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Carta Porte 3.0, única versión válida. Conoce lo nuevo

Este 1 de abril de 2024 inició el uso obligatorio de la Carta Porte 3.0. A partir de esta fecha, esa versión del complemento es la única fiscalmente válida para el SAT.

¿Quiénes deben utilizarlo?

Todos los contribuyentes que transporten bienes y/o mercancías propias o de terceros por territorio nacional deberán emitir el complemento fiscal de Carta Porte 3.0 para amparar su legal tenencia durante el traslado. Esto, siempre que en su trayecto transiten por tramos de jurisdicción federal.

¿Cuáles son los cambios en esta versión?

Como mencionó MYSuite en entradas anteriores, entre los principales cambios que se insertaron resaltan los siguientes:

1) Se adicionaron alrededor de cuarenta campos nuevos:

Si lo requieres, contáctanos. ¡La prórroga terminó!

2) Se incorporaron siete catálogos: c_RegimenAduanero, c_RegistroISTMO, c_SectorCOFEPRIS, c_FormaFarmaceutica, c_CondicionesEspeciales, c_TipoMateria y c_DocumentoAduanero.

3) En lo que respecta a la representación impresa (PDF del CFDI con complemento Carta Porte 3.0):


¡El complemento de Carta Porte versión 3.0 ya es el único válido para fisco!

En MYSuite, lo tenemos en todas nuestras modalidades de servicio (formulario web, generación mediante Integración y timbrado).

Si lo requieres, contáctanos. ¡La prórroga terminó!

 

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