1a. Modificación a la Miscelánea 2023 – Oficial

Entrada editada el 23 de febrero de 2023.

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Primera Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal (RMF) vigente.

Los cambios incluidos en el documento fueron:

  • Se adicionó el Título 13 «Disposiciones de vigencia temporal», con la regla 13.1 «Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos».

13.1. Para los efectos de los artículos 42, primer párrafo, 44, primer párrafo de la LISH, de la regla 2.8.3.1. y el Vigésimo Cuarto Transitorio de la RMF, los asignatarios a que se refieren los citados artículos podrán realizar los pagos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos correspondientes al mes de diciembre de 2022, a más tardar el 28 de febrero de 2023.

En caso de incumplir con el entero de los derechos en la fecha prevista en el párrafo anterior, los asignatarios no podrán aplicar el beneficio previsto en la presente regla y la autoridad fiscal requerirá el pago total de los adeudos.

* Fundamento legal con el que tiene relación esta disposición: Artículos 42 y 44 de la Ley de Impuestos Sobre Hidrocarburos, Regla 2.8.3.1 y artículo Vigésimo Cuarto Transitorio de la RMF 2023.

Transitorios:

Único. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF (Diario Oficial de la Federación) y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF para 2023.*

* Desde su publicación en el portal del SAT.

Descargar la 1ra. Resolución de Modificaciones a la RMF 2023


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