Abril marca una de las obligaciones fiscales más relevantes para las personas físicas en México: la Declaración Anual del ISR. A partir del 1 de abril de 2026, ya es posible presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2025, un proceso que el SAT ha simplificado, pero que sigue requiriendo atención en aspectos clave para evitar errores y aprovechar correctamente deducciones.
En este artículo te explicamos, de forma clara, quiénes están obligados, quiénes no y qué debes considerar al momento de presentarla.
¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?
En términos generales, todas las personas físicas pueden presentarla; sin embargo, están obligadas aquellas que durante 2025 obtuvieron ingresos por:
- Servicios profesionales (honorarios)
- Actividades empresariales
- Plataformas tecnológicas
- Arrendamiento de bienes inmuebles
- Intereses o dividendos
- Enajenación o adquisición de bienes
- Sueldos y salarios (en ciertos supuestos)
- Otros ingresos acumulables
En el caso específico de sueldos y salarios, la obligación aplica cuando:
- Los ingresos anuales superaron los 400 mil pesos
- Se trabajó para dos o más patrones simultáneamente
- Se dejó de laborar antes del 31 de diciembre
- Se obtuvieron ingresos adicionales distintos al salario
¿Quiénes no están obligados?
Existen casos en los que no es obligatorio presentar la declaración, por ejemplo:
- Personas con ingresos por salarios de un solo empleador que no excedan de 400 mil pesos anuales
- Quienes solo percibieron salarios e intereses bajos dentro de ciertos límites
- Contribuyentes bajo ciertos supuestos del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Aun así, algunos contribuyentes pueden optar por presentarla de manera voluntaria, especialmente si buscan obtener un saldo a favor.
¿Cómo se presenta la Declaración Anual?
El proceso es sencillo y se realiza en línea en tres pasos:
- Ingresar con RFC y contraseña o e.firma
- Revisar la información precargada (ingresos, deducciones e impuesto)
- Enviar la declaración y, en su caso, solicitar devolución
El sistema del SAT precarga información con base en los CFDI emitidos y recibidos, lo que facilita el llenado, aunque es importante validar que los datos sean correctos.
Deducciones personales: un punto clave
Uno de los beneficios más relevantes de la declaración anual es la posibilidad de aplicar deducciones personales, siempre que estén respaldadas por CFDI válidos.
Entre las más comunes se encuentran:
- Gastos médicos, dentales y hospitalarios
- Seguros de gastos médicos
- Colegiaturas
- Intereses hipotecarios
- Donativos
- Aportaciones para el retiro
Es importante considerar que el monto total de deducciones tiene un límite: no puede exceder el 15% de los ingresos anuales o cinco UMA anuales, lo que resulte menor.
Saldo a favor o saldo a cargo: ¿qué sigue?
Al finalizar la declaración pueden darse dos escenarios:
Saldo a favor
- Se puede solicitar la devolución
- Es necesario confirmar la CLABE bancaria
- En algunos casos se requiere e.firma
Saldo a cargo
- Se genera una línea de captura para el pago
- Existe la opción de pagar hasta en seis parcialidades (si se presenta en tiempo)
Fecha límite y recomendaciones
La fecha límite para presentar la declaración es el 30 de abril de 2026.
Presentarla dentro de este plazo es importante, especialmente si:
- Se desea acceder al pago en parcialidades
- Se busca evitar recargos o actualizaciones
Además, es recomendable:
- Revisar cuidadosamente los CFDI
- Validar deducciones
- Confirmar datos bancarios
El papel de la facturación electrónica en tu declaración
La información precargada en la declaración proviene, en gran medida, de los CFDI emitidos y recibidos durante el ejercicio. Por ello, contar con comprobantes correctamente generados es fundamental para:
- Reflejar ingresos de forma adecuada
- Aplicar deducciones personales
- Evitar inconsistencias en la información
Facilita tu cumplimiento con MYSuite
La Declaración Anual empieza con la correcta emisión de CFDI durante todo el año.
👉 Si por las actividades que realizas o el régimen fiscal al que perteneces estás obligado a emitirlos:
✅Con MYSuite Facturación Web puedes generar tus comprobantes, asegurando que tu información fiscal esté lista cuando llegue el momento de declarar.
👉 Con nosotros, tienes una solución flexible que se adapta a tus necesidades fiscales. Contamos con diversos paquetes y combos de servicios que robustecen tus procesos operativos y de control fiscal.
Estamos autorizados por el SAT para generar y/o timbrar cualquier tipo de comprobante fiscal (CFDI) que se requiera, cumpliendo con los lineamientos vigentes.
