Características de facturas por colegiaturas: ¿Qué objeto de impuesto les aplica?

Con el inicio del curso escolar, muchos realizarán el pago de cuotas de colegiaturas y otros emitirán facturas por ello. Este es un gasto que varias personas físicas tienen la posibilidad de disminuir en sus declaraciones anuales, Sin embargo, es importante saber que para deducirlo deben cumplirse determinados requisitos establecidos en la legislación, sin los cuales el beneficio de obtener la devolución no podrá ejercerse.

Para que la colegiatura sea deducible:

  • El pago debe realizarse mediante Transferencia electrónica, Cheque nominativo, Tarjeta de Débito, Crédito o Servicio.
  • En la factura electrónica (CFDI 4.0) que emita la institución educativa, además de la clave de la forma de pago, deberá especificarse el Uso del CFDI, la descripción, clave de servicio y unidad de medida que corresponda a la colegiatura, si el acto es objeto o no de impuestos, así como los siguientes datos:
    1) Nombre del alumno y su CURP.
    2) Nivel educativo que cursa.
    3) RFC de quien realiza el pago.
    4) Número de autorización o Registro de Validez Oficial de Estudios (RVOE) de la escuela, de acuerdo con la Ley General de Educación.

¡Si perteneces a una institución educativa, con nosotros emitirás estos comprobantes con la tranquilidad de que serán fiscalmente válidos!

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¿Cómo se registra esta información en la factura?

  • El Uso del CFDI debe ser D10 – Pagos por servicios educativos (colegiaturas).
  • La clave de servicio y la unidad de medida se registran conforme a los catálogos c_ClaveProdServ y c_Clave Unidad del SAT. Algunas de las claves que pueden utilizarse, dependiendo el nivel de enseñanza, son:

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  • En el campo objeto de impuesto (ObjetoImp) del concepto, deberá declararse la clave 02 – Sí objeto de impuesto, desglosando el IVA correspondiente con tipo de factor: Exento.
  • Los datos adicionales requeridos, se agregan mediante el complemento “Instituciones educativas privadas” (iedu) definido por el SAT. Por lo que, su registro tiene una estructura específica.

¿Qué colegiaturas pueden deducirse?

Se pueden deducir las colegiaturas de los niveles de Preescolar, Primaria, Secundaria, Profesional técnico y Bachillerato o equivalente. Los límites de deducción* anual por cada nivel son:

Preescolar: $ 14,200.00
Primaria: $ 12,900.00
Secundaria: $ 19,900.00
Profesional técnico: $ 17,100.00
Bachillerato o equivalente: $ 24,500.00

* Estos montos son por alumno; por lo que no importa cuántos estudiantes hayan en la familia.

** Cuando en un mismo año se paguen servicios educativos de diferentes niveles escolares por un mismo alumno, el límite de deducción que aplica es el de mayor monto. Esto es, por ejemplo: si el niño o niña pasa de preescolar a primaria, pueden deducirse hasta $14,200.00; si pasa de primaria a secundaria, pueden deducirse hasta $19,900.00 y así, sucesivamente.

Consulta el padrón de los colegios privados autorizados para prestar estos servicios de enseñanza: Escuelas-Privadas-SAT

También, podrán deducirse los gastos de Transportación escolar obligatoria. Esto, siempre que se cuente con el comprobante fiscal respectivo, o bien dicho gasto se incluya en la colegiatura (pero, se desglose por separado en la factura).

* En la siguiente página del SAT aparece el listado de las escuelas que brindan dicho servicio con transporte propio y/o a través de un tercero: Escuelas-consulta-de-Transporte-Escolar


Importante:
No se consideran deducibles los gastos de inscripción o reinscripción al curso escolar, ni a las actividades extraescolares. Tampoco, el pago de útiles y materiales escolares ni de los uniformes escolares, aunque sean proporcionados por la misma escuela; las becas y/o apoyos económicos otorgados. Por eso, lo más recomendable es que estos conceptos se facturen separados de la colegiatura para evitar que el SAT pueda rechazar la solicitud de devolución.

Si en tu caso, realizas el pago de colegiaturas y te das cuenta que tu factura no reúne alguno de los requisitos mencionados, te sugerimos comunicárselo a la escuela para que te emita otro CFDI 4.0 (en sustitución) con los datos correctos y proceda a cancelar el incorrecto*. De esta manera, no tendrás ningún contratiempo para deducir las colegiaturas en tu declaración anual  el siguiente año.

* La emisión del nuevo CFDI con los datos correctos y la cancelación de la factura emitida con errores puede realizarse en cualquier momento del año (ejercicio fiscal). No tiene que ser, necesariamente, dentro del propio mes en el que se pague la cuota de colegiatura como muchas escuelas indican.

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Te recordamos que si eres cliente de MYSuite, también puedes verificar y validar a través de nuestra plataforma cualquier CFDI que te emitan. Esto, para garantizar que cumplan con todos los lineamientos y esquemas del SAT. Pídele a tus proveedores que te envíen los comprobantes fiscales a nuestro servicio de Recepción de CFDI y… ¡Listo, nosotros nos encargamos del resto; los validamos y te notificamos cualquier inconsistencia que puedan tener!

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