Icono del sitio

CFDI de anticipo según el origen del monto

¿Sabes cómo emitir un CFDI de anticipo, dependiendo si es un depósito recibido o el excedente de un pago?

A continuación, mencionamos las características que deben tener los Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI_4.0) que amparen estas transacciones; según la procedencia del monto a declararse como anticipo.


Escenario 1: Facturación por depósito de una cantidad para operaciones futuras.

Ejemplo:

El día 01-10-2025 la Empresa X, S.A de C.V. recibió un Cheque nominativo por $1160.00 MXN de su Cliente “B” (persona física), sin conocer el bien que este comprará y/o su precio. Por lo que deberá declarar dicha cantidad como anticipo amparándola en un CFDI.

Datos generales del comprobante

Datos del concepto


En MYSuite puedes emitir tus CFDI cumpliendo con estas especificaciones del SAT

¡Evita problemas fiscales!

CONTÁCTANOS


Escenario 2: Facturación por el saldo remanente de un pago previo.

Ejemplo:

El día 03-10-2025 el Cliente C, S.A. de C.V. realizó un depósito de $ 926.00 MXN a la Empresa X, S.A. de C.V. para liquidar una factura anterior. Dicha factura era por un total de $ 810.00 y al aplicar el pago quedó un excedente de $116.00 que, de común acuerdo, decidieron dejar como anticipo para otras operaciones que realicen en el futuro.

Datos generales del comprobante

Datos del concepto

* La forma de pago es algo que cambió con respecto a cómo se facturaban los anticipos cuyo origen fuera el remanente de un pago previo en la antigua versión 3.3 del CFDI.  Antes, en este escenario, se colocaba la forma de pago 99 (Por definir). Pero debido a la implementación de las validaciones a los comprobantes fiscales digitales (CFDI 4.0) es imposible registrar dicha clave en ese campo cuando el método de pago sea PUE (Pago en una sola exhibición).

Sustento: Apéndice 6 «Procedimiento para la emisión de los CFDI en el caso de anticipos recibidos» de la Guía de llenado del Anexo 20 de factura electrónica (CFDI_4.0).


Esta sería la manera de documentar en un CFDI 4.0 los anticipos recibidos, dependiendo el origen del monto que debe declararse bajo esta condición y, como puede observarse, ahora no existe diferencia entre los escenarios. Pues, la forma de pago que se ingrese en cada caso respondería a lo mismo (a la manera que se haya efectuado el abono).

** Los demás campos de estos CFDI de Ingreso, deben llenarse conforme a la mencionada Guía de llenado.

Posteriormente, para aplicar o disminuir el monto recibido por concepto de anticipo continúan existiendo las dos opciones que el SAT detalla en el propio apéndice 6 de su guía:

Recuerda que, en MYSuite siempre apoyamos a los contribuyentes para que realicen sus comprobantes fiscales (CFDI 4.0) de manera correcta, de acuerdo con los lineamientos del SAT.

Nota:
En el escenario 2, cuando se trate de operaciones mensuales con un cliente recurrente y al liquidar su factura queden como excedente del pago realizado centavos y hasta un peso (o su equivalente en MXN), dicha diferencia podrá conservarse en una cuenta de orden (en la contabilidad) y aplicarla o abonarla como pago a sus facturas posteriores, sin hacer el comprobante para declararla anticipo; siempre que, esta se aplique dentro de los dos meses inmediatos siguientes a la realización del pago donde se ocasionó la misma.
*** De no cumplirse con lo anterior, será obligatorio emitir el CFDI de anticipo por las referidas cantidades. (Fundamento: Apéndice 6, Guía de llenado del CFDI_4.0)
Salir de la versión móvil