Icono del sitio

Operaciones presuntamente inexistentes: Modificación del Artículo 69-B del CFF

 

Entran en vigor los nuevos términos y condiciones para desvirtuar y resolver hechos que supongan la emisión de comprobantes fiscales digitales (CFDI) por operaciones inexistentes.

 

Este 25 de julio de 2018, inicia la vigencia del Decreto reformatorio del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, publicado en días pasados en el Diario Oficial de la Federación dof.gob.mx.

Principales cambios:

* Comienzan a contarse a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo previsto.

 

 

Estos cambios son aplicables nada más a los procedimientos que, por dichas operaciones presuntamente inexistentes, se inicien a partir del 25-07-2018; ya que, los comenzados con anterioridad (hasta el 24-07-2018),  se rigen por la normativa antigua**.

** Solamente 15 días para aportar pruebas y 5 días posteriores para que el SAT las valore y notifique su resolución.

 

Fundamento: Artículo Segundo Transitorio del Decreto publicado el 25 de junio del 2018 en el DOF.

 

Consultar el Decreto

 

En MYSuite, te mantenemos al tanto de las disposiciones fiscales en materia de CFDI. Somos proveedores líderes autorizados por el SAT y estamos comprometidos con nuestros clientes en brindarles servicios cien por ciento alineados a los requerimientos fiscales y comerciales que demanden tanto la autoridad tributaria, como el mercado actual; pero que cumplan sus expectativas en cuanto a sencillez, calidad, rapidez y seguridad.

 

¡CONTÁCTANOS!

 

 

Salir de la versión móvil