Tanto las personas físicas como las personas morales deben conocer que, como contribuyentes, se cuenta con una serie de derechos amparados en la Ley Federal de Derechos del Contribuyente y con determinadas obligaciones fiscales marcadas en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y otros lineamientos.
A continuación, enunciamos cuáles son estos derechos; así como las principales obligaciones generales que deben cumplirse:
Derechos
- Recibir información y asistencia: Tienes derecho a ser informado y asistido por las autoridades fiscales en el cumplimiento de tus obligaciones tributarias; así como, del contenido y alcance de estas.
- Obtener la devolución de impuestos: Tienes derecho a obtener, en tu beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del CFF y demás leyes fiscales aplicables.
- Conocer el estado de los procedimientos: Tienes derecho a conocer el estado de los procesos y procedimientos de los que seas parte.
- Conocer la identidad de las autoridades fiscales: Tienes derecho a conocer la identidad de las autoridades fiscales bajo las cuales cuya responsabilidad se realicen procedimientos en los que estés involucrado.
- Obtener certificación y copia de las declaraciones presentadas al SAT.
- No entregar documentos: Tienes derecho a no aportar los documentos que ya se encuentran en poder de la autoridad fiscal.
- Exigir el carácter reservado de datos, informes o antecedentes.
- Obtener respeto y consideración: Tienes derecho a ser tratado con el debido respeto y consideración por parte de los servidores públicos del SAT.
- Ser parte de actuaciones menos onerosas: Tienes derecho a que las actuaciones de las autoridades fiscales (que requieran tu intervención) se lleven a cabo en la forma que te resulte menos onerosa (es decir, menos pesada, molesta o costosa…).
- Presentar alegatos y ofrecimientos de pruebas: Tienes derecho a formular alegatos (defensas), presentar u ofrecer documentos como pruebas y que sean tenidos en cuenta al redactar la resolución administrativa.
- Ser oído en el trámite administrativo: Tienes derecho a ser oído en el trámite administrativo (antes de la resolución que determine un adeudo).
- Recibir información al inicio de las facultades de comprobación que ejerza el SAT: Tienes derecho a ser informado sobre tus derechos y obligaciones al inicio de una auditoría y, a que esta se desarrolle en los plazos previstos en las leyes fiscales.*
- Corregir tu situación fiscal: Tienes derecho a corregir tu situación fiscal con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación que se lleven a cabo.
- Señalar un domicilio para recibir notificaciones: Tienes derecho a señalar cualquier domicilio ubicado en territorio nacional para recibir notificaciones en un juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; salvo, cuando este se encuentre en la jurisdicción de la sala competente de dicho Tribunal.
* Deben entregarte la Carta de los “Derechos del Contribuyente Auditado” y aunque omitir esta disposición no afecta la validez de las actuaciones de la autoridad fiscal, sí da lugar a que se finque responsabilidad administrativa al servidor público que incurrió en la omisión.
Obligaciones
Como contribuyente, se tienen las siguientes obligaciones:
- Inscribirse en el RFC.
- Mantener actualizados los datos.
- Presentar Declaraciones.
- Emitir Facturas.
- Contar con Firma electrónica (e.firma).
En este sentido, el artículo 27 del Código Fiscal (CFF) establece que las personas morales y las personas físicas que deban presentar declaraciones periódicas (mensuales y/o anuales) o que estén obligadas a expedir comprobantes fiscales (CFDI – Facturas electrónicas) por los actos y actividades que realicen o por los ingresos que perciban; o bien, hayan abierto una cuenta a su nombre en alguna entidad del sistema financiero o en una SOCAP (Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo) en la que reciban depósitos y hagan operaciones susceptibles de ser sujetas al pago de contribuciones, deben solicitar su inscripción al RFC proporcionando la información relacionada con su identidad, domicilio y su situación fiscal.
Asimismo, se está obligado a manifestar al RFC el domicilio fiscal y en caso de tener que presentar las declaraciones enunciadas y/o expedir facturas electrónicas (CFDI), deben solicitar su firma electrónica**.
** Las personas morales requieren, además, contar con el Certificado de Sello Digital – CSD (activo y vigente) para firmar electrónicamente las facturas; mientras que, las personas físicas solamente estarán obligadas a tramitarlo si utilizan los servicios de un proveedor de comprobantes fiscales autorizado por el SAT, como por ejemplo MYSuite, para emitir sus facturas o recibos.
Nota: A excepción de la obtención de la firma electrónica y la inscripción, las demás obligaciones pueden cumplirse cien por ciento por internet.
En MYSuite, proveedor autorizado del SAT, creemos que estar siempre informado y capacitado en temas fiscales es la mejor herramienta con que puede contar un contribuyente.
Si tienes alguna duda sobre cómo ejercer estos derechos, en el cumplimiento de tus obligaciones tributarias o en cualquier tema relacionado con la emisión, validación, certificación o cancelación de comprobantes fiscales (CFDI), contáctanos.
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