Carta Porte 3.1, ¡única versión válida!

Este 17 de julio de 2024 inició el uso obligatorio de la Carta Porte 3.1. Desde esta fecha, esa versión del complemento fiscal es la única válida para el SAT.

¿Quiénes deben utilizarlo?

Todos los contribuyentes que transporten bienes y/o mercancías propias o de terceros por territorio nacional deberán emitir el complemento fiscal de Carta Porte 3.1 para amparar su legal tenencia durante el traslado. Esto, siempre que en su trayecto transiten por tramos de jurisdicción federal.

* En el caso de la transportación de hidrocarburos o petrolíferos y de medicamentos debe emitirse el complemento, aunque el traslado sea local.

¿Cuáles son los cambios en esta versión?

Como mencionamos en otras publicaciones anteriores, entre los principales cambios que se insertaron resaltan los siguientes:

1) Se creó una sección denominada «Regímenes Aduaneros» y en esta pueden declararse hasta 10 (diez) claves del catálogo c_RegimenAduanero del SAT.

Si lo requieres, contáctanos. ¡El plazo para su implementación culminó!

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2) La «Fracción Arancelaria» es opcional. Sin embargo, si se registra, deberá validarse que forme parte del catálogo c_FraccionArancelaria (establecido por el SAT para actividades de Comercio Exterior).

3) El apartado «Remolques CCP» en transporte marítimo, pasó a ser un acápite de la sección «Contenedor».

4) Se ajustaron las especificaciones del código QR que se agrega en la representación impresa (PDF) del CFDI con complemento Carta Porte 3.1.

5) Asimismo, se actualizó la estructura del PDF de la Carta Porte para alinearlo a las modificaciones detalladas.

Tríptico – Complemento Carta Porte


Recuerda, ¡El complemento Carta Porte versión 3.1 ya es el único válido para fisco!

En MYSuite, lo tenemos disponible en todas nuestras modalidades de servicio (formulario web, generación mediante Integración y solo timbrado).

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