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RMF 2023: CFDI 4.0 de Nómina y cambios en trámites del SAT – Oficial

Se publicó en el DOF (Diario Oficial de la Federación) la Segunda Modificación a la Miscelánea Fiscal (RMF) vigente.

A continuación, enunciamos los cambios incluidos.

1) Se reforman las reglas:

2) se adicionan las reglas:

3) Se derogan las reglas:

4) Se reforman los Transitorios Tercero, Noveno, Décimo Noveno, Vigésimo Quinto, Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2022, para quedar como sigue:

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Disponemos tanto de la versión 4.0 de CFDI con complemento de nómina, como de la versión 3.3.

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5) Se da a conocer el Anexo 9, así como la Primera Modificación a los Anexos 1, 1-A, 14 y 23 de la RMF para 2023. Asimismo, se da a conocer la Tercera Modificación al Anexo 3 y la Cuarta Modificación al Anexo 15 de la RMF para 2022.

Anexo 1: Formas y Formatos oficiales aprobados por el SAT.

Anexo 1-A: Trámites Fiscales.

Anexo 3

Anexo 9: Tabla a que se refiere la regla 3.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, para la opción de actualización de deducciones que señala el artículo 121 de la Ley del ISR.

Anexo 14: Listado de organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR.

*** Información generada desde el 10 de diciembre de 2022 al 10 de marzo de 2023.

Anexo 15: Impuesto sobre Automóviles Nuevos.

Anexo 23: Ubicación de las Unidades administrativas del SAT.

Consultar la Segunda Modificación a la RMF 2023 – Oficial

 

Transitorios:

Primero. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF para 2023*.

* Desde que se publicaron en dicho sitio.

(…)

Tercero. Para los efectos de la regla 1.6., fracción IV, el lugar para presentar asuntos competencia de la Administración Central de lo Contencioso, adscrita a la Administración General Jurídica, señalado en dicha fracción, será aplicable a partir del 30 de mayo de 2023.

(…)

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