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Resolución Miscelánea: Últimos cambios fiscales 2021

Se publicó la Quinta resolución de modificaciones a la Miscelánea Fiscal (RMF) de 2021.

En esta, el cambio que se agregó a los establecidos en las reformas anteriores es:

1. Se actualizó la Regla 13.5. «Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos», a la cual se le agregó una fracción.

I.   El relativo al derecho por la utilidad compartida, respecto del mes de mayo de 2021, en dos parcialidades, como se indica a continuación:

a) La primera parcialidad deberá corresponder, al menos, al 30% del derecho que deba cubrirse y enterarse a más tardar el lunes 28 de junio de 2021.
b) La segunda parcialidad corresponderá al monto restante después del entero realizado conforme a la fracción anterior, el cual deberá enterarse a más tardar el 9 de julio de 2021.

II.   El relativo al derecho por la utilidad compartida, respecto del mes de junio de 2021, en dos parcialidades, como se indica a continuación: 

a) La primera parcialidad deberá corresponder, al menos, al 10% del derecho que deba cubrirse y enterarse a más tardar el lunes 26 de julio de 2021.
b) La segunda parcialidad corresponderá al monto restante después del entero realizado conforme a la fracción anterior, el cual deberá enterarse a más tardar el 31 de agosto de 2021.

III.   Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de julio de 2021, en una sola exhibición, a más tardar el 30 de septiembre de 2021.

IV.   Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de agosto de 2021, en una sola exhibición, a más tardar el 29 de octubre de 2021.

V.   Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de septiembre de 2021, en una sola exhibición, a más tardar el 30 de noviembre de 2021.

VI.   Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de octubre de 2021, en una sola exhibición, a más tardar el 30 de diciembre de 2021.

VII.   Los relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de noviembre de 2021, en una sola exhibición, a más tardar el 31 de enero de 2022.
* (Fracción adicionada)

* Fundamento con los que guarda relación: Artículos 42 y 44 de la Ley de ISH; Regla 2.8.4.1; Artículo Octavo Transitorio de la RMF para 2021.

 

Descargar la 5aRM a la RMF 2021


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