Cambios – Miscelánea 2022: Razón social

Se publicó la segunda versión anticipada de la Sexta Resolución de modificaciones a la Miscelánea Fiscal (RMF) vigente.

Los cambios que se agregan al incorporado en la versión anterior de este anteproyecto son:

1. Se actualiza la Regla 13.1. “Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos”, adicionándosele una fracción VII.

Los asignatarios de las actividades de exploración y de extracción de hidrocarburos, podrán realizar los pagos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos correspondientes a los meses que se indican, conforme a lo siguiente:

(…)

VI.   Los relativos a los montos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de mayo de 2022, a más tardar el 29 de julio de 2022.

VII.   Los relativos a los montos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de junio de 2022, a más tardar el 31 de agosto de 2022.
* (Fracción adicionada)

En caso de incumplir con el entero de los derechos en la fecha prevista en las fracciones anteriores, los asignatarios no podrán aplicar al beneficio contemplado en la presente regla y la autoridad fiscal requerirá el pago total de los adeudos.

* Fundamento con los que guarda relación: Artículos 42 y 44 de la Ley de ISH; Regla 2.8.3.1 de la RMF 2022 y Segundo Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2022.

Descargar 6aRM – RMF 2022

2. Se modifica el Anexo 29 de la RMF 2022.

¿Qué contiene el Anexo 29 de la RMF?

Es uno de aquellos por los que se rigen los proveedores de certificación de comprobantes fiscales digitales (CFDI), como lo es MYSuite, y contiene una serie de rubros que debemos cumplir y/o validar al operar como PAC:

I. Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos.
II. Características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita.
III. Especificaciones para la descarga y consulta de la Lista de Contribuyentes Obligados (LCO) y de la Lista de contribuyentes inscritos no cancelados en el Registro Federal de Contribuyentes (LRFC).
IV. Validaciones adicionales en la certificación de facturas que se expidan al amparo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur.
V. Reglas y lineamientos para operar en ambientes productivos.
VI. Validaciones adicionales al Anexo 20 y complementos de factura electrónica.
VII. Lineamientos de uso gráfico del logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI y requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos.

En este anexo se hicieron varios ajustes de redacción y se adecuó la especificación de lo que integra la LRFC en el caso del “Nombre o razón social” de personas morales (se elimina la parte que indicaba la inclusión del régimen societario o capital). Esto, para estandarizarlo o alinearlo a como aparece actualmente dicho dato en la LRFC, y debe registrarse/ validarse en los CFDI versión 4.0 (nada más el nombre de la empresa; sin el SA de CV, SAPI de CV, S de RL, por ejemplo, etc.). Lo cual es aplicable tanto al emisor, como al receptor del comprobante y al tercero que pueda intervenir en una operación.

Consultar Anexo 29 – RMF 2022

¿Cuándo entra en vigor esta reforma?

De acuerdo con el artículo Primero Transitorio del documento, la misma surtirá efectos desde su publicación en el portal del SAT. Esto de acuerdo con lo que enuncia la regla 1.8. (tercer párrafo) de la miscelánea vigente.

Recuerda que, en MYSuite te mantenemos al tanto de las actualizaciones fiscales que realiza la autoridad tributaria. Si tienes alguna duda sobre estos temas o el registro correcto de los datos en tus comprobantes (CFDI) 4.0, escríbenos y con gusto te apoyaremos.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

error: Content is protected !!
A %d blogueros les gusta esto: