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Requisitos para aplicar el IVA 8% en la región fronteriza norte

Publicación actualizada al 29 de marzo de 2019.**

Para poder aplicar el crédito del 50% del IVA sobre la tasa general del 16% (es decir, el IVA 8%) en la región fronteriza norte, deben cumplirse una serie de requisitos establecidos mediante el Decreto de estímulos fiscales y la Miscelánea fiscal vigente.

A continuación, detallamos las condiciones previas y las específicas para obtener la autorización de aplicar el estímulo del IVA 8% fronterizo:

Requisitos previos:

* La situación fiscal, puede consultarse a través del Portal del SAT (Sección Otros trámites y servicios/ Consultar /Consulta de padrones/ Consulta tu información fiscal) con RFC y contraseña.
* La opinión de cumplimiento puede consultarse desde el portal del SAT (Sección Otros Trámites y servicios/ Opinión de cumplimiento/ Consulta tu Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales) con RFC y contraseña o e.firma.

Requisitos específicos:

* A más tardar el 7 de febrero**; salvo quienes inicien actividades en fecha posterior, en cuyo caso tendrán que presentarlo al momento de realizar la inscripción en el RFC.

**ACTUALIZACIÓN: Prórroga HASTA el 30-06-2019 para presentar el aviso ante el SAT.
Fundamento: Artículo Resolutivo CUARTO de la 9a. RM a la RMF vigente

* Excepto la enajenación de bienes intangibles e inmuebles; así como el suministro de contenidos digitales mediante la descarga o recepción temporal de los archivos electrónicos.
* La información relacionada con los artículos 69 y 69-B, puede consultarse a través del Portal del SAT (Sección Otros trámites y servicios/ Consultar/ Otras/ …) mediante las opciones:
– Consulta la publicación de la relación de los contribuyentes no localizados.
– Consulta la relación de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes.
– Consulta la relación de contribuyentes incumplidos.
– Consulta la relación de contribuyentes que desvirtuaron la presunción de inexistencia de operaciones.
– Consulta la relación de contribuyentes que obtuvieron algún medio defensa favorable.
– Consulta la relación de contribuyentes que realizan operaciones inexistentes.

Les recordamos que, este estímulo del IVA 8% pueden aplicarlo tanto las personas físicas como las personas morales dedicadas a las actividades mencionadas dentro de la región fronteriza norte, incluso los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF); siempre que en las declaraciones bimestrales separen los actos o actividades realizadas con el público en general a las cuales se les aplicó el IVA fronterizo. AMLO

En MYSuite (PAC autorizado) contamos con la facturación de IVA 8%. Si tienes cualquier pregunta o comentario sobre este tema, contáctanos y resolveremos tus dudas de manera rápida y personalizada.AMLO

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