Declaración de Transparencia Donatarias Autorizadas

El informe para garantizar la transparencia de los donativos recibidos, así como su uso y destino, debe presentarse aunque no se hayan obtenido ingresos en el ejercicio fiscal que se reporte.

A más tardar el 31 de mayo de 2025, las donatarias autorizadas deben presentar la declaración que transparenta el uso y destino de los donativos recibidos durante el 2024; así como las actividades realizadas en dicho ejercicio tributario. Esta información es requerida para no ser dadas de baja o sancionadas por el SAT y tiene que estar alineada con la declaración anual de ingresos enviada con anterioridad.

¿Por qué esta obligación fiscal?

Al ser organizaciones sin fines de lucro, que cuentan con la autorización del SAT, las donatarias se consideran NO contribuyentes del ISR (Impuesto Sobre la Renta) por los ingresos que obtengan y además tienen otros beneficios fiscales. Por ello, la Ley del ISR establece la obligación de informar acerca de sus donativos.

Otra de las obligaciones de las donatarias autorizadas es la de emitir comprobantes fiscales digitales (CFDIs) por todos los donativos que reciben, ya sean en dinero o en bienes; mismos que deben facturarse dentro de las 24 horas siguientes a que haya tenido lugar la operación y con método de pago en una sola exhibición (PUE).


Las donatarias tienen la obligación de emitir CFDIs por todos los donativos y,
¡e
n MYSuite pueden emitirlos con el complemento fiscal requerido por el SAT!

cfdi4.0-complementos-fiscales-sat-mysuitemex-banners


¿Cómo se presenta la declaración de transparencia de las donatarias?

Se presenta a través del Portal de Trámites y Servicios del SAT, en la opción Transparencia de las Donatarias y, al acceder deberán seleccionarse las opciones Transparencia >> Registrar declaración informativa para especificar todos los datos que se solicitan. Lo anterior, conforme a la Ficha de trámite 19/ISR del Anexo 1-A (actualizada en la Segunda Modificación a la Miscelánea Fiscal vigente).

IMPORTANTE: La información deben presentarla solo las donatarias autorizadas en el año 2024 o anteriores*
* Verificar el año de autorización que se especifica en el oficio de constancia de autorización obtenido al darse de alta en el padrón de organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles para saber si debe presentarse la información.

Te recordamos que, somos proveedor de facturación electrónica autorizado por el SAT para generar, validar y/o timbrar cualquier tipo de CFDI y todos los complementos fiscales vigentes. Nuestros servicios están alineados a las necesidades de los diferentes ecosistemas de mercado (actividades profesionales y empresariales, mipymes, pymes, grandes empresas).

¡Contáctanos!

También implementamos desarrollos para la gestión, control, administración, análisis de la información y detección de riesgos fiscales del negocio; a partir de los datos contenidos en los CFDI.

Material de apoyo:

Guía – Declaración de Transparencia

Declaración de Transparencia – Preguntas frecuentes

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

error: Content is protected !!

Descubre más desde

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo