El 1 y el 2 de octubre de 2026, el Diario Oficial de la Federación publicó la Segunda y la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, respectivamente.
A continuación detallamos los principales puntos de la cada una.
Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF 2026
- Definió el plazo final para que ciertas donatarias autorizadas conservaran su autorización rumbo a 2027. Esto aplicó a organizaciones civiles y fideicomisos que habían sido multados por omitir su declaración informativa de transparencia —el reporte anual donde se hace pública la información sobre los donativos recibidos y el destino del patrimonio—. Para no perder la autorización, debieron presentar esa declaración correspondiente al ejercicio 2025, pagado la multa y no haberla impugnado, todo a más tardar el 30 de septiembre de 2026. Quienes no cumplieron en ese plazo quedan sujetos a las reglas generales sobre pérdida de vigencia de la autorización, lo que implica solicitar una nueva autorización para volver a emitir donativos deducibles.
- Oficializó el mecanismo mediante el cual los jugadores extranjeros que participaron en la Copa Mundial de la FIFA 2026 —o las propias Asociaciones Miembro por su conducto— enteraron el ISR correspondiente a sus ingresos en el país.
- Actualizó el estímulo semanal al IEPS del diésel, vigente hasta el 1 de octubre.
Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026
- Incorporó el criterio normativo 60/ISR/N al Anexo 7: las compras de aguacate con destino a Estados Unidos solo son deducibles para ISR cuando el CFDI que las ampara lo emite quien posee, usufructúa o es propietario del huerto certificado de origen, conforme al requisito de estricta indispensabilidad del artículo 27 de la Ley del ISR. La modificación entra en vigor hasta el 31 de diciembre de 2026.
Te recordamos que en MYSuite puede emitirse cualquier tipo de CFDI y complemento fiscal vigente que establezca el SAT para determinada operación; incluidos —de requerirlo— el de Donatarias, Comercio exterior, Carta porte y Leyendas fiscales, etc. Así cada transacción queda respaldada con el comprobante correcto desde el origen.
Consulta aquí el contenido de cada resolución de modificaciones a la miscelánea de 2026:
2da. RM. a la RMF 2026 y su Anexo 2 (Trámites fiscales)
3ra. RM. a la RMF 2026 y su Anexo 7 (Compilación de criterios normativos fiscales)
