El Uso de CFDI continúa siendo una de las dudas más frecuentes en la emisión de los comprobantes fiscales digitales (CFDI).
¿Qué usos para efectos fiscales pueden definir las personas morales en sus facturas?
Esto dependerá del régimen fiscal en el cual tribute el receptor (por el que se paguen los impuestos), así como del acto o actividad que se lleve a cabo y el tipo de comprobante que se emita. A continuación, presentamos un resumen de los posibles usos según los distintos regímenes de personas morales establecidos.
- Régimen fiscal receptor 601 – General de Ley Personas Morales, 603 – Personas Morales con Fines no Lucrativos, 620 – Sociedades Cooperativas de Producción que optan por diferir sus ingresos, 622 – Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras, 623 – Opcional para Grupos de Sociedades, 624 – Coordinados y 626 – Régimen Simplificado de Confianza (RESICO de Personas Morales):
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c_UsoCFDI |
Descripción |
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G01 |
Adquisición de mercancías. |
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G02 |
Devoluciones, descuentos o bonificaciones. |
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G03* |
Gastos en general. |
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I01 |
Construcciones. |
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I02 |
Mobiliario y equipo de oficina por inversiones. |
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I03 |
Equipo de transporte. |
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I04 |
Equipo de cómputo y accesorios. |
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I05 |
Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental. |
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I06 |
Comunicaciones telefónicas. |
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I07 |
Comunicaciones satelitales. |
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I08 |
Otra maquinaria y equipo. |
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S01** |
Sin efectos fiscales. |
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CP01*** |
Pagos. |
- Régimen fiscal receptor 610 – Residentes en el Extranjero sin Establecimiento Permanente en México:
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c_UsoCFDI |
Descripción |
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S01** |
Sin efectos fiscales. |
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CP01*** |
Pagos. |
* La clave de uso G03 (Gastos en general) puede ocuparse para facturar algún gasto que no esté clasificado de manera explícita en el catálogo c_UsoCFDI del SAT para las personas morales, independientemente de que este sea deducible o no. Por ejemplo, un donativo monetario que realicen o el consumo de electricidad de la empresa o negocio, entre otros.
** La clave S01 (Sin efectos fiscales) se utiliza, por ejemplo, cuando el receptor es el RFC genérico nacional XAXX010101000 (como en el caso de las facturas globales) o es un residente en el extranjero. Asimismo, cuando se trata de un gasto no deducible o el CFDI que se genera es de tipo «Traslado», etc.
*** La clave CP01 (Pagos) debe emplearse cuando el comprobante que se emite es de tipo «Pago» (CFDI con complemento para recepción de pagos).
Estos serían los usos de CFDI que pueden declarar las personas morales, según su régimen fiscal y el acto o actividad que les facturen. Pero…
¿Qué pasa si se anota una clave de Uso de CFDI incorrecta?
En ese caso, hay que sustituir el CFDI por otro con la clave correcta y cancelar el erróneo. Esto último, con motivo 01 (Comprobantes emitidos con errores con relación).


Cual seria el uso de CFDI para las facturas de anticipo de clientes
Hola Salvador, gracias por escribirnos.
En las reglas del SAT no se establece una clave de uso estricto, en cuanto al CFDI de ingreso por concepto de anticipos se refiere. En ese sentido, consideramos que:
– Si se conociera lo que se va a adquirir (o el fin para el cual se adquiere, o cómo lo manejarán) pero faltase definir el precio, por ejemplo, pudiera ser una clave específica como G01 (Adquisición de mercancías) o bien, G03 (Gastos en general), I08 (Otra maquinaria y equipo), según corresponda, etc.
– Mientras que, si no se sabe lo que se comprará o recibirá, ni su precio, se utilizaría G03 (Gastos en general).
* Esto, siempre y cuando aplique para el régimen fiscal al que pertenece el receptor del comprobante.
Por otra parte, respecto al comprobante de egreso que se emitiría posteriormente para rebajar el monto de anticipo, este llevaría como Uso de CFDI «G02 (Devoluciones, descuentos o bonificaciones)».
Deseamos que nuestra respuesta te ayude, saludos.