier probable inconsistencia o situación en el amarre de tus transacciones en la contabilidad.
          No obstante, puedes realizar una consulta al SAT para que te informes al respecto y obtengas una respuesta o criterio oficial de la autoridad tributaria.

          Saludos.

  15. Hola bonito día, tengo una duda y me gustaría me ayuden…

    Realicé un pago, por el cual me emitieron complemento de pago (REP) y una nota de crédito, al momento de contabilizar y asociar ambas noto que se me disminuye el importe pagado, sé que es por la nota de crédito (que en el complemento de pago ya está descontada), cómo sería la forma correcta de contabilizar? ya que al momento de registrar control de iva este también me disminuye por la NC

    Será que tendré que eliminar la NC…?

    El importe de mis facturas es de $2,466.00 menos el 12.5 % de descuento me da $2,157.75 esto es lo que yo pague.

    Mi complemento es por los $2,157.75 y mi nota de crédito es por $308.25

    1. Hola Jennifer, gracias por escribir a MYSuite (Proveedor de certificación de CFDI).

      Entendemos que la contabilización podría ser así:
      Debe (D) / Haber (H)

      Registro de los montos facturados por la “compra” al proveedor:
      (D) Compras $2,125.86
      (D) IVA acreditable por pagar $340.14
      (H) Proveedores $2,466.00

      Registro de la Nota de crédito por devolución, descuento o bonificación:
      (D) Proveedores $308.25
      (H) Devolución, descuento o bonificación s/ compra $265.73
      (H) IVA por acreditar pendiente de pago $42.52

      Registro del pago neto realizado al proveedor:
      (D) Proveedores $2,157.75
      (H) Banco $2,157.75
      —————————
      (D) IVA acreditable pagado $297.62
      (H) IVA por acreditar pendiente de pago $297.62

      Esperamos te sirva esta respuesta; no obstante, te sugerimos realizar, además, una consulta de orientación fiscal en el rubro de contabilidad al SAT para que cuentes con un sustento adecuado para la contabilización de tus operaciones.
      Saludos.

  16. Hay algún problema fiscal en un futuro de unas facturas de compras de mercancía que en su momento se pagaron en efectivo con el indicativo cada una de «pago en efectivo» pero que en realidad para poder justificar el egreso de ese importe se hizo a través de rembolso de caja chica y además no dentro del mismo mes si no hasta el siguiente, sé que el reembolso de caja chica no debe ser mayor a 2000.00 estas facturas suman 18,600.00 pero son de diferentes proveedores.
    Se emitirán varios cheques de reembolsos para reponer ese dinero utilizado.
    Hay algún problema fiscal?

    1. Hola Elyjazz, gracias por comunicarte a MYSuite – Proveedor de certificación de CFDI.
      Te apoyaremos transmitiendo tu duda al SAT y, si nos dan respuesta, te contactaremos por esta misma vía.

      Saludos.

  17. Buenas tardes! tengo una factura PPD, de la que me hicieron un pago parcial, pero emití el REP por el importe total de la factura, ya cancelé este REP, pero para emitir el que sería por la cantidad del depósito, la factura me aparece en el sistema como inexistente… por lo tanto no puedo emitirlo.

    Qué es lo que tengo que hacer para corregir el error?
    gracias anticipadas

    1. Hola Guadalupe, gracias por comunicarte con MYSuite.

      Cuando comentas “la factura me aparece en el sistema como inexistente”, ¿te refieres al sistema administrativo o ERP que ocupas para detallar las operaciones en tu empresa o negocio o, al sistema de facturación en sí?

      No obstante consideramos que, en este escenario, si ya cancelaste el CFDI de pago (REP) erróneo, el siguiente (en sustitución) no tendría por qué marcar error respecto al registro de la factura, como “Doc. Relacionado”, dentro de los datos del complemento.

      Recuerda que en este caso, además, debe agregarse como “CFDI Relacionado” (dentro de los datos del nuevo CFDI de Pago) el folio fiscal (UUID) del REP erróneo previamente cancelado; mediante el “Tipo de Relación” 04 – Sustitución de los CFDI previos. En el siguiente artículo, puedes consultar algunos ejemplos de sustitución de complementos de pago que, aunque no reflejan cien por ciento tu escenario, creemos que podrían serte útiles para tener una idea de lo que pudiera estar sucediendo y/o causando la problemática comentada: Cómo corregir un CFDI de Pago

      Esperamos te sirva nuestra respuesta.
      Saludos.

  18. Buenas tardes, originalmente se le vendió un equipo de $2,000.00 + IVA, ya los pagó el cliente, no se le entregó pues aún no llegaba, pero en el «INTER» él decidió adquirir un equipo mucho mejor y más completo
    Y por tanto cambió el precio que es de $3,500.00 más IVA, el cliente ya realizó lo que sería el finiquito, tomando en cuenta lo que pagó en la factura 1287 en la cual adquirió más cosas. Por esto es que pregunto cómo ligar fiscalmente sin que tengamos error y cancelar posteriormente… Muchas gracias.

    1. Hola Alessandra,
      Transmitiremos tu consulta al SAT y, si nos dan respuesta, te contactaremos para hacértela llegar y cuentes un respaldo oficial de la autoridad fiscal. No obstante, en este escenario, pensamos que podrías documentar tus operaciones de alguna de las siguientes formas (dependiendo de tus particularidades).

      Opción 1
      Si la adquisición del nuevo equipo se facturará por aparte (en otro CFDI de Ingreso) por ser de características diferentes:
      – Puedes hacer una nota de crédito relacionada a la factura anterior (en la cual amparaste el equipo que no se entregó) para rebajar su monto (de 2000.00+IVA=2320.00).
      – El “sobrepago” generado entonces por ese movimiento (2000.00+IVA=2320.00), lo declaras anticipo para aplicarlo a la factura futura (en la que se documente la venta del nuevo equipo, de 3500.00+IVA=4060.00, elegido por el cliente); el cual puedes aplicar como un descuento dentro del propio concepto de esta o bien, con otra nota de crédito relacionada a dicha factura del equipo nuevo.
      – Por último, si esta factura es con método de pago PPD y requieres hacer el complemento de pago:
      ° Si el anticipo lo aplicaste como un descuento dentro del concepto, en el “Saldo Anterior” del “Doc. Relacionado” colocas el total de la factura (Ej. 1740.00), en “Imp. Pagado” esa propia cantidad y en “Saldo Insoluto” 0.00.
      ° Si el anticipo se aplicó con una nota de crédito posterior, al total de la factura (4060.00) le restas el monto de la nota de crédito (2320.00) y el resultado (o sea, 1740.00) lo colocas en el “Saldo Anterior”. El “Imp. Pagado” y el “Saldo Insoluto” los rellenas igual que en el punto anterior.

      Opción 2
      Si la adquisición del nuevo equipo no requiere una nueva factura de venta porque, su clave de producto (según el catálogo c_ClaveProdServ del SAT) es la misma que la del equipo que no se entregó, por ejemplo:
      – Puedes hacer una nota de débito o de cargo (CFDI de ingreso) relacionada a la factura original por la diferencia en el valor del nuevo equipo (Ej. 1500.00+IVA=1740).
      – Seguidamente, si esta nota de débito es con método de pago PPD y requieres hacer el complemento de pago por el finiquito de los 1740.00 de diferencia:
      ° En el “Saldo Anterior” del “Doc. Relacionado” colocas el total de la nota de débito (Ej. 1740.00), en “Imp. Pagado” esa propia cantidad y en “Saldo Insoluto” 0.00.

      En MYSuite, Proveedor de certificación de CFDI, esperamos que esta respuesta te sirva.
      Saludos.

  19. Buenas tardes nuevamente con una pregunta, en días pasados comenté que un cliente que se le realizaron varias facturas, me solicitó una nota de crédito por la cantidad de $17,600.01 pesos, únicamente de todas estas facturas me está pagando 13 facturas que suman la cantidad de $34,837.12, me realizó un depósito por 17,237.11, en la nota de crédito no se hace referencia de las facturas que me esta pagando, en el complemento de pago cómo puedo relacionar las facturas con la nota de crédito, mi cliente me está mandando su desglose de cómo aplicará la nota de crédito sobre las facturas que se pagaron. Espero pueda apoyarme. Gracias

    Factura Importe Importe N/C Importe a Pagar

    8708 3,712.00 896.01 2,815.99
    8698 7,052.80 7,052.80 0.00
    8703 742.40 742.40
    8701 742.40 742.40
    8697 742.40 742.40
    8696 1,484.80 1,484.80
    8693 1,113.60 1,113.60
    8692 4,454.40 4,454.40 0.00
    8643 2,227.20 2,227.20
    8644 2,598.40 2,598.40
    8615 5,196.80 5,196.80 0.00
    8633 3,155.20 3,155.20
    A-2486 1,614.72 1,614.72

    34,837.12 17,600.01 17,237.11

    1. Hola Lourdes.
      Siguiendo lo comentado anteriormente (de hacer un complemento agregando dos pagos) y según el desglose que te indicó tu cliente:

      – La factura 8708 la relacionarías tanto en el Pago 1 (correspondiente al depósito), como en el Pago 2 (correspondiente a compensación). En este caso, registrarías:
      En el Pago 1: Num.Parcialidad 1, Saldo Anterior $ 3712.00, Imp.Pagado $ 2815.99, Saldo Insoluto $ 896.01
      En el Pago 2: Num.Parcialidad 2, Saldo Anterior $ 896.01, Imp.Pagado $ 896.01, Saldo Insoluto $ 0.00

      – Las facturas 8703, 8701, 8697, 8696, 8693, 8643, 8644, 8633 y A-2486 las relacionarías solo en el Pago 1 (del depósito), colocando en cada una Num.Parcialidad: 1, Saldo Anterior: el monto total de la factura, Imp. Pagado: ese mismo valor, Saldo insoluto: 0.00
      Por ejemplo (Factura 8703):
      Num.Parcialidad 1, Saldo Anterior $ 742.00, Imp.Pagado $ 742.40, Saldo Insoluto $ 0.00

      – Las facturas 8698, 8692 y 8615 las relacionaría nada más en el pago 2 (de compensación) colocando en cada una Num.Parcialidad: 1, Saldo Anterior: el monto total de la factura, Imp. Pagado: ese propio valor, Saldo insoluto: 0.00
      Por ejemplo (Factura 8698):
      Num.Parcialidad 1, Saldo Anterior $ 7,052.80, Imp.Pagado $ 7,052.80, Saldo Insoluto $ 0.00

      *Los demás datos del complemento (y de cada pago) los ingresarías como habitualmente lo haces.
      Saludos!

  20. Buen dia

    Tengo un cliente que se le realizaron varias facturas, me solicitó una nota de crédito por la cantidad de $17,600.01 pesos, únicamente de todas estas facturas me está pagando 13 facturas que suman la cantidad de $34,837.12, me realizó un depósito por 17,237.11, en la nota de crédito no se hace referencia de las facturas que me está pagando, en el complemento de pago cómo puedo relacionar las facturas con la nota de crédito.

    1. Hola Lourdes, gracias por escribirnos.

      En este caso, como la cantidad amparada en la nota de crédito que emitiste no la relacionaron a ninguna operación anterior, no fue devuelta efectivamente a tu cliente, ni se declaró como anticipo para operaciones futuras (que sería lo más correcto) sino que él la rebajó o disminuyó de lo que a su vez te adeudaba de estas facturas, puedes hacer el complemento agregando un segundo pago por el monto de la nota de crédito reflejando la forma de pago de compensación (y relacionando, igualmente, las facturas que te estén liquidando). Por ejemplo:

      – Hicieron una nota de crédito por 13 mil pesos (moneda nacional – MXN), tenían 13 facturas por $2,000.00 MXN c/u (para un total de global de 26 mil pesos) y cuando te pagaron las 13 facturas solamente te hicieron un depósito (transferencia) por 13 mil pesos, alegando que era lo que restaba para saldar el adeudo global de los 26 mil considerando el monto de la nota de crédito. Al hacer el complemento, puedes tomar el monto del pago realmente recibido (13000) y desglosarlo proporcionalmente entre las 13 facturas que se liquidan con el mismo (1000 para c/u); pero como este resulta inferior a la suma del total de las 13 facturas (26000), te quedaría un saldo pendiente por liquidar (1000 por cada factura) que ajustarías de la misma manera contra el monto de la devolución o descuento (de 13000) amparado en la nota y que no hiciste efectivo a tu cliente.

      Complemento de Pago:
      – Datos del Pago 1 (correspondiente al depósito recibido):
      Monto del Pago (MontoP): 13000.00
      MonedaP: MXN
      Forma de Pago: 03 – Transferencia electrónica de fondos
      Documentos Relacionados:
      Factura 1: Num.Parcialidad 1, Saldo Anterior 2000.00, Imp.Pagado 1000.00, Saldo Insoluto 1000.00
      Factura 2: Num.Parcialidad 1, Saldo Anterior 2000.00, Imp.Pagado 1000.00, Saldo Insoluto 1000.00
      (…)
      Factura 13: Num.Parcialidad 1, Saldo Anterior 2000.00, Imp.Pagado 1000.00, Saldo Insoluto 1000.00

      – Datos del Pago 2 (correspondiente al monto que se adeudaban entre sí):
      Monto del Pago (MontoP): 13000.00
      MonedaP: MXN
      Forma de Pago: 17 – Compensación
      Documentos Relacionados:
      Factura 1: Num.Parcialidad 2, Saldo Anterior 1000.00, Imp.Pagado 1000.00, Saldo Insoluto 0.00
      Factura 2: Num.Parcialidad 2, Saldo Anterior 1000.00, Imp.Pagado 1000.00, Saldo Insoluto 0.00
      (…)
      Factura 13: Num.Parcialidad 2, Saldo Anterior 1000.00, Imp.Pagado 1000.00, Saldo Insoluto 0.00

      * De esta manera, la liquidación de las facturas quedaría cerrada, aunque lo más recomendable es que las notas se hagan vinculadas a las facturas de las operaciones sobre las cuales se aplique el descuento o devolución (pues la trazabilidad de la operación sería más transparente en caso de cualquier revisión fiscal y también más fácil de conciliar) o bien, para aplicarse como un descuento a futuro (en cuyo caso el CFDI de ingreso de la operación futura sería el que se vinculase con la nota emitida anteriormente sin relación).

      En MYSuite deseamos que esta respuesta te sea útil.
      Saludos.

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