Se publicó en el DOF (Diario Oficial de la Federación) la Décima modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023. A continuación, enunciamos los cambios aprobados en esta.
- Se actualizó la regla 13.1. «Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos»:
- El pago relativo al monto total del derecho por la utilidad compartida, respecto del mes de septiembre de 2023, debió realizarse a más tardar el 26 de diciembre de 2023.
En el caso del pago del derecho de extracción de hidrocarburos de correspondiente al mismo periodo mensual, este debió cubrirse a más tardar el 28-12-2023.
- El pago relativo al monto total del derecho por la utilidad compartida, respecto del mes de septiembre de 2023, debió realizarse a más tardar el 26 de diciembre de 2023.
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- Por otra parte, los pagos relativos a los montos totales de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, respecto del mes de octubre de 2023, deberán realizarse a más tardar el 26 de enero de 2024.
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- Asimismo, los pagos correspondientes al mes de noviembre de 2023 tendrán que cubrirse el 26-01-2024 como fecha límite.
Transitorios de la 10a. Modificación:
Único: La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo.
Consultar la 10a.RM a la RMF 2023 – Oficial
Te recordamos que, en MYSuite te mantenemos al tanto de las disposiciones fiscales publicadas por el SAT. Estos son los últimos cambios que sufrió la miscelánea 2023, pues ya se publicó la Resolución Miscelánea Fiscal para el siguiente año 2024. En otra entrada de nuestro blog presentaremos un resumen de la misma.
