Como cada año, el pasado 8 de septiembre, la Secretaría de Hacienda presentó el paquete fiscal para el siguiente ejercicio 2022 el cual contiene el plan o lineamientos económicos del país para el siguiente año e incluye los criterios generarles de la política económica, la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación, así como las reformas a la Ley del ISR, del IVA y el IEPS, el Código Fiscal, la Ley Federal de Derechos y la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos; además del proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022.
Entre los cambios o propuestas más relevantes que se avecinan en el aspecto fiscal se encuentran:
- Eliminar el régimen de incorporación fiscal (RIF) y todas aquellas disposiciones que hagan alusión a este en las diversas leyes fiscales vigentes.
- Conformar un nuevo régimen fiscal simplificado de confianza por el que paguen sus impuestos las personas físicas que hoy en día pertenecen al RIF, así como las del sector primario, entre otros contribuyentes.
- Según se plantea, el nuevo régimen busca proporcionar a aquellas personas con menos capacidad administrativa y de gestión una forma rápida, eficaz y sencilla de pagar sus contribuciones.
- También prevé tasas mínimas que se apliquen de manera progresiva de acuerdo con los ingresos obtenidos por el contribuyente. Estas serían desde el 1%, cuando los ingresos anuales no sean superiores a 300 mil pesos, hasta el 2.5% como máximo cuando se alcancen ingresos entre 2,5 y 3,5 millones de pesos.
* Las personas físicas con actividad empresarial y quienes se dediquen al arrendamiento de bienes podrán pertenecer a este nuevo régimen si sus ingresos anuales no exceden los 3,5 millones de pesos.
- Agregar otro régimen “de confianza” para personas morales residentes en nuestro país, cuyos ingresos totales no superen los 35 millones de pesos anuales.
- En este caso, se dejarían de hacer declaraciones provisionales de ISR con base en coeficiente de utilidad.
- Gravar a tasa cero (0 %) de IVA algunos productos higiénicos de uso femenino. Esto mediante la adición de un inciso al artículo 2-A (fracción I) de la Ley.
- Asimismo, se quiere plasmar expresamente que la tasa cero de IVA sería aplicable a los producto para alimentación humana y para la de animales por igual. Sin embargo, se mantendrían las excepciones que se disponen actualmente en el mencionado artículo 2-A, fracción I, de dicha ley.
- Establecer como requisito para el acreditamiento del IVA pagado en operaciones de importación que el pedimento esté a nombre del contribuyente que pretenda acreditarlo.
- Implementar un nuevo escenario de restricción de los certificados de sello digitales (CSD) a los contribuyentes que tributen dentro del nuevo régimen de confianza.
- Aplicaría cuando se omitan tres o más pagos periódicos mensuales de impuestos, consecutivos o no, o la declaración anual. Esto para impedir el incumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de ellos.
- Incluir una disposición para indicar que las autoridades fiscales podrán, derivado del ejercicio de sus facultades de comprobación, determinar la simulación de actos jurídicos únicamente para efectos fiscales.
- Dicha determinación tendrá que ser debidamente fundada dentro del procedimiento de comprobación que se lleve a cabo, mostrando su existencia en el mismo acto en que se determine la situación fiscal de la persona física o moral, siempre que se trate de partes relacionadas.
- Adicionar sanciones más severas, como calificativa de defraudación fiscal o su equiparable, para quienes usen el nuevo régimen para ocultar contrataciones laborales.
Estos son algunos de los puntos relevantes de la propuesta fiscal para 2022 presentado por la autoridad tributaria y que deben ser de conocimiento de todas las personas físicas y/o morales; ya que deberán tomarse en cuenta para el próximo ejercicio.
La documentación completa del mismo puede consultarse en el siguiente enlace de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público: https://www.ppef.hacienda.gob.mx/
Te recordamos que en MYSuite, siempre te mantenemos informado de los principales cambios que, como contribuyente, pueden ser tu interés. Si tienes alguna pregunta sobre estos lineamientos, contáctanos.