Requisitos y obligaciones para permanecer en el RESICO

Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) invitó a las personas físicas pertenecientes al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) a cumplir con sus obligaciones fiscales. Ello, con el objetivo de que continúen con los beneficios que el mismo brinda. En ese sentido, recuerda que para tributar o permanecer en este régimen las personas físicas deben:

  • Estar activos en el RFC.
  • Mantenerse al corriente con sus obligaciones fiscales.
  • No encontrarse en el listado del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
  • Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual.
  • Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
  • Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.

Las personas físicas que residan en el extranjero, que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país; cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes; perciban ingresos que se refieren las fracciones III, IV, V y VI del artículo 94 de la Ley del ISR o sean socios o accionistas de personas morales; así como aquellos que incumplan con los requisitos y obligaciones arriba mencionados, no podrán tributar en los términos de este régimen.

¿Qué beneficios tiene el RESICO?

  • Tasas mínimas para el pago del impuesto sobre la renta (ISR), que van de 1 a 2.5 por ciento.
  • Cálculo automático de impuestos.
  • Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
  • Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
  • El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
  • Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.

En caso de requerir orientación respecto de su situación fiscal, el SAT tiene a disposición de los contribuyentes los medios de contacto:

  • OrientaSAT, a través del Portal del SAT,
  • MarcaSAT 55 627 22 728 y
  • Chat uno a uno.

Los cuales aparecen publicados en su sitio: https://www.sat.gob.mx/personas/contacto


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