Nuevo Complemento Carta Porte 2.0

El Complemento de Carta Porte será obligatorio a partir del 01 de diciembre de 2021*. En esa propia fecha iniciará su vigencia la versión 2.0 del mismo, la cual será la única fiscalmente válida desde ese día.

  • Actualización: El SAT prorrogó el uso obligatorio de este complemento fiscal para el 01 de enero de 2022. Sin embargo la fecha de inicio de vigencia de la versión 2.0 no sufrió cambios, por lo que esta última continúa siendo el 1 de diciembre de 2021. (Más información)

¿Quiénes deberán emitir este complemento?

Todos los contribuyentes que transporten bienes y/o mercancías, propias o de terceros, por vía terrestre cuando el traslado implique transitar por algún tramo de jurisdicción federal, por muy corto que este sea. También, cuando el mismo se realice por vía férrea, marítima o aérea:

  • Prestadores de servicios de transporte de carga general y especializada,
  • De paquetería y mensajería,
  • De grúas de arrastre y de grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos,
  • De traslado de fondos y valores,
  • De materiales y residuos peligrosos,
  • De transporte o distribución de hidrocarburos y petrolíferos,
  • De carga consolidada,
  • Entre otros servicios que impliquen la transportación de bienes o mercancías.

La emisión del comprobante y características de este dependerá de la figura que intervenga en el proceso de transportación, del tipo de servicio que se brinde y de otras condiciones.

En esta nueva versión 2.0 de Carta Porte se introdujeron varios cambios como, por ejemplo:

  • Se eliminaron algunas secciones y campos, y se agregaron otros. Además, se crearon tres nuevos apartados.
  • Se actualizaron los catálogos del complemento. Cambió la nomenclatura de determinadas claves en catálogos ya existentes, se agregaron tres nuevos y se eliminó uno.
  • Se ajustaron las validaciones adicionales para la clave de producto o servicio (ClaveProdServ) a nivel del CFDI base (al que se adicione el complemento).
  • Se redefinió el uso de ciertos campos que anteriormente eran opcionales y ahora serán requeridos.
  • Las reglas de validación que deben aplicarse a estos CFDIs de Carta Porte, serán 83 (82 específicas, 11 para aplicarlas al CFDI como tal y 71 al complemento versión 2.0, más una genérica para clasificar cualquier error no identificado).

¿Necesitas cumplir con esta obligación fiscal?

No te preocupes, ¡en MYSuite ya está lista la nueva versión 2.0 del Complemento Carta Porte!

Por lo que, si lo requieres, puedes integrarte con nosotros para generar y/o timbrar estos comprobantes fiscales conforme a los nuevos requisitos del SAT, o emitirlos a través de nuestro formulario web.

Contamos con varias opciones o modalidades de servicio que, estamos seguros, se adaptarán plenamente a tus requerimientos operativos.

Si tienes alguna duda sobre este tema o deseas obtener información sobre nuestros servicios, comunícate con nosotros.

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