De los veintinueve Complementos Fiscales publicados hasta la fecha por el SAT, solamente veintisiete son válidos para la versión 3.3 del nuevo Anexo 20.
Según las disposiciones tributarias vigentes, los comprobantes fiscales digitales deben cumplir con las especificaciones que en materia informática determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general y una de estas especificaciones, es la incorporación de complementos fiscales a los CFDI que determinados giros o sectores, por la naturaleza de las actividades u operaciones que realizan, deben emitir; cuyo incumplimiento y validación en el proceso de certificación de los comprobantes es motivo de sanción, de acuerdo también con el Anexo 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
El pasado 1 de julio del 2017 entró en vigor el Anexo 20_3.3 que, a partir del 1 de enero de 2018, es la única versión de comprobantes fiscales digitales válida y en la cual, podrán incorporarse los siguientes complementos fiscales que continúan vigentes:
Complementos
1. Timbre fiscal digital (TFD).
2. Estado de cuenta de combustibles de monederos electrónicos.
3. Donatarias.
4. Compra venta de divisas.
5. Otros derechos e impuestos.
6. Leyendas fiscales.
7. Persona física integrante de coordinado.
8. Turista pasajero extranjero.
9. Sector de ventas al detalle (Detallista).*
10. CFDI Registro fiscal.
11. Recibo de pago de nómina.
12. Pago en especie.
13. Vales de despensa.
14. Consumo de combustibles.
15. Aerolíneas.
16. Notarios Públicos.
17. Vehículo usado.
18. Servicios parciales de construcción.
19. Renovación y sustitución de vehículos.
20. Certificado de destrucción.
21. Obras de arte plásticas y antigüedades.
22. INE.
23. Comercio Exterior.
24. Recepción de pagos.
Complementos Concepto
25. Instituciones educativas privadas.
26. Venta de vehículos.
27. Terceros.
* Aunque inicialmente se había planteado que el complemento detallista se eliminaba para la versión 3.3 del CFDI, el día 18-09-2017 fue publicado en la página internet del SAT que el mismo sí aplicaría para la nueva versión de la factura (a partir del 1 de octubre de 2017):
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*** Los <complementos> y <complementos conceptos> son regulados por la autoridad fiscal y mediante estos, se incorpora a las facturas información adicional que se considera obligatoria para determinados sectores o actividades como las relacionadas con monederos electrónicos, donativos, compra venta de divisas, pagos de nómina, venta de vehículos, comercio exterior, recepción de pagos en parcialidades, entre otros. El uso de estas etiquetas permite que la información adicional que se incluye sea protegida por el sello digital del comprobante.
Fundamento legal:
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