Tips para emitir tus recibos de nómina correctamente

Si eres patrón, recuerda que debes emitir recibos de nómina por los pagos que les realices a tus subordinados.

A continuación, te compartimos algunas recomendaciones relacionadas con la emisión de estos comprobantes fiscales (CFDI con complemento de nómina 1.2):

  • Inscribe a tu personal en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
    • Es incorrecto utilizar el RFC genérico XAXX010101000 de público en general para emitirle un recibo de nómina a una persona activa. *
    • Asimismo, si tienes trabajadores extranjeros residentes en México deben darse de alta en el SAT (porque, también es incorrecto utilizar el RFC genérico para extranjeros XEXX010101000 como receptor del recibo). **

* El RFC genérico XAXX010101000 nada más podrá utilizarse cuando se trate un pago pendiente a un trabajador fallecido.

** El RFC para extranjeros XEXX010101000 únicamente puede ocuparse en el campo «RfcLabora» del complemento de nómina en aquellos casos de subcontratación laboral en los cuales el trabajador preste sus servicios para una empresa extranjera (que no esté obligada a darse de alta en el RFC).

  • Genera y entrégales sus comprobantes de nómina por sueldos, salarios o ingresos asimilados.
  • Evita emitir recibos duplicados.
    • Puedes validar la información en el visor de nómina para patrones, disponible en el portal del SAT.
  • Clasifica correctamente las percepciones y deducciones.
    • No clasifiques como exentas, percepciones que son consideradas gravadas.
  • Calcula correctamente las percepciones exentas, conforme a lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • Registra a tu personal con el régimen con que los contrataste y con las percepciones y deducciones correspondientes al mismo.
  • Si requieres descontar las percepciones reportadas en exceso, utiliza las claves de deducción denominadas «Ajuste…» en el catálogo c_TipoDeduccion del SAT.
  • Registra el subsidio para el empleo causado, aun cuando no se entregue efectivamente al trabajador.
  • No entregues cantidades de subsidio para el empleo mayores a los montos establecidos.
  • Clasifica el monto del ISR retenido correspondiente al periodo de pago con la clave “002” de deducción.
    • La clave 101 (ISR retenido del ejercicio anterior) se utiliza solamente para reportar el resultado del cálculo anual del ISR.
  • Calcula el impuesto anual del ISR a tus trabajadores cuando estés obligado a ello.
    • Eres responsable solidario de la retención de impuesto que debes efectuarles.
  • Reporta los viáticos otorgados en el apartado de «Otros Pagos» y su respectiva comprobación en el apartados de «Percepciones».
  • Cada vez que realices un pago, anota en el CFDI de nómina la prestación por concepto de fondo de ahorro.
  • Ten presente que la sustitución de un comprobante no es una forma de cancelarlo.
    • La clave 04 (Sustitución de CFDI previos) indica únicamente que el CFDI se sustituyó; el proceso de cancelación debe hacerse a través del portal del SAT o de un Proveedor de Certificación de CFDI (incluso, antes de emitir el nuevo CFDI en sustitución para evitar posibles duplicidades de ingresos).

La emisión de los CFDI de nómina es una obligación fiscal de todo contribuyente (persona física o moral) que, en la realización de su actividad económica, efectúe pagos por concepto de salarios y en general, por la prestación de un servicio personal subordinado o asimilable a salario y los puntos anteriores son los principales aspectos que deben considerarse para expedirlos.

Si tienes alguna pregunta sobre este tema, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En MYSuite, te apoyaremos en resolverla.

4 comentarios

  1. trabajo para una empresa en la zona sur de chiapas que produce café y exporta, tiene que contratar un buen numero de gente de centroamerica, el problema es que para poder timbrar esos pagos de nomina o raya como se les quiera llamar estamos timbrando con el rfc generico para extranjero deduciendo el 4% de isr, según el beneficio para este sector agricola… ¡¿a que me expongo ante el fisco, tengo mil trabajadores en el año con un mismo rfc generico.. gracias

  2. Puedo ocupar el RFC genérico para extranjeros si mi trabajador no se encuentra en México? y no se puede inscribir al RFC

    1. Hola Ari,
      Transmitimos tu duda al SAT y si nos dan respuesta te contactaremos nuevamente. No obstante puedes consultar directamente al SAT a través de su servicio de chat uno a uno (http://chat.sat.gob.mx/) para que obtengas una respuesta inmediata.

      Saludos.

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