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Prórroga para el CFDI 4.0 de Nómina

Se publicó en el portal del SAT la tercera versión anticipada de la Segunda Resolución de modificaciones a la Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023. En esta se informa algo muy importante sobre la emisión de los CFDI 4.0 con complemento de nómina 1.2.

Recordemos que el SAT marcó un periodo de convivencia entre las versiones nuevas de CFDI y las anteriores, del 1 de enero al 31 de marzo de 2023. Pero, dicha fecha fue modificada para el caso de los recibos de nómina y estos podrán emitirse en la versión 3.3 hasta el 30 de junio de 2023.

¿Qué significa lo anterior?

Quiere decir que, se otorgan tres meses más de prórroga para esos comprobantes y el uso obligatorio del CFDI 4.0 de Nómina iniciará el 1 de julio de 2023. Esto se dio a conocer mediante la actualización del artículo transitorio Noveno de la miscelánea fiscal vigente:

Transitorio Noveno.

Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, quienes realicen pagos por los conceptos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán optar por emitirlos hasta el 30 de junio de 2023 en su versión 3.3 con complemento de nómina en su versión 1.2, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017.

Esta prórroga al periodo de transición del comprobante de nómina (para emitirlo con CFDI 3.3, sin incluir los nuevos datos obligatorios del receptor o trabajador) es bien recibida por todos los patrones. Pues, les otorga facilidades para cumplir con la obligación fiscal y laboral de generarlos; a la vez que pueden gestionar los datos actualizados de sus empleados. Así, llegada la nueva fecha límite (30-06-2023), los datos en sus sistemas serían plenamente coincidentes con los registros del SAT y emitirían los CFDI 4.0 de nómina sin contratiempos.

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Disponemos tanto de la versión 4.0 de CFDI con complemento de nómina, como de la versión 3.3.

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¿Esto también aplica a los demás CFDI que deban generarse por los actos a actividades que se realicen?

Los demás CFDI y complementos fiscales tienen que emitirse obligatoriamente en la versión 4.0, ya que hoy en día es la única válida ante el SAT. La prórroga es nada más para el caso de los comprobantes de nómina.

Asimismo, los CFDI de Retenciones que se generen tendrán que ser en la versión 2.0 de ese tipo de comprobante. Porque su versión 1.0 perdió su vigencia el 31-03-2023.

Consultar 2a. RM – RMF 2023 actualizada


Por otra parte, en este nuevo proyecto de la Segunda resolución de modificaciones a la miscelánea 2023:


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