Aún existen dudas en el llenado de los Comprobantes fiscales digitales (CFDI) que debemos emitir por las diferentes operaciones realizadas como contribuyentes. Uno de estos casos que persiste, es el registro del método y la forma de pago según el tipo de comprobante. Por eso, te damos otros tips en este sentido.
Cada vez que emitas un CFDI en versión 4.0, recuerda…
Tendrás que considerar el registro de «Método Pago» y «Forma Pago» conforme a lo siguiente:
- Si es un comprobante de tipo Ingreso (I):
- En “Método Pago”, selecciona la opción que corresponda, dependiendo si la operación se paga con PUE (pago en una solo exhibición) o será pagada posteriormente en PPD (pago en parcialidades o diferido).
- En “Forma Pago”, elige la forma en que se efectúa el pago. Por ejemplo, 01 (Efectivo), 02 (Cheque nominativo), 03 (Transferencia electrónica), etc.
Importante:
* Cuando se registre el método de pago PPD la forma de pago tiene que ser 99 (Por definir) y, por el contrario, cuando se registre el método de pago PUE, la forma de pago no debe ser 99 (Por definir). Fundamento: Regla 2.7.1.29. «Requisitos en la expedición de CFDI» de la RMF vigente.
** Si el pago se realiza en una sola exhibición (PUE) y con varias formas de pago, se registra aquella mediante la cual se liquide la cantidad mayor.
- Si se trata de un CFDI de Egreso (E) o Nota de crédito:
- En “Método Pago” captura PUE (pago en una sola exhibición).
* Basamento: Apéndice 5 «Emisión de CFDI de Egresos» de la guía de llenado del Anexo 20 del SAT. - En “Forma Pago” elige la forma en que se hará la devolución, descuento o bonificación (Ejemplo: 01- Efectivo, 04- Tarjeta de crédito, 28- Tarjeta de débito, etc.).
- En “Método Pago” captura PUE (pago en una sola exhibición).
** Ten en cuenta que, si se emite una nota de crédito de una factura que no ha sido pagada se registra la forma de pago «15 – Condonación».
- Si es un Recibo o CFDI de Nómina (N):
- En “Método Pago” selecciona “Pago en una sola exhibición” (PUE) y,
- El campo “Forma Pago”, no deberá existir.
- Si se trata de un comprobante de tipo “Traslado” (T) o de “Pago” (P), tanto el método de pago como la forma de pago deberán omitirse.
Asimismo, deberás capturar la información del campo “Exportación”, el cual es requerido para cualquier tipo de CFDI (Ingreso, Egreso, Traslado, Nómina o Pago). Esto, para expresar o identificar si el comprobante que se está emitiendo ampara una operación de exportación.
- Las claves que pueden seleccionarse en dicho campo son:
-
- 01 – No aplica
- 02 – Definitiva
- 03 – Temporal
- 04 – Definitiva con clave distinta a A1 o cuando no existe enajenación en términos del CFF
- En el caso de los CFDI de Nómina y Pago, siempre debe elegirse la clave 01 (No aplica).
- En los demás tipos de comprobantes, si se elige la clave 02 (Definitiva) tendrá que incorporarse el complemento fiscal para Comercio Exterior.
* Cuando se ocupe la clave 04 (Definitiva con clave distinta a A1 o cuando no existe enajenación en términos del CFF), el uso del complemento de Comercio exterior es opcional.
…De esta manera, tu CFDI podrá generarse exitosamente y/o no presentará inconsistencias ante el SAT.
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* Los folios adquiridos servirán para emitir y/o recibir cualquier tipo de CFDI o complemento fiscal a través de nuestra plataforma.
Si tienes alguna duda o pregunta sobre el tema abordado en este artículo, o te interesa conocer acerca de nuestras opciones de servicios de facturación,


Buenas tardes en el mes de Febrero 2025 emití una factura $40,000 en PPD Y en ese mismo mes me pago $10,000, realice mi complemento de pago entonces me quedaba que me liquidaran $30,000 el cliente, pero ahora en este mes de Septiembre 2025 el cliente me comento que siempre ya no requiere mis servicios , y le tuve que devolver los $10,000 que ya me había pagado por adelantado,
Mi pregunta es si debo hacer una nota de crédito por los $10,000 y por los $30,000. Que pasara con el iva que ya pague al sat en su momento.
Gracias.
Hola Alejandra, gracias por escribirnos.
Consideramos que, lo mejor es emitir dos notas de crédito:
– Una para devolverle los 10 mil pesos que te pagó (con la clave de forma de pago mediante la cual se los devolverás, o bien con la que te depositó antes dicha cantidad).
– La otra para rebajar los 30 mil pesos restantes (con forma de pago 15 – Condonación).
*Cada una de las notas de crédito debe relacionarse (con tipo de relación 01) al folio fiscal (UUID) de la factura origen que emitiste en febrero 2025.
En cuanto al tema del IVA que ya pagaste, sería necesario ajustarlo por medio de declaraciones para poder solicitar la devolución o compensación del mismo.
En MYSuite, deseamos que nuestra respuesta sea útil. Saludos.
Buenas noches. Una duda: si en la factura de unos medicamentos en forma de pago pusieron 99 por definir. Y metodo de pago pusieron PUE una sola exhibicion. Es esto posible. La compra la realicė el 31 del mes y la factura me la hicieron el 1 del siguiente mes. O sea 1 dia despues. La forma de pago real era tarjeta de credito. Ya que asi no la vale la aseguradora.
Hola Arturo, gracias por escribirnos.
En ese caso te sugerimos solicitar la sustitución de la factura por otra con los datos correctos: método de pago PUE y la forma de pago real (tarjeta de crédito). Pues de lo contrario, incluso, sería no deducible para ti.
Saludos.
Disculpen como puedo hacer un complemento de pago con nota de credito antes de que me pagaran la factura emitieron la nota, sería como factoraje? Con compensación y otro por la transferencia relacionando los 2 completos relacionados
la factura original ?
Hola Leonor, gracias por escribirnos.
La nota de crédito no se registra en el complemento de pago, porque esta se aplica directamente sobre el CFDI de ingreso (factura de la operación). En este caso, el complemento se emite relacionado nada más a la factura y por el monto de la transferencia; pero considerando lo siguiente:
– Para emitir el complemento, le restas al total de la factura el valor de la nota de crédito asociada a ella y el resultado (que debería coincidirte con el importe de la transferencia que te realizaron) lo declaras como “Saldo Anterior” dentro de los datos del documento relacionado (factura).
Por ejemplo: Si tu factura era por $1,160.00 (subtotal 1000.00 + 160.00 de IVA 16% = 1,160.00) y le aplicaron una nota de crédito de $116.00 (subtotal 100.00 + 16.00 de IVA 16% = 116.00), queda un “Saldo Anterior” de $1,044.00 que corresponderían con la transferencia recibida (de los cuales, 900.00 son de subtotal y 144.00 de IVA 16%).
*Eso es un ejemplo hipotético; pues el desglose real dependerá de las características, importes e impuestos de tu CFDI de ingreso origen.
Esperamos que nuestra respuesta ayude. Saludos.
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