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Anexos de la 1ra. Modificación a la RMF 2026: cambios que impactan en CFDI

El 17 de julio de 2026, el SAT publicó en el Diario Oficial de la Federación nueve Anexos derivados de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026: el Anexo 9 (que se da a conocer por primera vez) y los Anexos 1, 2, 3, 14, 15, 21, 22 y 29 que reciben modificaciones.

De este paquete completo, dos anexos inciden directamente en cómo se emiten y validan los CFDI: el Anexo 29 y el Anexo 3.


Anexo 29: endureció la validación entre el tipo de comprobante y su complemento

El Anexo 29 contiene validaciones adicionales al Anexo 20 (estándar técnico del CFDI). Con esta modificación, el SAT agregó una validación puntual y concreta: si el comprobante está marcado como Nómina o como Pago, debe traer su complemento correspondiente — si no lo trae, el CFDI no pasa la validación.

Es una regla de “cumple o no cumple”, sin margen de interpretación.

Esta inconsistencia MYSuite ya se identificaba y reportaba como PAC, bajo un código general reservado para validaciones aún no clasificadas de forma específica — pero eso no significa que todos los sistemas de facturación la contemplaran de la misma manera. Con esta modificación al Anexo 29, el SAT formalizó una validación puntual para estos escenarios, por lo que vale la pena confirmar que tu proveedor de facturación ya las tenga incorporadas.


Anexo 3: amplía el criterio sobre pagos a trabajadores, socios o accionistas realizados a través de terceros

El criterio 43/ISR/PI (vigente desde 2024) ya señalaba como práctica fiscal indebida el pago de incentivos laborales, bonos, comisiones o compensaciones a trabajadores, socios o accionistas a través de asociaciones civiles o terceros, cuando se les da tratamiento de ingreso exento sin serlo. Esta modificación no crea un criterio nuevo: actualiza el ya existente.

Lo que se añadió es la compensación para el cumplimiento de la NOM-035-STPS-2018 (la norma sobre riesgos psicosociales en el trabajo) como un concepto más dentro del mismo supuesto de riesgo. El SAT precisa además que cumplir con dicha norma no implica, por sí mismo, realizar algún pago a los trabajadores — cerrando así la posibilidad de usar esa etiqueta para simular un ingreso exento.

¿Por qué esto toca al CFDI? Porque el pago señalado por este criterio se ampara con un comprobante fiscal bajo algún concepto o uso específico. Si una empresa (o alguno de sus clientes) emite o recibe CFDI por “compensación NOM-035” u otro concepto similar pagado a través de terceros, vale la pena revisar si esa operación encaja en este criterio de riesgo antes de que el SAT lo revise.


Demás Anexos actualizados en esta misma publicación

El resto de los Anexos incluidos en esta Primera Resolución de Modificaciones no impacta de forma directa la emisión o validación del CFDI, pero forman parte de la misma actualización a la RMF 2026:


¿Tu operación diaria ya contempla estos cambios?

Entre la validación más estricta del Anexo 29 y el criterio ampliado del Anexo 3, el mensaje de fondo es el mismo: el SAT sigue cerrando espacios de interpretación en el CFDI, y cada actualización de este tipo puede traducirse en un rechazo, una alerta o un requerimiento si tu sistema de facturación no está al día.

En MYSuite, como Proveedor Autorizado de Certificación, incorporamos estas validaciones del SAT en el proceso de timbrado. Ya sea que factures desde nuestro portal web, por integración vía API, o a través de tu propio ERP conectado a nuestros servicios, el objetivo es el mismo: que la validación técnica quede resuelta desde el origen.

Mantener los sistemas actualizados también es parte del cumplimiento

Confirmar que tus CFDI de Nómina y de Pago incluyen los complementos que exige esta validación del Anexo 29, es imprescindible. Si tienes alguna duda sobre cómo estos cambios aplican a tu operación:

¡Contáctanos!

Consulta aquí el contenido de los anexos publicados:

Anexo 1 de la 1ra. RM – RMF 2026

Anexo 2 de la 1ra. RM – RMF 2026

Anexos 3, 9,14, 15, 21, 22 y 29 de la 1ra. RM – RMF 2026

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