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Más cambios a las Reglas de Comercio Exterior

Entrada editada el 12-09-2022 y el 28-11-2022.

Actualización de las reglas generales de importación y exportación de mercancías 2022.

Se publicó en el portal del SAT la versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales para Comercio Exterior (RGCE) vigentes.

A continuación, resumimos los cambios incluidos hasta este momento en el documento.

II. Lo dispuesto en las reglas 1.9.11, fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12, fracción I, inciso f); 3.1.15, fracción V; 3.1.32, fracción VIII y penúltimo párrafo; 3.1.33, fracción I, inciso g); y 4.6.8, fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de octubre de 2022.***

Estas reglas mencionadas en esa fracción que se modifica, así como todas las disposiciones particulares que se enuncian acerca de las mismas, y que se relacionan con la inclusión o presentación del folio fiscal del CFDI con el complemento «Carta Porte» en ciertos trámites de despacho aduanero de mercancías, son:

8) El folio fiscal del CFDI con el complemento Carta Porte, a que se refieren las reglas 2.7.7.1, 2.7.7.2, 2.7.7.10 o 2.7.7.11, de la RMF, según corresponda…

f) El folio fiscal del CFDI con el complemento Carta Porte, a que se refieren las reglas 2.7.7.1, 2.7.7.2, 2.7.7.10 o 2.7.7.11, de la RMF, según corresponda…

V. Para los efectos de los artículos 35, 36, segundo párrafo, 36-A, penúltimo párrafo, 37-A, fracción II y 43 de la Ley, deberán consignar en el dispositivo tecnológico la información del pedimento, del número de integración y folio fiscal a que se refiere la regla 2.4.12 anterior.

VIII.  Para cada una de las remesas realizadas se deberá adjuntar el CFDI con complemento Carta Porte a que se refieren las reglas 2.7.7.1, 2.7.7.2, 2.7.7.10, y 2.7.7.11 de la RMF según corresponda, sin relacionar el número de pedimento consolidado y las fracciones arancelarias correspondientes…

El pedimento consolidado semanal deberá presentarse en la semana posterior a la que se hayan realizado las operaciones, y comprenderá de lunes a viernes, indicando los números del acuse de valor y los e-documents correspondientes a las transmisiones efectuadas conforme a las reglas 1.9.17. y 3.1.31., así como el folio fiscal del CFDI con complemento Carta Porte a que se refiere la fracción VIII de la presente regla, correspondiente a cada una de las operaciones que integran el pedimento consolidado…

g) El folio fiscal del CFDI con el complemento Carta Porte, a que se refieren las reglas 2.7.7.1, 2.7.7.2, 2.7.7.10 o 2.7.7.11, de la RMF, según corresponda…

g) Cuando el tránsito se inicie en una aduana marítima, se deberá declarar el número de documento de transporte con el que arribó la mercancía a territorio nacional.

 

Descargar 2a RM – RGCE 2022

Recuerda que si tienes alguna duda o comentario sobre estos cambios fiscales puedes escribirnos.

 

*** Actualización: La exigencia del folio fiscal (UUID) de Carta porte en trámites de Comercio exterior, se posterga para el 01 de agosto de 2023.


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