El 13 de marzo de 2026, el Servicio de Administración Tributaria publicó en el Diario Oficial de la Federación seis listados del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación: cuatro definitivos y dos de presunción. Estos listados impactan de manera directa a empresas, despachos, proveedores y cualquier contribuyente que emita o reciba CFDI.
Listados globales definitivos (artículo 69-B, párrafo cuarto)
👉 Cantidad de contribuyentes incluidos: 176
Estos listados enuncian que, la mayoría de los contribuyentes señalados no presentaron pruebas para desvirtuar la presunción de que emitieron comprobantes fiscales por operaciones inexistentes; mientras que, otros no lograron desestimarla aun cuando sí respondieron. Por lo que, el SAT concluyó que dichas empresas y personas físicas no contaban con infraestructura, activos, personal ni capacidad material para realizar sus operaciones… Esto coloca a quienes operaron con ellos en un riesgo fiscal directo.
Implicaciones inmediatas del listado definitivo
- Los receptores de esos CFDI cuentan con 30 días hábiles para:
- Acreditar que las operaciones fueron reales; o
- Corregir su situación fiscal eliminando los efectos de esas facturas.
- Si no lo hacen, pueden recibir:
- Determinación de créditos fiscales;
- Rechazo de deducciones o acreditamientos;
- Obligaciones adicionales en revisión; y
- En casos graves, consecuencias penales por actos simulados.
Listados globales de presunción (artículo 69-B, párrafo primero)
👉 Cantidad de contribuyentes incluidos: 197
Estos otros listados agrupa a quienes el SAT presume que emitieron CFDI sin sustancia económica, debido a:
- Falta de infraestructura;
- Falta de personal;
- Falta de capacidad operativa;
- Actividades preponderantes incongruentes con los montos facturados; o
- Inexistencia física en su domicilio fiscal.
¿Qué sucede con los contribuyentes en presunción?
Tienen 15 días hábiles para presentar pruebas que desvirtúen la acusación.
- Si fallan → pasan al listado definitivo.
- Y si pasan al definitivo → sus facturas dejan de tener efectos fiscales.
Riesgos reales para quienes operan con contribuyentes listados en el 69-B
- Riesgo fiscal directo: Las facturas que recibiste podrían perder deducción y acreditamiento.
- Posible generación de créditos fiscales: Si diste efectos a operaciones inexistentes, el SAT puede determinar diferencias, recargos y actualizaciones.
- Auditorías y revisiones: El SAT suele iniciar revisiones a quienes aparecen como receptores de CFDI de contribuyentes EFOS.
- Riesgo reputacional: Inversionistas, bancos y clientes cada vez revisan más la exposición de una empresa a operaciones simuladas.
- Riesgos legales: La reincidencia o la simulación sistemática puede derivar en responsabilidades penales.
Recomendaciones clave:
- Revisar periódicamente las listas definitivas y de presunción.
- Solicitar evidencias de los bienes y servicios recibidos.
- Documentar entregas, contratos, recibos y evidencia operativa.
- Corregir fiscalmente de inmediato ante cualquier señal de alerta.
- Implementar soluciones tecnológicas de monitoreo automatizado.
En conclusión, el SAT endurece su postura… y tu negocio no puede quedarse atrás. La actualización de Listas Negras confirma algo: la fiscalización está más activa, más rápida y más rigurosa que nunca. Estos nuevos listados del artículo 69-B no solo impactan a los contribuyentes incluidos, sino también a todas las empresas que tengan relación con ellos. Por eso, revisar estos listados no es solo una práctica de prevención: es una obligación estratégica si quieres evitar créditos fiscales, auditorías, deducciones rechazadas y consecuencias legales.
Con un ecosistema fiscal cada vez más cerrado, ignorar las listas negras no es una opción. Aquí es donde la prevención deja de ser manual y se vuelve estrategia.
🔥 MYSuite: tu blindaje automático contra listas negras del SAT
Con el Servicio de Listas Negras de MYSuite, puedes…
✅Detectar automáticamente si algún cliente o proveedor aparece en listas.
✅Revisar coincidencias de RFC de manera diaria y sin intervención manual.
✅Recibir alertas inmediatas para actuar antes de que el SAT toque a tu puerta.
✅Reducir riesgos de deducciones perdidas, auditorías y créditos fiscales.
¡Recuerda! En un entorno de fiscalización creciente, MYSuite no solo te informa:
te protege, te anticipa y te da control total sobre tus relaciones fiscales.
* Los listados de presuntos factureros y de EFOS definitivos (empresas o personas que facturan operaciones simuladas), publicados el 13-03-2026 en el Diario Oficial, pueden consultarse en los siguientes enlaces:
Oficio 500-05-2025-39537: Lista de presuntos
Oficio 500-05-2026-3931: Lista de presuntos
Oficio 500-05-2025-39538: Lista de EFOS
Oficio 500-05-2025-39539: Lista de EFOS

