¿Sabías que los patrones pueden solicitar al IMSS el pago parcial de las cuotas obligatorias de manera simplificada y hasta en 48 meses?
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) estableció un plan para apoyar a los patrones (de empresas y negocios formales) en el cumplimiento de las medidas de salud trazadas por el COVID-19; así como, en sus obligaciones de pago en materia de seguridad social.
En ese sentido, estableció la facilidad de solicitar pagar las cuotas obrero – patronales a plazos, sin tener que ir a las subdelegaciones del instituto para hacer el trámite.
Fundamento: Boletín de prensa 213/2020 emitido por el IMSS.
Los puntos más importantes a tener en cuenta sobre esta facilidad, son los siguientes:
- La alternativa de pago en parcialidades consiste en ir pagando los adeudos de forma periódica; pero con las actualizaciones y recargos que correspondan.
- Para esto, debe realizarse una solicitud al IMSS con la intención de celebrar un convenio para efectuar los pagos a plazos (de manera diferida o bien, en parcialidades).
- El monto mínimo a cubrir debe responder con:
- el 20 por ciento del importe de las cuotas patronales, y
- el 100 por ciento de las cuotas obreras.
- El pago a plazos puede solicitarse:
- Hasta en 12 meses (con una tasa de interés del 1.26%)
- De 12 a 24 meses (a una tasa de 1.53%)
- De 24 a 48 meses (con el 1.82% de interés)
- Para establecer el convenio solo debe enviarse un correo electrónico a: convenioorienta@imss.gob.mx, adjuntando los siguientes documentos:
- Escrito libre, exponiendo el motivo de la solicitud y el plazo de pago que requiere para cumplir con la aportación de las cuotas.
- Tarjeta de identificación patronal.
- Copia de la identificación oficial del patrón o, en su caso, del representante legal.
- Copia de acta constitutiva (de ser persona moral) en la que se visualice la denominación o razón social; así como el folio en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
- Poder notarial para acreditar el carácter del representante legal (tratándose de persona moral) con facultades para hacer trámites o actos de administración antes entidades públicas.
Una vez que el IMSS revise y verifique la información proporcionada, el patrón recibirá de vuelta un correo electrónico de dicho Instituto, con el proyecto de convenio y, además, la ficha para efectuar el depósito con línea de captura mediante trasferencia electrónica bancaria (SPEI).
Cabe señalar que, para la suscripción de este convenio el IMSS no exigirá garantía del interés fiscal y, al establecerse el mismo, el patrón se libraría de la imposición de multas por dicha causa; siempre y cuando cumpla con los plazos pactados en el convenio para realizar sus pagos posteriormente.
Por otra parte, de ser acreedor de alguna multa derivada de la imposibilidad de cumplir con los plazos de pago (dos parcialidades como máximo), cuando se cubran las cuotas respectivas, se podría solicitar la cancelación de esta hasta el 90% del monto de la multa original. Sin embargo, esto no limitará al IMSS en sus facultades de poder revocar la autorización de prórroga otorgada a un patrón para pagar las cuotas a plazo si se incumple, como mencionamos, con el abono de dos parcialidades.
Te recordamos que, con MYSuite puedes resolver tus dudas fiscales. Si tienes alguna pregunta o comentario sobre este tema, contáctanos y con gusto te orientamos.
Material de apoyo:
Medidas económicas frente al COVID-19