Se publicó la tercera versión anticipada de la Tercera Resolución de modificaciones a la Miscelánea Fiscal (RMF) vigente.
Los cambios que se agregan a los incorporados en las versiones anticipadas anteriores de este anteproyecto son:
1. Se adiciona la regla 3.13.33. “Excepción para las personas morales de retener a las personas físicas dedicadas a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, que se encuentren exentas”.
- Cuando las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras realicen operaciones derivadas de sus actividades con personas morales, estas últimas quedarán relevadas de efectuar la retención del 1.25% por los pagos realizados a las citadas personas físicas.
- Lo anterior, siempre que dichos ingresos se encuentren exentos y en el CFDI que ampare la operación, las personas físicas señalen en el atributo “Descripción” lo siguiente: “Los ingresos que ampara este comprobante se encuentran en el supuesto de exención a que se refiere el artículo 113-E, noveno párrafo de la Ley de ISR”.
* Fundamento con el que guarda relación esta disposición del SAT: Artículos 113-E y 113-J de la Ley del ISR.
2. Se actualiza la Regla 13.1. “Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos” (se le incorpora una fracción IV).
- Los asignatarios de las actividades de exploración y de extracción de hidrocarburos, podrán realizar los pagos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos correspondientes a los meses que se indican, conforme a lo siguiente:
(…)
III. Los relativos al monto del derecho de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de febrero de 2022, a más tardar el 29 de abril de 2022.
* (Fracción adicionada en la versión anterior)
IV. Los relativos al monto del derecho de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de marzo de 2022, a más tardar el 31 de mayo de 2022.
* (Fracción adicionada en la tercera versión anticipada)
- En caso de incumplir con el entero de los derechos en la fecha prevista en las fracciones anteriores, los asignatarios no podrán aplicar al beneficio contemplado en la presente regla y la autoridad fiscal requerirá el pago total de los adeudos.
* Fundamento con los que guarda relación: Artículos 42 y 44 de la Ley de ISH; Regla 2.8.3.1 de la RMF 2022 y Segundo Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2022.
Descargar 3a Modificación a la RMF 2022 actualizada
3. Se modifican los Anexos 1-A, 3, 7, 14 y 23 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
- Anexo 1-A “Trámites Fiscales”. Fichas:
- 86/CFF. Aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades.
- 186/CFF. Consultas y autorizaciones en línea.
- 233/CFF. Consultas y autorizaciones en línea presentadas a través de organizaciones que agrupan contribuyentes.
- 306/CFF. Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas morales.
- 14/PLT. Solicitud de devolución de pago de lo indebido del ISR, por cancelación de operaciones efectuadas a través de plataformas tecnológicas.
* Se modifican.
- Anexo 3 “Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales”. Criterios:
- 39/ISR/NV. Reconocimiento de contribuciones únicas y valiosas. Deben reconocerse en los análisis de precios de transferencia para demostrar que, en operaciones celebradas con partes relacionadas, los ingresos acumulables y deducciones autorizadas fueron determinados considerando para esas operaciones los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad que hubieran utilizado u obtenido con o entre partes independientes en operaciones comparables.
- 40/ISR/NV. Modificaciones al valor de las operaciones con partes relacionadas dentro del rango intercuartil.
- 11/IVA/NV. Es improcedente acreditar el impuesto al valor agregado sin cumplir los requisitos que establece la ley, así como la compensación de saldos a favor de impuesto al valor agregado contra retenciones del impuesto sobre la renta, tratándose de la Federación, la Ciudad de México, los Estados y los Municipios.
* Se modifican.
- Anexo 7 “Compilación de criterios normativos”. Criterios:
- 29/CFF/N. Acuerdo Conclusivo. Concepto de calificación de hechos u omisiones. (Se modifica)
- 32/ISR/N. Personas morales que celebran operaciones con partes relacionadas residentes en México. Documentación e información comprobatoria que deben conservar.
- 33/ISR/N. Personas morales. Concepto de partes relacionadas.
- 34/ISR/N. Personas morales que celebran operaciones con partes relacionadas sin importar su residencia fiscal. Cumplimiento de obligaciones.
- 35/ISR/N. Personas morales que celebran operaciones con partes relacionadas. Aplicación de las Guías de la OCDE.
- 36/ISR/N. Utilidad fiscal neta del ejercicio. En su determinación no debe restarse al resultado fiscal del ejercicio la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.
- 64/ISR/N. Intereses pagados a residentes en el extranjero por sociedades financieras de objeto múltiple en operaciones entre personas relacionadas, que deriven de préstamos u otros créditos.
* Se derogan.
- Anexo 14 “Listado de Donatarias Autorizadas”:
- Información generada desde el 16-12-2021 al 20-04-2022.
- Anexo 23 “Domicilio de las unidades administrativas del SAT”:
- Fracción III “Administración General de Auditoría de Comercio Exterior” (Sede Ciudad de México).
- Apartado A “Administraciones Centrales de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior”, numerales:
1. Administración Central de Planeación y Programación de Comercio Exterior.
2. Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior.
3. Administración Central de Investigación y Análisis de Comercio Exterior.
4. Administración Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior.
5. Administración Central de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior.
6. Administración Central de Certificación y Asuntos Internacionales de Auditoría de Comercio Exterior.
7. Administración Central de Coordinación Estratégica de Auditoría de Comercio Exterior.
- Apartado A “Administraciones Centrales de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior”, numerales:
- Fracción III “Administración General de Auditoría de Comercio Exterior” (Sede Ciudad de México).
Te recordamos que en las versiones anteriores de este anteproyecto, el SAT publicó adecuaciones a otras disposiciones fiscales importantes; como lo son:
- El uso del CFDI con complemento Carta Porte. (Modificación del Transitorio Cuadragésimo Séptimo de la RMF 2022)
- Obtención de ingresos por pensiones y jubilaciones para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza. (Regla 3.13.31)
- Devolución del excedente del estímulo acreditable. (Regla 11.10.1)
- Actualización de la devolución con motivo de la aplicación del estímulo. (Regla 11.10.2)
Te invitamos a revisar los detalles de esas las modificaciones, desde aquí:
Resolución Miscelánea: Nuevos cambios fiscales 2022
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