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Calendario Fiscal JULIO 2018 – Personas Morales

En el presente mes las personas morales deberán cumplir las siguientes obligaciones fiscales, de acuerdo con el calendario y otras disposiciones del SAT.

A más tardar el 4 de julio

Envío de la contabilidad electrónica correspondiente al mes de mayo 2018*

* Exceptuando las que pertenezcan al sistema financiero, las que utilicen la herramienta «Mis cuentas» y las dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas o ganaderas que hayan optado por realizar pagos provisionales del ISR en forma semestral.

Fdto Legal: Regla 2.8.1.7. RMF_2018.

 

A más tardar el 10 de julio

Declaraciones informativas:

– Instituciones del Sistema Financiero*:

* Que hayan optado por presentar la información de manera mensual.

    Fdto Legal: Art. 55 Ley de ISR y Regla 3.5.12. RMF_2018

– Entidades Financieras y Sociedades cooperativas de Ahorro y préstamo:

    Fdto Legal: Art. 32-B del CFF; Regla 2.15.1. y ficha 163/CFF del Anexo 1-A RMF_2018

 

A más tardar el 17 de julio

Presentar los siguientes pagos o declaraciones, correspondientes al mes de junio de 2018:

– Declaraciones Mensuales de Sociedades Cooperativas:

– Coordinados:

Fdto Legal: Art. 10, 12, 14, 71, 72, 74, 75, 84, 87, 96 y 106 Ley del ISR; Art. 1-A y 5-D Ley del IVA; Regla 2.8.5.1. RMF_2018.

– Empresas del Sector Primario:

   Declaración Semestral de ISR e IVA*:

     * Solamente en el caso de haber optado por presentar la declaración de forma semestral.

   Fdto Legal: Regla 1.3. de la Resolución de Facilidades Administrativas (RFA) para 2018

– Intermediarios financieros:

    Fdto Legal: Regla 3.2.10. RMF_2018.

– Instituciones que componen el sistema financiero:

    Fdto Legal: Art. 54 Ley del ISR.

 

Adicional a lo anterior:

– Contribuyentes que perciban contraprestaciones (o sea, que reciban pagos) o donativos en efectivo en moneda nacional o extranjera; así como en piezas de oro y/o plata, cuyo monto sea superior a 100 mil pesos:

    Fdto Legal: Art. 76, 82, 110, 118 y 128 Ley del ISR; Ficha de trámite 1/ISR del Anexo 1-A RMF_2018

– Productores e importadores de tabacos labrados:

    Fdto Legal: Art. 19 Ley del IEPS; Reglas 5.2.1. y 5.2.16. RMF_2018

– Organizaciones Civiles y Fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles:

    Fdto Legal: Art. 82 Ley del ISR; Regla 3.10.12. y Ficha de trámite 20/ISR del Anexo 1-A RMF_2018

 

Días adicionales para efectuar declaraciones de pago *
18-07-2018 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 1 o 2
19-07-2018 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 3 o 4
20-07-2018 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 5 o 6
23-07-2018 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 7 u 8
24-07-2018 Último día para RFC´s con sexto dígito numérico 9 o 0

* Se recuerda que, esta opción no aplica para los contribuyentes que:

 

A más tardar el 30 de julio**

Presentación del Dictamen Fiscal correspondiente al ejercicio 2017:

**  Siempre que al 15-07-2018, las contribuciones estén pagadas y asentadas en el anexo “Relación de contribuciones por pagar”; ya que, en caso contrario, el dictamen se considerará extemporáneo.
** Las sociedades Controladoras que al 31-12-2013 contaban con autorización para determinar su resultado fiscal consolidado y aún se encuentren dentro del plazo de los cinco ejercicios posteriores considerados, pueden presentarlo a más tardar el 30 de agosto de 2018 si pagan y reflejan sus contribuciones en el mencionado anexo “Relación de contribuciones por pagar” antes del 15-08-2018.

   Fdto Legal: Art. 32-A, y 52 CFF; Art. 58 RCFF; Regla 2.13.2. y Anexos 16, 16-A RMF_2018

 

A más tardar el 31 de julio***

Presentar las siguientes declaraciones:

– Declaración informativa mensual de Operaciones con Terceros (DIOT) para efectos del impuesto al valor agregado (Pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA, correspondiente al mes de junio de 2018):

   Fdto Legal: Art. 32 Ley del IVA; Capítulo 4.5. RMF_2018

– Declaración informativa trimestral del IEPS, correspondiente al segundo trimestre (abril, mayo, junio) del año:

    Fdto Legal: Art. 19 Ley del IEPS; Capítulo 5.2. RMF_2018

 

*** El día 31 de julio de 2018 es, además, es el último día para que las Asociaciones civiles y Fideicomisos autorizados a recibir donativos deducibles del ISR que hayan obtenido ingresos iguales o superiores a dos millones de pesos (MXN) en el ejercicio inmediato anterior y cuyo sexto dígito numérico de su RFC sea 5 o 6, realicen la modificación de los estatutos sociales y/o contratos de fideicomiso, incorporándoles la cláusula irrevocable de transmisión de patrimonio, especificada en la miscelánea fiscal vigente.

Fdto Legal: Regla 3.10.20. RMF_2018

 

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