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Folio de Carta Porte en Comercio Exterior: Oficial

Más cambios en las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) vigentes, aplicables a la importación y exportación de bienes y servicios.

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Cuarta Resolución de Modificaciones a las RGCE 2022.

En el documento aprobado se incluyen los siguientes cambios:

Lo dispuesto en las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y penúltimo párrafo; 3.1.33., fracción I, inciso g), y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de agosto de 2023.

Para los efectos del Transitorio Primero del Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación 2022 (publicado en el DOF el 07-06-2022), se determina que, de acuerdo a la normativa vigente, los sistemas utilizados en las operaciones de comercio exterior se encuentran listos para operar conforme a la Ley citada; por lo que esta entrará en vigor el 12 de diciembre de 2022.

* La actualización de estas reglas inicia su vigencia, igualmente, el 12-12-2022.

Consultar la 4ta. Modificación a las RGCE 2022 – Oficial

Transitorio

Único. Las modificaciones a las reglas 3.5.5.; 3.5.6. y 3.5.8., primer párrafo, entrarán en vigor el mismo día en el que la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el DOF el 07 de junio de 2022, inicie su vigencia conforme a lo previsto en el Transitorio Primero del Decreto por el que se expide la Ley citada.

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