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Declaración anual del ejercicio fiscal 2023 para las personas morales

Una de las principales obligaciones de un gran segmento de contribuyentes es presentar en tiempo y forma la declaración anual de 2023, a más tardar el próximo 01 de abril de 2024.

Esta declaración deben realizarla todas las personas morales del Régimen General de Ley (incluidas aquellas que tengan autorización para aplicar el estímulo de Región Fronteriza Norte y Sur) y las del RESICO (Régimen simplificado de confianza). También, las de grupos de sociedades, los coordinados y las que realizan actividades del sector primario, entre otras. Ello, a través del Servicio de Declaraciones y Pagos del SAT; que muestra información con valores precargados en rubros como:

A continuación, enunciamos puntos claves para realizar la declaración de forma correcta:

Pasos para presentarla

  1. Ingresar a la aplicación con RFC y contraseña o bien, con firma electrónica (e.firma) vigente.
  2. Seleccionar «Presentar Declaración» y capturar los datos generales que se solicitan.
  3. Completar los datos específicos de la declaración, de acuerdo con el régimen por el que se cumplan obligaciones.
  4. Enviar la declaración.
  5. Obtener el acuse de recibo y en su caso, de resultar saldo a cargo, la línea de captura.

Requisitos

  1. De manera previa, se sugiere contar con la información de los ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, etc., para identificar cualquier inconsistencia en la información precargada por la autoridad tributaria.
  2. Para poder pagar mediante transferencia electrónica a través del banco, es imprescindible tener una cuenta bancaria con servicio de banca en línea o electrónica.

Algunas de las deducciones aplicables, dependiendo el régimen por el cual se paguen impuesto, son las siguientes:

Respecto a los pagos realizados a los trabajadores:

IMPORTANTE:

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Estas contribuyen al cumplimiento de los lineamientos y reglas de la autoridad tributaria, sin importar el giro o sector de negocio.

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