Entrada editada el lunes 24 de abril de 2023.
*** Actualización: Desde el sábado 22-04-2023 el SAT permite la convivencia del Uso de CFDI G02 (Devoluciones, descuentos y bonificaciones) con el Régimen fiscal receptor 616 (Sin obligaciones fiscales).
Uno de los innumerables datos requeridos en el formato de la factura electrónica y que cambia en la nueva versión 4.0, es el uso del CFDI. A continuación, detallamos todo lo que hay que considerar para su correcto registro.
Como hemos explicado en otras ocasiones, esta información debe solicitarla el emisor del comprobante a su receptor en el momento de facturar la operación que se lleva a cabo. Asimismo, tiene que corresponder con alguna clave del catálogo c_UsoCFDI del SAT, que describa el uso o efecto que este último le dará al comprobante en cuestión. Pero ahora dicha clave, además, tendrá que ser compatible con su régimen fiscal:
Clave de UsoCFDI: |
Descripción: |
Aplica para tipo persona: |
Régimen Fiscal Receptor al que le aplica: |
|
Física |
Moral |
|||
G01 |
Adquisición de mercancías. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
G02 |
Devoluciones, descuentos o bonificaciones. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 616, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
G03 |
Gastos en general. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I01 |
Construcciones. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I02 |
Mobiliario y equipo de oficina por inversiones. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I03 |
Equipo de transporte. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I04 |
Equipo de cómputo y accesorios. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I05 |
Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I06 |
Comunicaciones telefónicas. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I07 |
Comunicaciones satelitales. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I08 |
Otra maquinaria y equipo. |
Sí |
Sí |
601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
D01 |
Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios. |
Sí |
No |
605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D02 |
Gastos médicos por incapacidad o discapacidad. |
Sí |
No |
605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D03 |
Gastos funerales. |
Sí |
No |
605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D04 |
Donativos. |
Sí |
No |
605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D05 |
Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación). |
Sí |
No |
605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D06 |
Aportaciones voluntarias al SAR. |
Sí |
No |
605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D07 |
Primas por seguros de gastos médicos. |
Sí |
No |
605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D08 |
Gastos de transportación escolar obligatoria. |
Sí |
No |
605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D09 |
Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones. |
Sí |
No |
605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D10 |
Pagos por servicios educativos (colegiaturas). |
Sí |
No |
605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
S01 |
Sin efectos fiscales. |
Sí |
Sí |
601, 603, 605, 606, 608, 610, 611, 612, 614, 616, 620, 621, 622, 623, 624, 607, 615, 625, 626 |
CP01 |
Pagos |
Sí |
Sí |
601, 603, 605, 606, 608, 610, 611, 612, 614, 616, 620, 621, 622, 623, 624, 607, 615, 625, 626 |
CN01 |
Nómina |
Sí |
No |
605 |
* Las claves de uso D01 a D10, que solo aplican para personas físicas, corresponden a deducciones personales que algunas de estas pueden realizar.
** La descripción de cada uno de los regímenes fiscales afines con los distintos usos de CFDI, pueden consultarse en el catálogo c_RegimenFiscal del SAT.
¿Qué clave puede utilizarse en cada operación?
En las operaciones más comunes que se realizan cotidianamente (facturar bienes o servicios a un cliente en específico; ventas del día realizadas al público en general; efectuar devoluciones, bonificaciones o descuentos; otorgar apoyos y estímulos en el caso de las dependencias gubernamentales; pagar salarios o ingresos asimilados; emitir complementos por los pagos que se reciben de manera posterior a la realización de la operación comercial; transportar bienes y mercancías propias o de terceros por territorio nacional; realizar exportaciones, etc.), pueden utilizarse las siguientes:
- En facturas individuales (CFDI_4.0 de ingreso y/o Egreso que ampare una operación en particular, realizada con un RFC inscrito en el SAT):
La clave del catálogo que, dependiendo del uso que le dará el cliente, aplique para el tipo de persona de que se trate (física o moral), así como para su régimen fiscal.
* Si el receptor del comprobante es un residente en el extranjero con RFC genérico XEXX010101000 en el caso del CFDI de Ingreso deberá registrarse la clave S01 (Sin efectos fiscales). Mientras que, si se trata de un CFDI de Egreso podrá declararse S01, o bien la clave G02 (Devoluciones, descuentos o bonificaciones), según corresponda.
- En facturas globales (CFDI_4.0 de Ingreso que ampare las operaciones realizadas con el público en general de manera diaria, semanal, quincenal, etc.):
– Clave S01 (Sin efectos fiscales).
- En comprobantes de Egreso (Notas de crédito) relacionadas con facturas globales:
– Clave S01 (Sin efectos fiscales) o,
– Clave G02 (Devoluciones, descuentos o bonificaciones)
- En facturas de gobierno (CFDI_4.0 de Ingreso y comprobantes de Egreso emitidos por devoluciones, descuentos o bonificaciones, o por el otorgamiento de apoyos y estímulos):
También, la clave del catálogo que, dependiendo del uso que le dará el receptor, aplique para el tipo de persona de que se trate (física o moral), así como para su régimen fiscal.
* Si se trata de un residente en el extranjero con RFC genérico XEXX010101000, igualmente debe registrarse S01 (Sin efectos fiscales) cuando sea un CFDI de Ingreso y S01 o G02 en el caso de los de Egreso.
- En recibos de nómina (CFDI_4.0 de tipo “N” con Complemento de nómina_1.2 revisión C):
– Clave CN01 (Nómina).
- En comprobantes de pago (CFDI_4.0 de tipo “P” con Complemento para recepción de pagos 2.0):
– Clave CP01 (Pagos).
- En facturas de exportaciones definitivas tipo A-1 (CFDI_4.0 de ingreso y/o Egreso que deriven de una operación de exportación con clave de pedimento A-1 en la cual exista enajenación):
La clave del catálogo que, dependiendo del uso que le dará el cliente, aplique para el tipo de persona de que se trate (física o moral), así como para su régimen fiscal.
* Si el receptor del comprobante es un residente en el extranjero, con RFC genérico XEXX010101000, de igual forma deberá anotarse la clave S01 (Sin efectos fiscales) en el caso de los CFDI de Ingreso y S01 o G02 cuando se trate de Egresos.
- En comprobantes por transportación de bienes y/o mercancías en territorio nacional (CFDI_4.0 con complemento Carta Porte 2.0):
Si se trata de un comprobante de ingreso o de egreso, debe registrarse la clave del catálogo que, dependiendo del uso que le dará el cliente, aplique para el tipo de persona de que se trate (física o moral), así como para su régimen fiscal.
Por otra parte, cuando el CFDI sea de tipo traslado (T), se debe registrar la clave S01 (Sin efectos fiscales).
* Esto mismo aplica en el caso de que se emitan CFDIs simples (sin complemento carta porte) en traslados locales, por ejemplo.
Importante:
Si se anotase una clave que no corresponda al uso real del CFDI, eso será motivo de sustitución (ingresando la clave correcta) y cancelación del comprobante erróneo. Esto para que, posteriormente, no se afecte la deducción o acreditamiento de impuestos que corresponda. (Fuente: Guía de llenado del CFDI 4.4)
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Hola tengo duda estoy en regimen 605 Sueldos y salarios
y estoy actualizando mis datos fiscales en el banco que uso de cfdi debo utilizar
en un banco tengo nomima y tarjeta de credito
y en otro banco solo tengo ,cuenta de ahorro
o en general aplica el mismo uso de cfdi independiente si en el banco tienes cuenta de ahorro,nomina y tarjetas de credito??
Saludos
Buenas tardes, soy Persona Moral del Régimen General (comercializadora de equipo medico), puedo expedir una factura con uso de CFDI Honorarios Médicos o Gastos Hospitalarios a una Persona Física en el Régimen de Sueldos y Salarios?
Hola Alejandra, gracias por escribirnos.
Pudiera ser. Pero en ese caso, si la persona asalariada adquirió algún equipo o aparato necesario para recuperación o rehabilitación por ejemplo, mejor sería el “Uso de CFDI” D02 (Gastos médicos por incapacidad o discapacidad).
Deseamos que esto te ayude.
Saludos.
SOY PERSONA MORAL MI GIRO ES MANTENIMIENTO DE SISTEMAS ELECTRICOS, COMPRO INSUMOS Y MATERIALES , TRANFORMADORES ETC NO LOS VENDO , LOS USO PARA PROPORCIONAR EL SERVICIO, QUE USO DEVE PONER EN CFDI?
Hola Jaime, gracias por escribirnos.
Opinamos que, como no hay una clave específica para este escenario en el catálogo, pudiera ser el “Uso de CFDI” G01 (Adquisición de mercancías). Pues es la que más se aproxima.
Deseamos que nuestra respuesta sea de ayuda.
Saludos.
¡Buenas tardes! Si estoy bajo el Régimen de Sueldos y Salarios y compro un auto, se puede acreditar el IVA? Ya que en la agencia le pondrán sin efectos fiscales.
Gracias
Hola Gabriela, gracias por escribirnos.
En ese caso no. Pero, sí es correcto que la agencia te emita el CFDI con uso “S01 – Sin efectos fiscales”, porque ese es un gasto no deducible para ti.
Deseamos que nuestra respuesta te ayude.
Saludos.