Entrada editada el martes 15 de octubre de 2024.
Cambios en las reglas de exportación e importación de mercancías.
La autoridad fiscal publicó oficialmente la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2024. A continuación, resumimos los cambios presentados; entre los que destacan, algunos relacionados con las empresas de paquetería y mensajería.
1) Se actualizan las reglas:
- 1.6.25. y 1.6.26., acerca de la autorización y renovación para operar cuentas aduaneras o cuentas aduaneras en garantía, y las garantías del interés fiscal equivalentes a los depósitos en cuenta aduanera de garantía, respectivamente.
- 3.1.1. RFC genérico.
- 3.3.2. y 3.3.6., sobre mercancías exentas.*
*Franquicias diplomáticas y exenciones de impuestos en la importación de mercancías donadas.
- 3.7.3., 3.7.4., 3.7.5., y 3.7.34., sobre procedimientos administrativos simplificados inherentes a empresas de mensajería y paquetería.*
*Registro, obligaciones, despacho con pedimento y causales de cancelación cuando cuenten con el mismo.
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- 4.2.7. Importación temporal de vehículos de visitantes y paisanos.
- 4.8.13. Certificación en materia de IVA e IEPS para recintos fiscalizados estratégicos.
- 7.1.1., 7.1.2., 7.1.3., 7.1.4., 7.1.5., 7.1.6., 7.1.8., 7.1.9. y 7.1.10., relacionadas con disposiciones generales del registro en los esquemas de certificación de empresas.
- 7.2.1., 7.2.2., 7.23. y 7.2.4., sobre obligaciones, causales de requerimiento, renovaciones, así como causales de cancelación y suspensión del registro en el esquema de certificación de empresas.
- 7.4.1., 7.4.2., 7.4.4., 7.4.5., 7.4.6., 7.4.5., 7.4.6., 7.4.7., 7.4.8., 7.4.9., 7.4.10. y 7.4.11., acerca de la garantía de interés fiscal en el registro en el esquema de certificación de empresas.
- 7.5.1., 7.5.2., 7.5.3., 7.5.4. y 7.5.5., sobre el registro del despacho de mercancías de las empresas.*
*Requisitos, obligaciones, requerimientos, renovación y causales de suspensión.
Consultar la 2a. RM a las Reglas de Comercio Exterior 2024
2) Se modifican los Anexos 1, 2, 5 y 24:
- Anexo 1. Formatos y modelos de Comercio Exterior.
- Anexo 2. Trámites de Comercio Exterior.
- Anexo 5. Compilación de criterios normativos y no vinculativos en materia aduanera y de comercio exterior.
- Anexo 24. Información mínima que debe contener el sistema automatizado de control de inventarios.
Transitorios
Primero. Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, pero su contenido surte efectos desde que se da a conocer en el Portal del SAT. (Fundamento: Regla 1.1.2. de las RGCE 2024).
Segundo. Para la regla 1.6.25., las instituciones de crédito o casas de bolsa listadas en ella deberán solicitar la renovación según la ficha 24/LA del Anexo 2, a más tardar el 15 de noviembre de 2024.
Tercero. Las modificaciones de las fichas 78/LA, 124/LA y 125/LA del Anexo 2, iniciarán su vigencia el 1 de enero de 2025.
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